¡9754 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 186, viernes 31 de diciembre de 2004 Artículo 7.- Legislación aplicable. En lo no previsto expresamente en esta Ordenan­ za se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Ge­ neral, el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 212004, de 5 de marzo, la Ley 7/85 reguladora de las Bases de Ré­ gimen Local, la Ley 8/89, de 13 de abril, reguladora de Tasas y Precios Públicos y demás disposiciones que resulten de aplicación. Disposición Final. La presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, permane­ ciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa." Sexto: someter a exposición pública el presente acuer­ do provisional de modificación de las Ordenanzas Fis­ cales referenciadas y derogación de la Ordenanza Fis­ cal General reguladora de Contribuciones Especiales, durante el período de treinta días, mediante anuncio in­ dicativo en el Tablón Municipal de Anuncios y en el B.O.P. de SIC de Tenerife. Durante dicho plazo los in­ teresados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En todo ca­ so, finalizado el período de exposición pública sin que se hubieran presentado reclamaciones, el acuerdo pro­ vi siona! se entenderá definitivamente adoptado sin ne­ cesidad de nuevo acuerdo plenario, publicándose el acuerdo de aprobación definitiva y el texto íntegro de las Ordenanzas en el B.O.P. Séptimo: las presentes modificaciones entrarán en vigor y serán de aplicación una vez se haya publica­ do íntegramente su texto en el B.O.P., y se manten­ drá vigente, en tanto no se produzca su modificación o derogación expresa. En la Villa de Tegueste, a 27 de diciembre de 2004. El Alcalde, Vida! Suárez Rodríguez. VALLE GRAN REY ANUNCIO 18556 10694 En la sesión plenaria celebrada el día 18 de no­ viembre de 2004, el Ayuntamiento de Valle Gran Rey, acordó aprobar provisionalmente el expediente de modificación de distintas ordenanzas fiscales vigen­ tes en el municipio y abrir un período de exposición pública de treinta días. Vencido este, sin que se pre­ sentara reclamación alguna, se hace saber que dicho acuerdo provisional queda elevado automáticamen­ te a definitivo. Al o~ieto de dar cumplimiento a lo establecido en el artÍCulo 17.4 de la Ley 39/l988, de 28 de diciembre, se inserta a continuación el texto de las modificaciones. según constan en el acta de la sesión plenaria referida: En Valle Gran Rey, a 27 de diciembre de 2004. El Alcalde, Esteban Bethencourt Gámez. "ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE RE­ COGIDA DOMICILIARIA DE BASURAS O RESI­ DUOS SÓLIDOS URBANOS cuyo artículo 7 queda­ ría redactado de la siguiente forma: Las cuotas a aplicar serán las siguientes: - Por cada vivienda, incluido apartamentos turísticos 68,00 euros año. - Por cada bar o restaurante, 180,00 euros año. - Supermercados 225,00 euros año. - Otros establecimientos comerciales 75,00 euros año. ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCAl\:TARI­ LLADO cuyo artículo 6, queda redactado de la siguiente forma: Acometida a la red general: 100 euros por cada local o vivienda que utilicen la acometida. Servicío de evacuación: cuota anual por conservación de la red de alcantarillado, 52 euros. ORDENANZA REGULADORL\ DEL PRECIO PÚ­ BLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE GUARDERÍA INFANTIL, cuyo articulo 7°) régimen de tarifus, queda redactado de la siguiente fonna: Se establecen las siguientes tarifas de acuerdo a la ba­ se imponible especificada en el artículo 5 de esta Or­ denanza. Régimen genera!: • Jornada de 7.30 a 16.00 h (con comedor): 115,00 euros. • Jornada de 7.30 a 13.00 h (sin comedor): 79,00 eu­ ros. • Jornada de 7.30 a 13.00 h (con comedor): 93,00 eu­ ros. • Jornada de 7.30 a 12.00 h (sin cornedor): 72,00 eu­ ros. Matriculación de niños de preescolar: • Jornada de 13.30 hasta las 16.00 (sin comedor): 72,00 euros. 