Expediente n.º: PLN/2025/1 Acta de la Sesión Ordinaria de 20 de febrero de 2025 Día y hora de la reunión: 20 de febrero de 2025, a las 12:02 horas, en 1ª Convocatoria Lugar de celebración: Salón de Plenos del Ayuntamiento de Valle Gran Rey Asistentes: - D. BORJA BARROSO JIMÉNEZ - D. WALTER MARTÍN CRUZ - Dª TERESA DE JESÚS ORTIZ RAMOS - D. CARLOS GREGORIO GONZÁLEZ PÉREZ - Dª ARIANA MESA CHINEA - Dª LORENA DAMAS BARROSO - D. CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ CHINEA - D. CRISTIAN POMARES SÁNCHEZ No asisten: - D. ÁNGEL MANUEL PIÑERO CRUZ (Previa excusa) - D. PEDRO DORTA SANTOS (Sin previa excusa) - Dª. JUDITH BARRERA BARROSO (Sin previa excusa) ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 20 DE FEBRERO 2025 (1ª CONVOCATORIA) Reunidos, en primera convocatoria, en el día y hora citados en la cabecera del presente documento, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria, previamente convocada, bajo la Presidencia del Alcalde de este Ayuntamiento, con asistencia de los Sres. Concejales que se enumeran en la cabecera. La Corporación está asistida por la Secretaria Interventora Accidental de este Ayuntamiento que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaría la válida constitución del Pleno, dado que se cumple la asistencia mínima de un tercio del número legal de miembros, el Presidente abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PARTE DECISORIA PRIMERO. APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LAS ACTAS ANTERIORES, CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES CELEBRADAS LOS DÍAS: - - 21 DE NOVIEMBRE DE 2024 (Ordinaria) 2 DE DICIEMBRE DE 2024 (Extraordinaria y Urgente) Sometidas a votación las Actas anteriores, resultan aprobadas por unanimidad. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 34 SEGUNDO. Expediente nº 222/2025. Acuerdo que proceda sobre MOCIÓN PARA LA ELABORACIÓN DE UNA GUÍAPROYECTO DE LUDOTECAS MUNICIPALES EN VALLE GRAN REY presentado por D. Cristian Pomares Sánchez, Concejal de Iniciativa por La Gomera (IxLG) del Grupo Mixto. Consta la siguiente Moción presentada por D. Cristian Pomares Sánchez, Concejal de IxLG del Grupo Mixto, que es expuesta por D. Carlos Alberto Hernández Chinea: Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 34 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 34 Tras relacionar las líneas generales, añade el Sr. Concejal que las ludotecas son claves en el desarrollo de los niños, y que mediante dicha Moción se pretende definir un modelo de gestión con vistas a mejorar la calidad del servicio, involucrando a educadores, … en pro de los menores de Valle Gran Rey. Por su parte, el Portavoz del Grupo Municipal de ASG, cede la palabra a la Concejal Responsable del Área, Dª Lorena Damas Barroso, a quien le sorprende que se traiga esta Moción ahora y que la exponga el Sr. Hernández cuando el firmante es D. Cristian Pomares. Máxime cuando estamos ante una Ordenanza del 2012, en que estaba como Concejal el exponente. Añade que todo lo incluido consta en dicha ordenanza (horarios, criterios pedagógicos, número de plazas, régimen de matrículas, derechos y deberes de los usuarios, etc.). La Sra. Concejal da cuenta, asimismo, de los datos y viabilidad del servicio. Y concluye indicando que éste está cubierto, y que, si bien no es totalmente viable, el Grupo de Gobierno apuesta por él, trabajando de la mejor manera posible, por lo que ser oposición a un equipo de gobierno que trabaja, es difícil -finaliza-. Abierto el turno de réplica, el Sr. Hernández Chinea no entiende que se considere que se esta atacando la gestión del equipo de gobierno, pues ellos no cuestionan un servicio que se lleva prestando desde hace mucho tiempo. Lo que intentan -señala- es mejorarlo, habida cuenta que continuamente hay que estar pendiente del trabajo de la empresa adjudicataria de éste, cuando en realidad debería saber a qué atenerse; citando como ejemplo, el tiempo en que él fue responsable del área en cuestión. Esta exposición difiere, a juicio de la Sra. Damas, del contenido de la Moción. Por su parte, el Alcalde indica sentirse directamente aludido por este tema, en cuanto fue Concejal de Educación en la pasada legislatura. Entiende, al igual que la Concejal, que lo expuesto en el turno de réplica no tiene nada que ver con la citada Moción, pues ahora habla de problemas de gestión. Además, expone, cuando la administración contrata un servicio, puede haber problemas con los adjudicatarios, y ahí debe estar el responsable del contrato. Quiere hacer una defensa a ultranza de la calidad de los Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 34 servicios educativos en el municipio, y considera que la meta de IxLG en este tema es en definitiva una nota de prensa. Refiere, por otro lado, que, si se propone una guía proyecto, se deberá presentar ésta. Y, en último término, que todo lo que recoge la Moción, ya lo contempla la ordenanza; razón por la cual reputa que no procede apoyar la misma. Sometido el expediente a votación, no resulta aprobada la Moción, siendo el resultado de 2 votos a favor (del Grupo Mixto de IxLG), 6 votos en contra (del Grupo de ASG), y o abstenciones. PROPUESTA DE TERCERO. Expediente nº 185/2025. Acuerdo que proceda sobre LA CONCEJALÍA DE CULTURA Y FIESTAS AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ACERCA DE ACUERDO DE APROBACIÓN DE LOS DÍAS FESTIVOS LOCALES EN VALLE GRAN REY PARA EL AÑO 2026. Dada cuenta de la PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA de referencia, que dice: PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DE CULTURA Y FIESTAS AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ACUERDO DE APROBACIÓN DE LOS DÍAS FESTIVOS LOCALES EN VALLE GRAN REY PARA EL AÑO 2026 D. Carlos G. González Pérez, Concejal de Cultura y Fiestas del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, propone al Pleno de la Corporación para su debate y votación del siguiente acuerdo: Teniendo en cuenta que, en materia de fiestas locales, la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, a propuesta del Pleno del Ayuntamiento correspondiente, asume la competencia para determinar los dos (2) días de cada año natural que corresponden a cada municipio, publicándose en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.2 del del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos; y el artículo 11.A) d) del Decreto 9/2020, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo (B.O.C. N.