Expediente n.º: PLN/2025/9 Acta de la Sesión Extraordinaria de 23 de diciembre de 2025 Día y hora de la reunión: 23 de diciembre de 2025, a las 9:10 horas, en 1ª Convocatoria Lugar de celebración: Salón de Plenos del Ayuntamiento de Valle Gran Rey Asistentes:  D. BORJA BARROSO JIMÉNEZ  D. WALTER MARTÍN CRUZ  Dª TERESA DE JESÚS ORTIZ RAMOS  D. CARLOS GREGORIO GONZÁLEZ PÉREZ  Dª LORENA DAMAS BARROSO  Dª ARIANA MESA CHINEA  D. CARLOS ALBERTO HERNÁNDEZ CHINEA  D. CRISTIAN POMARES SÁNCHEZ No asisten:  D. ÁNGEL MANUEL PIÑERO CRUZ (previa excusa)  D. PEDRO DORTA SANTOS (sin excusa)  Dª MAIDE PADRÓN NÚÑEZ (sin excusa) ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 23 DE SEPTIEMBRE DE 2025 (1ª CONVOCATORIA) Reunidos, en primera convocatoria, en el día y hora citados en la cabecera del presente documento, el Pleno de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria, previamente convocada, bajo la Presidencia del Alcalde de este Ayuntamiento, con asistencia de los Sres. Concejales que se enumeran en la cabecera. La Corporación está asistida por la Secretaria Interventora Accidental de este Ayuntamiento que da fe del acto. Una vez verificada por la Secretaría la válida constitución del Pleno, dado que se cumple la asistencia mínima de un tercio del número legal de miembros, el Presidente abre la sesión, procediendo a la deliberación sobre los asuntos incluidos en el siguiente ORDEN DEL DÍA PRIMERO. Expediente número 2253/2025. Dar cuenta de la MODIFICACIÓN DE CONFORMACIÓN Y PORTAVOCÍAS DEL GRUPO POLÍTICO MUNICIPAL DE COALICIÓN CANARIA (CC). Se da cuenta por el Sr. Alcalde de la nueva conformación del Grupo Político Municipal de Coalición Canaria (CC): Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 26 SEGUNDO. Expediente número 2212/2025. Acuerdo que proceda sobre la PROPUESTA DE ALCALDÍA: APROBACIÓN INICIAL DEL PRESUPUESTO GENERAL Y DE LA PLANTILLA DE PERSONAL PARA EL EJERCICIO 2026. Dada cuenta de la PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, que dice: “PROPUESTA DE LA ALCALDÍA Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 26 En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 164, 165, 166 y 168 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se forma por parte de esta Alcaldía el Presupuesto General del Ilustre Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el ejercicio 2026, con el siguiente contenido: a. Los estados de gastos que incluyen, con la debida especificación, los créditos de gastos necesarios para atender el cumplimiento de las obligaciones. b. Los estados de ingresos que incluyen las estimaciones de los distintos recursos económicos a liquidar en el ejercicio. c. Bases de ejecución del Presupuesto. d. El estado de previsión de movimientos y situación de la deuda. e. Memoria de la Alcaldía explicativa del contenido del Presupuesto y de las principales modificaciones en relación con el vigente. f. Liquidación del presupuesto del ejercicio anterior y avance de la del corriente, referida, al menos, a seis meses del ejercicio corriente. g. