Servicios de asistencia a los ayuntamientos
El Cabildo Insular de la Gomera realiza la recogida separada de residuos de papel/cartón y envases ligeros en el municipio de Valle Gran Rey.
El artículo 8 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares enuncia algunas de las competencias propias de los Cabildos Insulares, que coinciden con las que la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL) atribuye a las Diputaciones Provinciales. Son las siguientes:
- La coordinación de los servicios municipales de la Isla para garantizar su prestación integral y adecuada en la totalidad del territorio insular, supliendo a los Ayuntamientos cuando la insuficiencia de sus recursos impidan la prestación de los servicios municipales obligatorios o las funciones públicas establecidas en la LBRL.
- La asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad económica y de gestión.
- La prestación de servicios públicos supramunicipales.
- Aprobar los Planes Insulares de Obras y Servicios elaborados en colaboración con los Ayuntamientos de cada isla. A tal fin, los ayuntamientos realizarán las propuestas de obras que afecten a su término municipal, que no podrán ser modificadas por el Cabildo Insulares respectivo, salvo por causas justificadas y previa audiencia del ayuntamiento afectado.
- El fomento y administración de los intereses peculiares de la Isla.
Referencia legal: Art. 23.1 - Ley 12/2014 de Transparencia y Acceso a La Información Pública
Descripción: Los servicios de asistencia que prestan a los ayuntamientos, indicando las consignaciones presupuestarias previstas y las normas reguladoras de los servicios de asistencia.
Fecha actualización: 13 de Agosto de 2024
Periodicidad: Anual
Formatos disponibles: Texto
Equivalencias: 1085
Forma de publicación: Directa
Tipo de actualización: Manual