19755 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm, 186, viernes 31 de diciembre de 2004 Días sueltos con comedor: • Jornada de 7.30 a 16.00 horas: 28,00 euros. Días sueltos sin comedor: • Jornada de 7.30 a 13.00 horas: 14,00 euros. Horas sueltas con comedor: 10,00 euros. Horas sueltas sin comedor: 7,00 euros. ORDENANZA REGULADORA DE EXPEDI­ CIÓN DE DOCUMENTOS, cuyo artículo 8, epígrafe tercero: documentos relativos a servicio de urbanis­ mo. Punto 1, queda redactado de la siguiente forma: 1.- Cédula de habitabilidad por cada vivienda o apartamento: 15 euros. Se añade un punto 4, el cual queda redactado de la siguiente forma: 4.- Expedición de ortofotos: 12 euros. ANUNCIO 18557 ]0693 En la sesión plenaria celebrada el día 18 de no­ viembre de 2004, el Ayuntamiento de Valle Gran Rey, acordó aprobar provisionalmente el expediente de creación de la Ordenanza reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio y abrir un período de exposición pública de treinta días. Vencido este, sin que se pre­ sentara reclamación alguna, se hace saber que dicho acuerdo provisional queda elevado automáticamen­ te a definitivo. Al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciem­ bre, se inserta a continuación el texto íntegro de la Ordenanza, según constan en el acta de la sesión ple­ naria referida. En Valle Gran Rey, a 27 de diciembre de 2004. El Alcalde, Esteban Bethencourt Gámez. "ORDENANZA REGULADORA DEL SERVI­ CIO DE AYUDA A DOMICILIO. Exposición de motivos. El Ayuntamiento de Valle Gran Rey inicia la pres­ tación del servicio de ayuda a domicilio en el año 1990. Del aumento de la demanda y de la diversidad de la misma, surge la necesidad de regular dicha pres­ tación adecuándola a la legislación vigente . La Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Socia­ les de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el arto 6.3 apartado. C, cita textualmente la ayuda a do­ micilio, que tendrá por objeto prestar una serie de atenciones de carácter doméstico, social, de apoyo psicológico y rehabilitador, a los individuos, las fa­ milias que se hallen en situaciones de especial nece­ sidad, facilitándoles/as la permanencia y autonomía en el medio habitual de convivencia. Asimismo la ci­ tada ley en su artículo 13, apartado d), atribuye a los ayuntamientos la competencia para gestionar los Ser­ vicios Sociales Comunitarios en el ámbito de su mu­ nicipio. Por tanto la avuda a domicilio se establece en un marco de la protección, en materia asistencial y pre­ ventiva, para la población canaria, entendiéndose co­ mo prestación básica de Jos servicios sociales co­ munitarios. En el Decreto 5/1999, de 21 de enero, por el que se regula la prestación del servicio de ayuda a do­ micilio, se establece la necesidad de elaborar orde­ nanzas municipales que regulen los correspondien­ tes precios públicos, tipo de gestión, programas de intervención, etc., indicando las directrices para ello, de modo que exista una reglamentación homogénea y común para todos los ayuntamientos. Por tanto, y con el objeto de desarrollar este De­ creto, se redacta un reglamento municipal, que tiene por finalidad, alcanzar el máximo grado de operati­ vidad y eficacia, dentro de un servicio municipal. Capítulo L- Disposiciones generales. Artículo 1. Definición. El Servicio de Ayuda a Domicil io del Ilmo. Ayun­ tamiento de Valle Gran Rey, consiste en un conjun­ to de actuaciones, realizadas preferentemente en el domicilio del beneficiario, de carácter doméstico, so­ cial, de apoyo psicológico y rehabilitador, dirigidas a individuos y/o familias, que se hallen en situacio­ nes de especial necesidad, facíl itándoles así la per­ manencia y autonomía en el medio habitual de con­ vivencia. Artículo 2. Objetivos. Son objetivos de la ayuda a domicilio: a.- Prevenir y evitar el internam iento de las perso­ nas para que, con la aplicación de este servicio, pue­ da permanecer en su domicilio habitual. b.- Favorecer en el usuario el desarrollo de capa­ cidades personales y de hábitos de vida adecuados, 17174 Boletln Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm, 165, viernes 26 de noviembre de 2004 - Concurso publicado en el B.O.P. nO 125, de fecha 3 de septiembre de 2004. 