º 44, de 4 de marzo de 2020). Visto, el contenido del escrito de fecha 03/02/2025 remitido por la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias (R.E. N.º 2025-E-RC-565), por el que se comunica a esta Corporación que “(...) Con la finalidad de proceder a iniciar la tramitación del Proyecto de Orden por el que se determinan las fiestas locales para el próximo año 2026, se interesa de ese Ayuntamiento que comunique a esta Dirección General de Trabajo, “A LA MAYOR BREVEDAD POSIBLE”, (si es posible antes del 15 de abril de 2025) mediante Certificado del Secretario sobre el acuerdo plenario Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 34 alcanzado, los dos días de fiesta local que por tradición le sean propias que se hayan acordado, a efectos de su inclusión en el citada disposición.” Considerando, que en Valle Gran Rey al igual que en otros lugares del Archipiélago existe un arraigo muy importante con sus fiestas patronales, que en nuestro Municipio corresponden con las Fiestas en honor Ntra. Sra. la Virgen de Los Reyes el 6 de enero y a San Juan Bautista el 24 de junio, así como las fiestas tradicionales que se celebran en cada uno de los barrios y caseríos del Municipio, donde junto a nuestros sonidos más característicos de chácaras y tambores y las orquestas, hacen que tanto vecinos como visitantes disfrutar de nuestra cultura, música y de la gastronomía de Valle Gran Rey y de la Isla. Teniendo en cuenta las distintas opciones de días festivos locales para el año 2026 que por tradición para el municipio de Valle Gran Rey nos son propias, y que a su vez no coincidan con otras festividades de ámbito nacional o regional. Por todo ello habida cuenta de lo anteriormente expuesto, la Concejalía de Cultura y Fiestas del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey en uso de las competencias atribuidas por Decreto de Alcaldía N.º 2023-0554 341/2020 de fecha 29/06/2023, mediante la presente, eleva al Pleno de la Corporación para su debate y votación, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO.- Aprobar como días festivos locales en el municipio de Valle Gran Rey para el año 2026, las siguientes fechas: día posterior a la festividad de Ntra. Sra. la Virgen de Los • Miércoles, 07/01/2026, Reyes, Patrona de Valle Gran Rey. Festividad de San Juan Bautista, Patrón de Valle Gran Rey. • Miércoles, 24/06/2026, SEGUNDO.- Comunicar el presente acuerdo a la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias mediante certificación de la Secretaría General de la Corporación, a los efectos oportunos. En Valle Gran Rey. Documento firmado electrónicamente al margen. EL CONCEJAL DE CULTURA Y FIESTAS Fdo.: Carlos G. González Pérez” Abierto el turno de intervenciones, D. Carlos A. Hernández Chinea pregunta por qué se proponen esos días, entendiendo que lo procedente sería, por ejemplo, consultar a las empresas, … A lo que responde el Sr. Alcalde indicando que el oficio recibido de la Dirección General de Trabajo alude a los dos días de fiesta local que por tradición sean propias; y se proponen los contemplados en atención a la mayor participación de los vecinos, evitando además unir varios festivos en el mismo mes. Sometido el expediente a votación: El Pleno aprueba, con el resultado de seis votos a favor (del Grupo Municipal de ASG), cero votos en contra, y dos abstenciones (Concejales de IxLG, pertenecientes al Grupo Mixto), y la PROPOSICIÓN de referencia, acordando, en consecuencia: Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 34 PRIMERO. Aprobar como días festivos locales en el municipio de Valle Gran Rey para el año 2026, las siguientes fechas: • Miércoles, 07/01/2026, día posterior a la festividad de Ntra. Sra. la Virgen de Los Reyes, Patrona de Valle Gran Rey. • Miércoles, 24/06/2026, Festividad de San Juan Bautista, Patrón de Valle Gran Rey. SEGUNDO. Comunicar el presente acuerdo a la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias mediante certificación de la Secretaría General de la Corporación a los efectos oportunos.” Expediente nº 1531/2024. Acuerdo que proceda sobre PROPUESTA DE CUARTO. AL PLENO DE LA CORPORACIÓN REFERENTE A LA LA ALCALDÍA MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY PARA EL PERIODO 2024 – Dada cuenta de la PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, que dice: “PROPUESTA DE ALCALDÍA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ACUERDO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY PARA EL PERIODO 2024 – 2026 D. Borja Barroso Jiménez, Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, propone al Pleno de la Corporación el debate y la adopción del siguiente acuerdo: Considerando, que corresponde al Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, dentro del ámbito de sus competencias,la determinación de los recursos propios de carácter tributario, la aprobación y modificación de los presupuestos, y la disposición de gastos en materia de su competencia y la aprobación de las cuentas; todo ello de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, conforme a lo estipulado en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con la Ley7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. Teniendo en cuenta que, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que establece que “Los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.” Asimismo, esta regulación ha sido desarrollada por los artículos 10 a 15 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley General de Subvenciones. Considerando, que mediante acuerdo del Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey reunido en sesión extraordinaria urgente celebrada con fecha 12/08/2024, se acuerdó la Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 34 aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el periodo 2024 – 2026. Teniendo en cuenta, que actualmente esta Corporación se encuentra tramitando el expediente administrativo para la aprobación de los Presupuestos Generales para el ejercicio 2025, el cual en su borrador conlleva asimismo la aprobación del Capítulo de Transferencias Corrientes del Presupuesto de Gastos, el cual se diferencia cuantitativamente de lo dispuesto en los Anexos del Plan Estratégico de Subvenciones del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el periodo 2024 – 2026, se considera procedente la tramitación del correspondiente acuerdo plenario para la aprobación de la modificación del referido Plan Estratégico de Subvenciones, cuyo borrador consta en el presente expediente administrativo y se adjunta a la presente Proposición para surta los debidos efectos. Por todo ello, habida cuenta de los antecedentes expuestos, la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey en uso de las atribuciones que me están conferidas por la legislación vigente, específicamente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normativa de aplicación, eleva al Pleno de la Corporación para su debate y votación, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO.- El Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey acuerda la modificación de los Anexos del Plan Estratégico de Subvenciones del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el periodo 2024 – 2026, aprobado mediante acuerdo del Pleno de la Corporación celebrado con fecha 12/08/2024, al objeto de su debida adaptación al Capítulo de Transferencias Corrientes de los Presupuestos Generales para el ejercicio 2025 conforme al contenido del Plan que se adjunta a la presente Proposición. SEGUNDO.- Publicar el referido acuerdo plenario mediante certificación de la Secretaría General de la Corporación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación y en la web municipal, procediendo a su comunicación a las distintas Concejalías de Gobierno Municipal y a los Servicios Económicos de la Corporación, para su debido conocimiento e implementación oportuna. En Valle Gran Rey. Documento firmado electrónicamente al margen. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Borja Barroso Jiménez” Explicadas por el Sr. Alcalde las líneas generales de la Propuesta, indica que este punto obedece al que seguidamente se tratará, procediendo la modificación del Plan Estratégico en la medida en que también se modificarán las subvenciones en relación con las contempladas en el Presupuesto correspondiente al ejercicio anterior. Abierto el turno de intervenciones, D. Carlos A. Hernández Chinea expone que se contemplan subvenciones para entidades cuyos proyectos no redundan en la ciudadanía de Valle Gran Rey. Añade, además, que desconoce la ejecución de las subvenciones anteriores. No obstante, se abstendrán para que las entidades perciban sus subvenciones. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 34 Por su parte, el Portavoz del Grupo de ASG, D. Walter Martín Cruz aclara que las subvenciones no se dan sin consensuar, pues se trabaja previamente con las asociaciones. Por otro lado, quiere que se diga qué asociaciones son las que no repercuten en Valle Gran Rey. Toma la palabra el Sr. Alcalde y manifiesta que en 2024, cuando se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones, IxLG hizo una intervención que alguien les escribió y que hoy repiten. Asimismo, que no pide, sino que les reta a que nombre los colectivos y/o clubes que no realizan actividades en beneficio de la ciudadanía del municipio. De igual forma pregunta si este criterio de “abuso de las subvenciones nominativas” es solo de IxLG para Valle Gran Rey, pues -señalalos representantes de dicho partido en el Cabildo solicitan incrementos y ayudas para los colectivos (para las AMPAS de La Gomera, …), apreciando, pues, un argumentario distinto fuera, lo que es una incoherencia política. En otro orden de cosas, refiere que las subvenciones nominativas tienen un fundamento legal, y si hay un informe desfavorable, se tramita el reintegro, invitándoles a pedir los expedientes para ver la fiscalización que se hace. Sometido el expediente a votación: El Pleno aprueba, con el resultado de seis votos a favor (del Grupo Municipal de ASG), cero votos en contra, y dos abstenciones (Concejales de IxLG, pertenecientes al Grupo Mixto), la PROPUESTA de referencia, acordando, en consecuencia: PRIMERO. El Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey acuerda la modificación de los Anexos del Plan Estratégico de Subvenciones del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el periodo 2024 – 2026, aprobado mediante acuerdo del Pleno de la Corporación celebrado con fecha 12/08/2024, al objeto de su debida adaptación al Capítulo de Transferencias Corrientes de los Presupuestos Generales para el ejercicio 2025 conforme al contenido del Plan que se adjunta a la presente Proposición. SEGUNDO. Publicar el referido acuerdo plenario mediante certificación de la Secretaría General de la Corporación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación y en la web municipal, procediendo a su comunicación a las distintas Concejalías de Gobierno Municipal y a los Servicios Económicos de la Corporación, para su debido conocimiento e implementación oportuna. QUINTO. Expediente nº 2197/2024. Acuerdo que proceda sobre APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO GENERAL Y DE LA PLANTILLA DE PERSONAL PARA EL EJERCICIO 2025. Dada cuenta de la Propuesta de la Alcaldía, que dice: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 164, 165, 166 y 168 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se forma por parte de esta Alcaldía el Presupuesto General del Ilustre Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el ejercicio 2025, con el siguiente contenido: Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 34 a) Los estados de gastos que incluyen, con la debida especificación, los créditos de gastos necesarios para atender el cumplimiento de las obligaciones. b) Los estados de ingresos que incluyen las estimaciones de los distintos recursos económicos a liquidar en el ejercicio. c) Bases de ejecución del Presupuesto. d) El estado de previsión de movimientos y situación de la deuda. e) Memoria de la Alcaldía explicativa del contenido del Presupuesto y de las principales modificaciones en relación con el vigente. f) Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente. g) Anexos de Personal de la entidad local. h) Anexo de las inversiones. i) Anexo de información sobre los convenios suscritos con la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de gasto social. j) Anexo de beneficios fiscales en tributos locales. k) Informe económico financiero, en el que se exponen las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles, y en consecuencia la efectiva nivelación del Presupuesto. Informe de Intervención. l) m) Informe de cumplimiento de las reglas fiscales. Por todo ello esta Concejalía Delegada de Hacienda PROPONE al Ilustre Ayuntamiento en Pleno la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO: Aprobar el Presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio 2025 que asciende a un total equilibrado de 9.176.297,69 euros. El Presupuesto presenta el siguiente resumen por capítulos: PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO PRESUPUESTO 2025 CAPITULO CRÉDITO TOTAL GASTOS IMPORTE % 1. Gastos de Personal 3.347.039,15 36,47 2. G. Corrientes BB y SS 3.356.595,17 36,58 3. Gastos Financieros 29.000,00 0,32 4. Transferencias corrientes 507.000,00 5,53 5. Fondo de Contingencia 100.000,00 1,09 6. Inversiones Reales 1.557.763,55 16,98 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 34 7. Transferencias Capital 278.899,82 3,04 8. Activos Financieros 0,00 0,00 9. Pasivos Financieros 0,00 0,00 TOTALES 9.176.297,69 100,00 PRESUPUESTO 2025 CAPITULO PREVISIÓN TOTAL INGRESOS IMPORTE % 1. Impuestos directos 1.145.380,00 12,48 2. Impuestos indirectos 52.000,00 0,57 3.Tasas y otros ingresos 978.817,62 10,67 4. Transferencias corrientes 6.060.902,16 66,05 5. Ingresos patrimoniales 150.308,09 1,64 6. Enajen. Inver. Reales 0,00 0,00 7. Transferencias de capital 788.889,82 8,60 8. Activos financieros 0,00 0,00 9. Pasivos financieros 0,00 0,00 TOTALES 9.176.297,69 100,00 SEGUNDO: Aprobar inicialmente la plantilla comprensiva del personal del ejercicio 2025, de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y personal eventual, haciéndose constar que, a los efectos de valoración de las plazas, y no contando con un manual de valoración, se ha adoptado el criterio de utilizar conforme las retribuciones de plazas preexistentes, y siempre con el límite impuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 prorrogada para el ejercicio 2024 y para el 2025, según se detalla a continuación: PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 34 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 34 TERCERO: Exponer al público el Presupuesto General, las Bases de ejecución y plantilla del personal del ejercicio 2025, por el plazo de 15 días, mediante anuncios insertos en el Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica del Ayuntamiento, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 34 CUARTO: El Presupuesto se considera definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá de un mes para resolverlas. QUINTO: El Presupuesto General, definitivamente aprobado, será insertado en el Boletín Oficial de La Provincia resumido por capítulos, así como la plantilla del personal para el año 2025. SEXTO: Remitir copia a la Administración del Estado y al Gobierno de Canarias simultáneamente a la remisión que se realice al Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Por el Sr. Alcalde y “a efectos de exponer adecuadamente el contenido del Presupuesto”, se ha preparado visualmente la documentación a través de diapositivas, que pone y va explicando. Quiere que conste en acta el agradecimiento al esfuerzo de los Servicios Económicos de la Corporación y de la Intervención para hacer realidad traer hoy este Presupuesto al Pleno (en el mes de febrero y con más de medio año para ejecutarlo). En él se ha priorizado la atención a las personas y la calidad de los servicios, y reflejan la eficacia y eficiencia en los recursos -refiere- Abierto el turno de intervenciones, toma la palabra D. Carlos A. Hernández Chinea (Grupo Mixto de IxLG), y quiere recordar que, siendo el Presupuesto la herramienta más importante, se les ha puesto a disposición con un día y medio antes de la celebración de las Comisiones. Sobre el particular responde el Sr. Alcalde que la convocatoria salió el lunes 10 y la Comisión se celebró el jueves 13; por lo que quiere que conste que la convocatoria se hizo en tiempo y forma y el aviso telefónico es de mera cortesía. Continúa el Concejal de IxLG exponiendo que el Presupuesto es el instrumento político más importante que tiene un ayuntamiento, y, por tanto, el acuerdo plenario que debería determinar las políticas y los servicios públicos que se presten por esta Corporación. Por ello, podría ser una oportunidad, pero a su Grupo le parece que va a ser otra ocasión desaprovechada. Añade que poco importa lo que se apruebe para comprometer el gasto si después el grupo de Gobierno no lo trasforma en hechos, y en último término en ejecución presupuestaria. Asimismo, refiere que ahora “todo son prisas”, cuando se trae el expediente fuera de plazo (art. 191 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales). El avance de la liquidación del presupuesto revela bajos niveles de ejecución presupuestaria, de poco más del 38%. En orden a la previsión de ingresos, señala el Sr. Concejal que solo se recaudó el 63% de los impuestos directos previstos en el presupuesto anterior, apenas el 53% de los indirectos, y no llega al 11% en el caso de tasas y otros ingresos. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 34 Llama la atención también el Sr. Hernández sobre una errata en la memoria de la Alcaldía, pues es el segundo año de legislatura y los segundos presupuestos que trae a Pleno el grupo de Gobierno. Y le sorprende el contenido de la memoria explicativa, no considerando que su contenido cumpla con el cometido para que se prevé; considerando que es ambigua, que no explica detalladamente los capítulos, salvo en materia de inversiones, donde se hace una lista -sin mucha explicación, matiza-; y que se dedica a hablar de “lo humano y lo divino”. En última instancia, consideran que se trata más bien de un programa electoral que de una memoria. En otro orden de cosas, les preocupa el gasto en materia de Personal, pues se dice que no se experimenta globalmente incremento respecto del ejercicio anterior, y ellos aprecian más del 2%. Quiere que se aclare si se contempla dentro de esta subida la actualización e incremento retributivo de los empleados públicos previsto para este año. Por otro lado, y en lo concerniente a las inversiones, caen un 2,82% con respecto al 2024, y -significa- apenas se detallan. Interesa aclaración sobre las actuaciones de reposición, mejora y repavimentación de caminos y aparcamientos públicos, de adquisición de terreno y parcelas para uso público, de rehabilitación de edificio público en Guadá, mejoras y conservación del cementerio municipal, adquisición de sanitarios públicos prefabricados sin especificar la zona. Interviene a continuación D. Walter Martín Cruz y refiere que no van a entrar en abundar más en el presupuesto, que ha sido suficientemente detallado por el Alcalde. Que, por otro lado, han tenido tiempo de acceso al expediente; y que no se puede venir al Pleno sin asistir a las Comisiones. Señala asimismo que leen el dictado que les ha preparado el “jefe”, y que, a pesar de haberse detallado el expediente y explicado las inversiones, siguen leyendo lo que tienen escrito. A juicio del Sr. Concejal no hay sorpresas, no les gusta el Presupuesto y buscarían detalles mínimos para disentir. No obstante -precisa- el Grupo de Gobierno va a seguir en su línea; añadiendo que si IxLG sigue en su línea, eso les llevará a donde están ahora. Replica D. Carlos Hernández Chinea que, respecto de las Comisiones, él se excusó debidamente (pues viajó a Tenerife por un tema de su hijo), y que, si hay alguien que tiene que obedecer órdenes de arriba, ese es el Grupo de ASG, y su portavoz en este caso. A continuación, interviene el Sr. Alcalde. Entiende que no les guste el Presupuesto que trae al Pleno, pero es que -matiza- a quien manda en IxLG no le gusta directamente el Alcalde ni el líder político de ASG; pero él sigue avanzando en interés de los vecinos. Por otro lado -refiere-, el Sr. Hernández califica el Presupuesto con el Avance de la Liquidación de 2024, aconsejándole que ese argumentario se lo guarde para cuando se traiga ésta al pleno. No entiende que se diga que no se ha tenido tiempo prudencial para examinar el expediente, pues han dispuesto de 10 días al efecto. En cuanto a que la memoria no es explicativa, indica el Alcalde que no es partidario de “echarse flores”, pero cree que el ejercicio hecho hoy para traer este punto al Pleno no se ha hecho nunca en este Ayuntamiento. Y, a pesar de la terminología en los Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 34 documentos y de las erratas que haya, dicho esfuerzo determina que se desvanezca esa crítica. Refiere en tal sentido que lo ha explicado todo y con tal trasparencia. En orden a que se diga que es un programa electoral, refiere que tiene el logo del Ayuntamiento; aunque está claro que él, con su memoria, lo lógico es que intente cumplir un programa electoral -expone- En relación con las inversiones, manifiesta que ya las detalló; y en, tal sentido, recuerda que la partida sobre pavimentación era para la Puntilla y Chelé; la parcela, es en Vueltas, la cual se pretende comprar en este ejercicio; las estructuras modulares son unas canchas de pádel a ejecutar en la parcela municipal anexa a la Cancha Deportiva de Playa del Inglés; se quiere poner baños en vías públicas; se pretende poner alternativa a la plataforma de madera del cementerio para dar seguridad; … Por último, entiende el posicionamiento político de IxLG, pero lo que pide -añade- es que seamos un poco coherentes y reconocer las luces y las sombras; y hoy ha hecho un ejercicio de trasparencia con sus luces y sombras: este es un “presupuesto”, y, por tanto, hay que prever las prioridades que necesita el Ayuntamiento. Sometido el expediente a votación: El Pleno lo aprueba con el resultado de 6 votos a favor (del Grupo Político de ASG), 2 votos en contra (del Grupo Mixto de IxLG), y 0 abstenciones; acordando: PRIMERO: Aprobar el Presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio 2025 que asciende a un total equilibrado de 9.176.297,69 euros. El Presupuesto presenta el siguiente resumen por capítulos: PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO PRESUPUESTO 2025 CAPITULO CRÉDITO TOTAL GASTOS IMPORTE % 1. Gastos de Personal 3.347.039,15 36,47 2. G. Corrientes BB y SS 3.356.595,17 36,58 3. Gastos Financieros 29.000,00 0,32 4. Transferencias corrientes 507.000,00 5,53 5. Fondo de Contingencia 100.000,00 1,09 6. Inversiones Reales 1.557.763,55 16,98 7. Transferencias Capital 278.899,82 3,04 8. Activos Financieros 0,00 0,00 9. Pasivos Financieros 0,00 0,00 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 34 TOTALES 9.176.297,69 100,00 PRESUPUESTO 2025 CAPITULO PREVISIÓN TOTAL INGRESOS IMPORTE % 1. Impuestos directos 1.145.380,00 12,48 2. Impuestos indirectos 52.000,00 0,57 3.Tasas y otros ingresos 978.817,62 10,67 4. Transferencias corrientes 6.060.902,16 66,05 5. Ingresos patrimoniales 150.308,09 1,64 6. Enajen. Inver. Reales 0,00 0,00 7. Transferencias de capital 788.889,82 8,60 8. Activos financieros 0,00 0,00 9. Pasivos financieros 0,00 0,00 TOTALES 9.176.297,69 100,00 SEGUNDO: Aprobar inicialmente la plantilla comprensiva del personal del ejercicio 2025, de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y personal eventual, haciéndose constar que, a los efectos de valoración de las plazas, y no contando con un manual de valoración, se ha adoptado el criterio de utilizar conforme las retribuciones de plazas preexistentes, y siempre con el límite impuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 prorrogada para el ejercicio 2024 y para el 2025, según se detalla a continuación: PLANTILLA DE PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 34 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 34 TERCERO: Exponer al público el Presupuesto General, las Bases de ejecución y plantilla del personal del ejercicio 2025, por el plazo de 15 días, mediante anuncios insertos en el Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica del Ayuntamiento, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 34 CUARTO: El Presupuesto se considera definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá de un mes para resolverlas. QUINTO: El Presupuesto General, definitivamente aprobado, será insertado en el Boletín Oficial de La Provincia resumido por capítulos, así como la plantilla del personal para el año 2025. SEXTO: Remitir copia a la Administración del Estado y al Gobierno de Canarias simultáneamente a la remisión que se realice al Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. SEXTO. Expediente nº 640/2023. Acuerdo que proceda sobre PROPUESTA DE ALCALDÍA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ACERCA DE ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE PARCELA E INMUEBLE EN EL INVENTARIO DE BIENES DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Y DE SOMETIMIENTO A INFORMACIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIENTE DE CESIÓN AL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA GOMERA . Dada cuenta de la PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, que dice: “PROPUESTA DE ALCALDÍA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ACUERDO DE APROBACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN DE UNA PARCELA E INMUEBLE EN EL INVENTARIO DE BIENES DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Y DE SOMETIMIENTO A INFORMACIÓN PÚBLICA DEL EXPEDIUENTE DE CESIÓN AL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA GOMERA. D. Borja Barroso Jiménez, Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, propone al Pleno de la Corporación el debate y la adopción del siguiente acuerdo: Visto, que mediante Providencia de fecha 03/10/2022 emitida por el Sr. AlcaldePresidente de la Corporación, se determinó que para el Ayuntamiento de Valle Gran Rey y el futuro desarrollo dotacional del Municipio era necesario proceder a la adquisición del mencionado bien que consta de los siguientes datos generales: Referencia catastral Localización Clase Superficie Uso Año de Construcción 1005706BS7110N0001YJ C/ La Alameda, 10. Las Orijamas. 