PROPUESTA DE LA ALCALDÍA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN DE LA ACUERDO DE APROBACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA PRIMERA OCUPACIÓN O UTILIZACIÓN DE EDIFICACIONES E INSTALACIONES EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY D. Borja Barroso Jiménez, Alcalde Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, propone al Pleno de la Corporación para su debate y la votación del siguiente acuerdo: Considerando que el título jurídico habilitante de la primera ocupación y utilización de las edificaciones e instalaciones es aquel que verifica que las actuaciones ejecutadas se corresponden con el título jurídico habilitante de obras (licencia urbanística o comunicación previa), en su caso, con el proyecto técnico –o documentación técnica– aprobada por el Ayuntamiento o, en el supuesto de tratarse de un inmueble en situación de fuera de ordenación, que cumple con aquellos condicionantes legalmente exigibles para su uso Considerando que la regulación que consta tanto en la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias como en el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado mediante Decreto 182/2018, de 26 de diciembre, ha de ser complementada mediante la potestad reglamentaria municipal, que en este caso, está atribuida a esta Corporación local. Considerando que, en este sentido, constan lagunas regulativas en las citadas normas que han de ser desarrolladas y especificadas por una Ordenanza reguladora municipal, entre otras razone, no sólo por complementar la referida regulación legislativa y reglamentaria autonómica, sino también para dar seguridad jurídica aclarando aspectos tales como los supuestos en los que resulta jurídicamente adecuada una primera ocupación parcial de una edificación y, en ese caso, detallando la documentación que resultaría precisa acompañar a la comunicación previa correspondiente. Considerando que la primera ocupación de edificaciones en situación de fuera de ordenación –de amplia casuística en el Municipio– fue prevista en el Reglamento de Intervención y Protección de la Legalidad Urbanística de Canarias, aprobado mediante Decreto 182/2018, de 26 de diciembre. A estos efectos, en virtud del principio jurídico de proporcionalidad de las normas y con la voluntad de no aplicar normas desfavorables con carácter retroactivo, se considera necesario prever un régimen especial para aquellos inmuebles ejecutados con carácter previo a la entrada en vigor de la correspondiente norma reglamentaria, posibilitándose la obtención de primera ocupación para unidades de edificaciones funcionalmente independientes pero estructuralmente dependientes, siempre que las mismas estén incluidas en división horizontal correspondiente. Considerando, en definitiva, la realidad fáctica de algunas problemáticas estructurales del desarrollo urbanístico de Valle Gran Rey, por lo que se requiere disponer de una normativa que proporcione seguridad jurídica a todos los operadores y, especialmente, a los particulares propietarios de las edificaciones consolidadas en el Municipio, que Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 3R6EAMXXGRLDMS3P7TS2DNEGG Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 10 regule y ordene de manera objetiva las condiciones y requisitos necesarios para la obtención del título de primera ocupación de las edificaciones o instalaciones, en su totalidad estructural o en parte de ellas. Considerando, que de conformidad con la documentación obrante en el presente expediente para la aprobación de la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA PRIMERA OCUPACIÓN O UTILIZACIÓN DE EDIFICACIONES E INSTALACIONES EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY, se han cumplido todos los trámites y exigencias legales establecidas en la normativa de aplicación, según lo establecido tanto en el Informe Jurídico como en el Informe de Impacto de Género emitidos ambos por la Secretaría General de la Corporación y que constan en el mismo. Y, teniendo en cuenta, además, las sugerencias formuladas en el periodo de consulta pública previa. Habida cuenta de los antecedentes expuestos, esta Alcaldía, en el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas, eleva al Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para su debate y votación la siguiente, PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO.- Aprobar inicialmente la ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA PRIMERA OCUPACIÓN O UTILIZACIÓN DE EDIFICACIONES E INSTALACIONES EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY, conforme a lo dispuesto en el texto articulado que se adjunta. SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife y en el Tablón de Anuncios Electrónico de la Corporación para general conocimiento, al objeto de dar debido cumplimiento al trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta (30) días hábiles, en el cual los interesados podrán formular las alegaciones, sugerencias o reclamaciones que, en su caso, tengan por conveniente. En este sentido, si no se presentara reclamación o sugerencia alguna en el plazo mencionado, la referida Ordenanza se entenderá definitivamente aprobada, publicándose nuevamente mediante los medios señalados anteriormente. En Valle Gran Rey. Documento firmado electrónicamente al margen. EL ALCALDE, Fdo.: Borja Barroso Jiménez Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 3R6EAMXXGRLDMS3P7TS2DNEGG Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 10 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. 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