3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudi­ cación: - Tramitación: urgente. Procedimiento: abierto. - Forma: concurso. 4.- Presupuesto base de licitación: - Importe total: quinientos treinta mil setecientos cincuenta y cinco euros con setenta y siete céntimos (530.755,77 euros) (LG.I.C. incluido). 5.- Adjudicación: - Fecha: 28 de octubre de 2004. - <;ontratista: empresa "ROMÁN PERAZA y DE LEON, S.L."; con C.LF. B38071429 y domicilio so­ cial en ca1\e Pérez Díaz, nO 21, La Victoria de Acen­ tejo, Santa Cruz de Tenerife. - Nacionalidad: española. - Importe de adjudicación: quinientos veintinue­ ve mil seiscientos noventa y cuatro euros (529.694,00 euros). Villa de Tegueste, a 15 de noviembre de 2004. El Alcalde accidental, Juan Manuel Díaz Rodrí­ guez. VALLE GRAN REY ANUNCIO 17021 9714 En la sesión ordinaria celebrada el día 18 de no­ viembre de 2004, el Pleno del Ayuntamiento de Va­ lle Gran Rey, acordó aprobar pro,-;isionalmente el EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE DISTIN­ TAS ORDENANZAS FISCALES VIGENTES, en el municipio, por lo que, de conformidad con lo es­ tablecido en el arto 17 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, queda a disposición de los interesados en la Secretaría Municipal durante TREINTA días, den­ tro de los cuales podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Ordenanzas fiscales parcialmente modificadas: Ordenanza Fiscal reguladora de Recogida Domi­ ciliaria de Basuras o Residuos Sólidos Urbanos. - Ordenanza Fiscal reguladora de la Prestación del Servicio de Alcantarillado. - Ordenanza Fiscal del Precio Público por Presta­ ción del Servicio de Guardería Infantil. - Ordenanza Fiscal de Expedición de Documentos. En Valle Gran Rey, a 19 de noviembre de 2004. El Alcalde, Esteban Bethencourt Gámez. ANUNCIO 17022 9715 Por el Ilmo. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, en se­ sión extraordinaria celebrada el día 18 de noviembre de 2004, se acordó la aprobación de la ORDENANZA FISCAL DE SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO, yen cumplimiento de lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/85, reguladora de las Bases de Régimen Local, se expone al público durante TREINTA días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. De no presentarse ninguna en este plazo se entenderá defini­ tivamente aprobada sin necesidad de nuevo acuerdo. En Valle Gran Rey, a 19 de noviembre de 2004. El Alcalde. ANUNCIO 17023 9716 Por el Ilmo. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, en sesión extraordinaria celebrada el día 18 de noviem­ bre de 2004, se acordó la aprobación de la ORDE­ NANZAREGULADORADE SERVICIO DE AYU­ DA A DOMICILIO, y en cumplimiento de lo dispuesto en el arto 49 de la Ley 7/85, reguladora de las Bases de Régimen Local, se expone al público durante TREINTA días para la presentación de reclamacio­ nes y sugerencias. De no presentarse ninguna en es­ te plazo, se entenderá definitivamente aprobada sin necesidad de nuevo acuerdo. En Valle Gran Rey, a J9 de noviembre de 2004. El Alcalde. ANUNCIO 17024 9712 A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169.1 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de 1 a Ley regula­ dora de Haciendas Locales, al que se remite el artícu­ lo 177.2 del mismo, se pone en conocimiento gene­ ral que en la Intervención de esta entidad local se encuentra expuesto al pú1;>lico el EXPEDIENTE DE SUPLEMENTO DE CREDITO que afecta al vigen­ te presupuesto del Ilustre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada con fecha 18 de noviembre de 2004, por importe de 113.089,90 euros, financiado con mayores ingresos. 