38870. Valle Gran Rey. Suelo Urbano Superficie construida total de 558,36 m² Uso Sanitario y Asistencial 1960, aprox. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 34 Asimismo la mencionada Providencia dispuso que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.3.a) de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, el referido bien inmueble a adquirir se destinará: • De una parte, a la ampliación del actual Centro de Salud de Valle Gran Rey, mediante la cesión de parte de la parcela al Servicio Canario de la Salud dependiente del Gobierno de Canarias al objeto de acometer la redacción y ejecución del referido proyecto, el cual como es pública y notoriamente conocido se encuentra en una situación de carencia de espacios de atención a pacientes y usuarios del servicio de urgencias y de atención primaria, diagnóstica y consultas externas. • Y de otra parte, a la construcción del futuro centro sociosanitario para mayores y personas dependientes de Valle Gran Rey, teniendo en cuenta la obsolescencia estructural del actual Centro de Mayores “Vivienda Tutelada de la Tercera Edad Virgen de Los Reyes”, el cual colinda con el inmueble que se pretende adquirir. Considerando, que mediante el Decreto N.º 2022-1021 de 20/11/2022 de la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, se procedió a aprobar el expediente administrativo para la adquisición directa del bien inmueble con referencia catastral 1005706BS7110N0001YJ para uso sociosanitario del municipio de Valle Gran Rey, así como aprobar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir el presente contrato y el gasto correspondiente bajo la aplicación presupuestaria 231 609 y cifrada en la cantidad total de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (350.000,00 €), procediendo a invitar a la propietaria del mencionado bien inmueble a participar en el mismo, designar los miembros de la comisión negociadora y proceder a publicar en la Plataforma de Contratación del Sector Público toda la documentación integrante del expediente de contratación. Considerando, que mediante el Decreto N.º 2022-1141 de 29/12/2022 de la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, se procedió a aprobar el expediente la adquisición mediante compraventa el bien inmueble con referencia catastral 1005706BS7110N0001YJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera Finca N.º 1486, para uso sociosanitario del municipio de Valle Gran Rey, a MARÍA JOSÉ PIÑERO MAGDALENA con DNI. 78676075K en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en por un precio de el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, TRESCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (350.000,00 €). Asimismo, se acordó anotar la mencionada adquisición en el Inventario Municipal de Bienes al efecto de actualizarlo, una vez formalizada la adquisición, procediendo por las partes a otorgar escritura pública de la presente compraventa y remitir los documentos correspondientes al Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera para que se efectúen los oportunos asientos registrales, según la legislación hipotecaria. Considerando, que la referida escritura pública de compraventa entre el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey y MARÍA JOSÉ PIÑERO MAGDALENA se suscribió con fecha 22/02/2023 ante la Notario de San Sebastián de La Gomera D.ª Emilia Cuenca Cuenca (Protocolo N.º 270). Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 34 Teniendo en cuenta que, a pesar de lo establecido en el mencionado Decreto N.º 2022- 1141 de 29/12/2022, el Inventario Municipal de Bienes de la Corporación no fue modificado para incorporar al mismo la referida parcela adquirida, es por lo que en aplicación de lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 33 y 34 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, procede la rectificación del Inventario de Bienes por parte del Pleno de la Corporación. Teniendo en cuenta que el Excmo. Cabildo Insular de La Gomera solicitó la colaboración de este Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, mediante la implementación de los trámites administrativos necesarios para la disposición de una parcela ubicada en ese municipio susceptible de albergar la posible ejecución de la actuación mencionada anteriormente, lo que a buen seguro permitirá completar la red de Centros con capacidad para la demanda actual y futura a corto y medio plazo, además de una distribución uniforme de las plazas alojativas y de estancia diurna en la isla de La Gomera. Teniendo en cuenta que consta Memoria Justificativa de la necesidad de crear un Centro Sociosanitario en el municipio de Valle Gran Rey, con la finalidad de disponer de un Centro para Mayores de carácter tanto alojativo como de estancia diurna en función de la demanda de este servicio según los datos representativos de la isla y del municipio en general sobre los estudios demográficos de envejecimiento y dependencia de la población, de forma que se complemente la oferta pública de plazas asistenciales y de estancia diurna con los centros actualmente en servicio, en ejecución o en proyecto, estimando una previsión para este Centro de 32 plazas residenciales así como 30 plazas de estancia diurna, conforme a las directrices marcadas en el Acuerdo sobre Criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) y en el Decreto 154/2015, 18 junio por el que se modifica el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen en el ámbito de la promoción de la autonomía personal y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias, aprobado por el Decreto 67/2012, 20 julio. Teniendo en cuenta que se considera adecuada la cesión al Excmo. Cabildo Insular de la Gomera de la parcela con referencia catastral 1005706BS7110N0001YJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera Finca N.