Expediente n.º: 640/2023 Dª María Isabel Pérez Gutiérrez, Secretaria Interventora Accidental del Ilustre Ayuntamiento de Valle Gran Rey, CERTIFICA: Que, en sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno, de fecha de 22/05/2025, se adoptó, entre otros, acuerdo del siguiente tenor literal: TERCERO. EXPEDIENTE Nº 640/2023. ACUERDO QUE PROCEDA SOBRE PROPUESTA DE ALCALDÍA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ACERCA DE CESIÓN DE BIEN INMUEBLE AL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA GOMERA. Dada cuenta de la PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, que dice: “PROPUESTA AL PLENO: En relación con el expediente relativo a la cesión gratuita del bien patrimonial, toda vez finalizado el plazo de información pública en cumplimiento del artículo 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias, requiere para la cesión de bienes inmuebles patrimoniales, entre otros requisitos, el previo sometimiento del expediente administrativo a información pública por plazo mínimo de 20 días hábiles, y vistos los informes municipales que se han emitido y el correspondiente acuerdo plenario de fecha 20 de febrero de 2025, se procedió a la apertura del trámite de información pública por un plazo de Veinte (20) días hábiles entre el 28 de febrero de 2025 y el 28 de marzo de 2025 del expediente 640/2023 de Cesión al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera del terreno integrante de la parcela con referencia catastral 1005706BS7110N0001YJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera, Finca N.º 1486, sito en calle La Alameda, N.º 10, Las Orijamas, T.M. de Valle Gran Rey, para construcción del futuro Centro Sociosanitario de personas mayores y dependientes de Valle Gran Rey. A los efectos de que cualquier interesado pueda formular alegaciones o sugerencias ante la pretendida cesión. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Considerando la conveniencia y oportunidad de que el municipio cuente con un Centro Sociosanitario para Mayores y Personas Dependientes, con la finalidad de disponer de un Centro para Mayores de carácter tanto alojativo como de estancia diurna en función de la demanda de este servicio según los datos representativos de la isla y del municipio en general sobre los estudios demográficos de envejecimiento y dependencia de la población, de forma que se complemente la oferta pública de plazas asistenciales y de estancia diurna con los centros actualmente en servicio, en ejecución o en proyecto, estimando una previsión para este Centro de 32 plazas residenciales así como 30 plazas de estancia diurna, conforme a las directrices marcadas en el Acuerdo sobre Criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y en el Decreto 154/2015, 18 junio por el que se modifica el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias, aprobado por el Decreto 67/2012, 20 julio. Ayuntamiento de Valle Gran Rey Pág.1 de 5 Cód. Validación: 6SYT6L43X2L9KTA3JXAYG276F Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 Vista la justificación documental y memoria demostrativa elaborada por la AlcaldíaPresidencia de fecha 18 de septiembre de 2024 y en la que se establece la siguiente justificación de la cesión gratuita del bien patrimonial: La construcción del futuro centro sociosanitario para mayores y personas dependientes de Valle Gran Rey, es el principal objeto de la presente colaboración con el Excmo. Cabildo Insular de La Gomera, una colaboración que repercute directamente sobre el municipio de Valle Gran rey por su inversión financiera, por su gestión y por el servicio de calidad de atención a las personal mayores y dependientes del municipio. Su repercusión social es propia de una gestión directa de estado del bienestar social de los vecinos y las vecinas de Valle Gran Rey, contribuyendo así a su calidad de vida, evitando la vulnerabilidad del sector de personas mayores y dependientes, y mejorando la accesibilidad a los servicios sociosanitarios que actualmente dispone el municipio. SEGUNDO. A la vista de los siguientes antecedentes: Documento Fecha/N.º Observaciones Memoria Justificativa Providencia de Alcaldía Informe de Secretaría Certificado del Registro de la Propiedad Informe Técnico Propuesta al Pleno Dictamen de la Comisión Informativa Certificado Acuerdo del Pleno Anuncio de Información Pública Certificado de Secretaría de no Alegaciones 18/09/2024 18/09/2024 20/09/2024 13/11/2024 17/10/2024 10/02/2025 13/02/2025 23/02/2025 28/02/2025 05/05/2025 LEGISLACIÓN APLICABLE La Legislación aplicable al asunto es la siguiente: Ayuntamiento de Valle Gran Rey Pág.2 de 5 Cód. Validación: 6SYT6L43X2L9KTA3JXAYG276F Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 — Los artículos 6 y 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. — Los artículos 109 a 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. — Los artículos 32.1 y 4 y 36.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. — El artículo 79.2 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable procediendo su aprobación por el Pleno, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1.d) del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente PROPUESTA: PRIMERO.- Ceder al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera el siguiente bien inmueble patrimonial propiedad de este Ayuntamiento y cuyo destino sea el futuro Centro Sociosanitario para Mayores y Personas Dependientes de Valle Gran Rey. SEGUNDO. Determinar la reversión automática al patrimonio de este Ayuntamiento del bien cedido, si no es destinado al uso previsto en el término máximo de cinco años, y deja de serlo en todo caso posteriormente al transcurso de 30 años. TERCERO. Anotar la cesión en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma. CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para que suscriba todas las actuaciones que se deriven del expediente. Ayuntamiento de Valle Gran Rey Pág.3 de 5 Cód. Validación: 6SYT6L43X2L9KTA3JXAYG276F Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 QUINTO. Notificar el presente acuerdo a la Entidad beneficiaria, que deberá comparecer en el momento que sea emplazado para proceder a elevar a escritura pública la cesión referida. SEXTO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad para que efectúen los oportunos asientos registrales según la Legislación hipotecaria. SÉPTIMO. Remitir, con carácter previo a la ejecución de la cesión, comunicación a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma, a los efectos de toma de conocimiento de la cesión del bien patrimonial.” (…) El Pleno aprueba por unanimidad la PROPUESTA de referencia, acordando, en consecuencia: PRIMERO. Ceder al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera el siguiente bien inmueble patrimonial propiedad de este Ayuntamiento y cuyo destino sea el futuro Centro Sociosanitario para Mayores y Personas Dependientes de Valle Gran Rey. SEGUNDO. Determinar la reversión automática al patrimonio de este Ayuntamiento del bien cedido, si no es destinado al uso previsto en el término máximo de cinco años, y deja de serlo en todo caso posteriormente al transcurso de 30 años. TERCERO. Anotar la cesión en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez finalizada la misma. CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para que suscriba todas las actuaciones que se deriven del expediente. QUINTO. Notificar el presente acuerdo a la Entidad beneficiaria, que deberá comparecer en el momento que sea emplazado para proceder a elevar a escritura pública la cesión referida. SEXTO. Remitir la documentación necesaria al Registro de la Propiedad para que efectúen los oportunos asientos registrales según la Legislación hipotecaria. Ayuntamiento de Valle Gran Rey Pág.4 de 5 Cód. Validación: 6SYT6L43X2L9KTA3JXAYG276F Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 SÉPTIMO. Remitir, con carácter previo a la ejecución de la cesión, comunicación a la autoridad competente de la Comunidad Autónoma, a los efectos de toma de conocimiento de la cesión del bien patrimonial. Y, para que así conste a los efectos oportunos, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, D. Borja Barroso Jiménez, en Valle Gran Rey a la fecha de la firma electrónica. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de Valle Gran Rey Pág.5 de 5 Cód. Validación: 6SYT6L43X2L9KTA3JXAYG276F Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5