7958 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 66, martes 2de mayo de 2006 Estados Miembros de la Unión Europea, reconozca los mismos derechos (en cuyo caso deberán acredi­ tar mediante declaraCÍón responsable u otro medio admitido en derecho tener un conocimiento adecua­ do del castellano, pudiéndoseles exigir, en su caso, la superación de pruebas con tal finalidad) o ser ex­ tranjero residente en España, de conformidad con lo previsto en el arto 10 de la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de Reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración So­ cial. " Fase de concurso de la base séptima: "Fase de concurso: se valorarán, también, los mé­ ritos de los aspirantes atendiendo a los criterios y ba­ remos que se detallan a continuación: - Experiencia profesional: máximo 2 puntos. • Servicios prestados en la Administración Local desempeñando funciones asignadas a la plaza, obje­ to de la convocatoria, 0,50 puntos por cada año com­ pleto (sin posibilidad de fracción). En el caso de que se acredite la prestación de estos servicios por tiem­ po que no alcance años completos se valorarán con 0,25 puntos cada 6 meses completos de servicios pres­ tados (sin posibilidad de fracción) contados a partir del primer año completo. • Servicios prestados en otras Administraciones PÚ­ blicas desempeñando funciones asignadas a la pla­ za, objeto de la convocatoria, 0,25 puntos por cada año completo (sin posibilidad de fracción). • Servicios prestados en empresas privadas de­ sempeñando funciones asignadas a la plaza, objeto de la convocatoria, 0,10 puntos por cada a año com­ pleto (sin posibilidad de fracción). • Formación específica: máximo 1 punto. • Asistencia a cursos de formación, con un míni­ mo de veinte horas lectivas, cuyo contenido guarde relaCÍón con el temario anexo a las presentes bases y las tareas propias de las plazas convocadas, 0,25 puntos por cada curso. Acreditación de los méritos: el sistema de acredi­ tación de los méritos alegados será el siguiente: 1. Acreditación de la experiencia profesional en Administraciones Públicas: certificado emitido por la Administración donde se hubieran prestado los ser­ vicios, con indicación de las funciones desempeña­ das y el tiempo exacto de prestación de los servicios. Los certificados serán valorados de forma indepen­ diente sin que sea posible su acumulación. 2. Acreditación de servicios prestados en empre­ sas privadas: certificado emitido por la empresa don­ de se hubieran prestado los servicios, indicándose el tiempo exacto de duración de los mismos y el tipo de funciones y tareas desempeñadas, acompañado de certificado de la Tesorería de la Seguridad Social so­ . bre el período de alta. 3. Acreditación de la formación específica: foto­ copia compulsada o copia acompañada del original para su compulsa, del diploma o certificado corres­ pondiente. Sólo se valorarán los diplomas o certifi­ cados expedidos por Administraciones Públicas o Colegios Oficiales. Sólo se realizará la valoración de los méritos res­ pecto de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. A estos efectos se establecerá un plazo de DIEZ días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de las calificaciones de la fase de opo­ sición para presentar los documentos acreditativos de los méritos alegados, que deberán poseerse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso-opo­ sición". Lo que se hace público para general conocimien­ to. En Puerto de la Cruz, a 18 de abril de 2006. El Alcalde-Presidente, Marcos E. Brito Gutiérrez.­ El Secretario, Pedro S. Díaz Baeza. VALLE e;RAN REY ANUNCIO 6121 3681 Por el Ilmo. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, en sesión ordinaria celebrada el día 3 l de marzo de 2006, se ~cordó la aprobación inicial de la MODIFICA­ ClON DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SER­ VICIO DE GUARDERÍA INFANTIL, Y en cumpli­ miento de lo dispuesto en el art. 49 de la Ley 7/85 reguladora de las Bases de Régimen Local, se expo­ ne al público durante TREINTA días para la presen­ tación de reclamaciones y sugerencias. De no presen­ tarse mnguna en este plazo, se entenderá definitivamente aprobada sin necesidad de nuevo acuerdo. En Valle Gran Rey, a 11 de abril de 2006. El Alcalde.