º 1486, sito en calle La Alameda, N.º 10, Las Orijamas, T.M. de Valle Gran Rey, al objeto de construcción del futuro Centro Sociosanitario de personas mayores y dependientes de Valle Gran Rey, ante la obsolescencia estructural del actual Centro de Mayores “Vivienda Tutelada de la Tercera Edad Virgen de Los Reyes”. Considerando que el artículo 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias, requiere para la cesión de bienes inmuebles patrimoniales, entre otros requisitos, el previo sometimiento del expediente administrativo a información pública por plazo mínimo de 20 días hábiles, y vistos los informes municipales que se han emitido. Por todo ello, habida cuenta de los antecedentes expuestos, la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey en uso de las atribuciones que me están conferidas por la legislación vigente, específicamente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 34 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normativa de aplicación, eleva al Pleno de la Corporación para su debate y votación, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO.- Aprobar la rectificación del Inventario de Bienes del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey procediendo a la inscripción del bien inmueble con referencia catastral 1005706BS7110N0001YJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera Finca N.º 1486, sito en calle La Alameda, N.º 10, Las Orijamas, T.M. de Valle Gran Rey, que fue adquirido por el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey mediante compraventa en escritura pública a MARÍA JOSÉ PIÑERO MAGDALENA con fecha 22/02/2023, conforme a la correspondiente ficha que consta en el expediente de referencia. SEGUNDO.- Someter el expediente administrativo tendente a la cesión al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera, del terreno integrante de la parcela con referencia catastral 1005706BS7110N0001YJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera, Finca N.º 1486, sito en calle La Alameda, N.º 10, Las Orijamas, T.M. de Valle Gran Rey, para construcción del futuro Centro Sociosanitario de personas mayores y dependientes de Valle Gran Rey, a información pública por plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Electrónico Municipal, a los efectos de que cualquier interesado pueda formular alegaciones o sugerencias ante la pretendida cesión. Las características del inmueble son las siguientes: TERCERO.- Dar traslado del presente ACUERDO al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera. CUARTO.- Contra el punto primero del presente acto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso- Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 34 Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Contra el punto segundo no cabe recurso de clase alguna, al constituir un acto de trámite inimpugnable, sin perjuicio de los que se pueda interponer contra la resolución definitiva del procedimiento. En Valle Gran Rey. Documento firmado electrónicamente al margen. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Borja Barroso Jiménez” El Sr. Alcalde hace una presentación mediante diapositivas de este punto del Orden del Día y relaciona los documentos obrantes en el expediente, tras lo cual expone que estamos ante una inversión de especial importancia para Valle Gran Rey, para La Gomera y para Canarias. Seguidamente interviene D. Carlos A. Hernández Chinea (del Grupo Mixto de IxLG), e indica que su voto va a ser favorable, felicita por el proyecto y expone que ojalá salga lo antes posible y que se cumpla. acordando, en Sometido el expediente a votación: El Pleno aprueba por unanimidad la PROPUESTA de referencia, consecuencia: PRIMERO. Aprobar la rectificación del Inventario de Bienes del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey procediendo a la inscripción del bien inmueble con referencia catastral 1005706BS7110N0001YJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera Finca N.º 1486, sito en calle La Alameda, N.º 10, Las Orijamas, T.M. de Valle Gran Rey, que fue adquirido por el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey mediante compraventa en escritura pública a MARÍA JOSÉ PIÑERO MAGDALENA con fecha 22/02/2023, conforme a la correspondiente ficha que consta en el expediente de referencia. SEGUNDO. Someter el expediente administrativo tendente a la cesión al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera, del terreno integrante de la parcela con referencia catastral 1005706BS7110N0001YJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera, Finca N.º 1486, sito en calle La Alameda, N.º 10, Las Orijamas, T.M. de Valle Gran Rey, para construcción del futuro Centro Sociosanitario de personas mayores y dependientes de Valle Gran Rey, a información pública por plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón Electrónico Municipal, a los efectos de que cualquier interesado pueda formular alegaciones o sugerencias ante la pretendida cesión. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 34 Las características del inmueble son las siguientes: TERCERO. Dar traslado del presente ACUERDO al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera. CUARTO. Contra el punto primero del presente acto, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho. Contra el punto segundo no cabe recurso de clase alguna, al constituir un acto de trámite inimpugnable, sin perjuicio de los que se pueda interponer contra la resolución definitiva del procedimiento. SÉPTIMO. ASUNTOS DE URGENCIA Expediente nº 114/2025. RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS Nº 1/2025 Expone el Sr. Alcalde que estamos ante un expediente que se viene trabajando desde principios de año y no se cerro hasta hace dos días; razón por la cual no se pudo llevar a la Comisión Informativa del día 10. Justifica la urgencia en la necesidad de cumplir con el promedio de pago y evitar retrasar el cobro de las empresas. Sometida la urgencia a votación, resulta aprobada por unanimidad de los asistentes. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 34 En orden al fondo del asunto, dada cuenta de la PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, que dice: Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 34 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 27 de 34 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 28 de 34 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 29 de 34 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 30 de 34 Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 31 de 34 El Sr. Alcalde explica sucintamente el expediente y relaciona los documentos obrantes en éste, procediendo “in voce” a modificar el error de transcripción detectado en la propuesta (Acuerdo TERCERO) en que debe constar “con cargo al Presupuesto prorrogado del año 2024 vigente actualmente”. Por su parte, el Concejal del Grupo Mixto de IxLG, D. Carlos A. Hernández Chinea expone que votarán en contra, como siempre han hecho en todos los expedientes con reparos; si bien interesa aclaración sobre la factura de un reloj lotus o viceroy. A lo que responde el Alcalde que son los detalles (5 relojes) de atención protocolaria que se les dio a los jubilados de este Ayuntamiento en 2024. Sometido el expediente a votación: El Pleno aprueba la Propuesta de la Alcaldía con el resultado de 6 votos a favor (del Grupo de ASG), 2 votos en contra (del Grupo Mixto de IxLG) y 0 abstenciones. PARTE DECLARATIVA PARTE DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN OCTAVO. DAR CUENTA DE: Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 32 de 34 - DECRETOS DE LA ALCALDÍA Y RESOLUCIONES DE LOS CONCEJALES. Se ha tenido acceso. NOVENO. DAR CUENTA DE LOS REPAROS FORMULADOS POR LA INTERVENCIÓN Se ha tenido acceso. RUEGOS Y PREGUNTAS DÉCIMO. Ruegos y Preguntas. Refiere el Sr. Alcalde que los ruegos y preguntas del Pleno ordinario anterior fueron contestados en la misma sesión. En cuanto a la Moción sobre la ordenanza de agua de IxLG, es probable que se convoque un Pleno extraordinario en marzo para tratar la ordenanza, no solo del agua, sino también alguna otra, como la fiscal de residuos sólidos urbanos, dada la obligación legal derivada de una trasposición de normativa europea. Seguidamente se formulan por el Grupo Mixto de IxLG las siguientes preguntas: - - - ¿Tienen previsto una fecha de apertura para el Mirador de Juan Rejón y su uso va a ser, como se acordó en pleno, como centro de interpretación del lagarto gigante? Respuesta del Sr. Alcalde: la obra la ejecuta la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias mediante un encargo a Tragsa como medio propio personificado; se ha contactado con la dirección de la obra y con el técnico de la Dirección General de Infraestructuras Turísticas, quienes trasladan que la obra civil está conclusa y sólo se está pendiente de los trámites de la conexión eléctrica. Por otro lado, en cuanto al destino, se va a ejecutar el acuerdo adoptado en el pleno, pero no donde estaba en el proyecto inicial; éste tuvo un modificado. El espacio soterrado no se ejecutó tras el informe que indica que aquello era espacio verde. Y, finalmente, se sacará una licitación de servicios. ¿Se está valorando por parte del gobierno municipal formar y cualificar al personal adscrito a la depuradora para asumir su gestión una vez finalizada la obra? ¿Se va a incluir esa categoría en la RPT? Respuesta del Sr. Alcalde: Lógicamente se dará una formación a los operarios. La UTE adjudicataria tiene un plazo para ejecución de 18 meses, de los cuales 4 serán de prueba de operativa de la EDAR, y tendremos un sector terciario que no teníamos hasta ahora. ¿Ha habido algún avance en el plan integral de accesibilidad para La Calera que se anunció en mayo de 2022? ¿Se adquirirá, y cuándo, de ser así, el terreno situado frente a la Casa Cultural para la instalación del ascensor? Respuesta del Sr. Alcalde: el Grupo de Gobierno se compromete a trabajar en ese plan de accesibilidad, pero la normativa urbanística es la que es, y esa parcela es zona verde. Se está trabajando en otra alternativa, como plataforma o escalera mecanizada. Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 33 de 34 - - ¿Cuál es el estado del expediente de la casa donada al Ayuntamiento en Borbalán? Respuesta del Sr. Alcalde: se trata de una herencia del año 2018, y fue el Alcalde actual quien movió el expediente, pues antes no se había hecho nada. El Ayuntamiento es titular, en escritura pública de aceptación de herencia, del 75% de la casa, procediendo adquirir el 100%, debiendo cumplir la voluntad del testador de que eso debía ser para la vivienda tutelada. El 25% restante se divide en 3 partes. Se le hizo una oferta de cerca de 12.000 € a cada uno, aceptando solo uno de los copropietarios; los dos restantes quieren llegar a un acuerdo con el Ayuntamiento, pero no están conformes con la valoración/tasación oficial. Se hará un último intento de acuerdo extrajudicial. Si no se consigue, procede ir a un procedimiento judicial de división de cosa común. ¿Existe convenio con la comunidad de regantes para el uso como depósito de aguas regeneradas para el tanque de El Picacho? ¿Cómo se va a conciliar eso con el derecho del regante a elegir con que agua se riega? Respuesta del Sr. Alcalde: No existe ese convenio, aunque tenemos que sentarnos. Recuerda que la EDAR pasa analíticas periódicamente, y el agua que salga de la EDAR regenerada pasará esas analíticas, y esa agua es reutilizable, no solo para baldeo de calles, sino también para el riego general de la parte baja del municipio. Se contempla no solo el depósito del Picacho, sino también de la Plazoleta. Es una cuestión de cambio de “chip”: ante lo nuevo se duda, pero los acuíferos están sobreexplotados y tenemos que regenerar. Se añade que la EDAR que tendrá Valle Gran Rey en 2026 será la más puntera en tecnología de Canarias y una de las de España. Desde el Puerto de Vueltas no ha habido una inversión de este calibre en Valle Gran Rey. - Avance de la finalización del César Manrique. Respuesta del Sr. Alcalde: estamos esperando la contestación de Endesa al punto de conexión eléctrica, pues la obra civil está finalizada, y se espera recibir la obra cuanto antes para dotarla y ponerla en funcionamiento. La previsión del Ayuntamiento es poner en funcionamiento esa infraestructura turística única en La Gomera (de interés arquitectónico, etnográfico, …) a través de una licitación, en que, además, se dé formación. Y no habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el AlcaldePresidente levanta la Sesión siendo las 15:13 horas, de lo cual, como Secretaria Interventora Accdtal, doy fe. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 94RZ37E9JXFTAJZW7Y4JDCM52 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 34 de 34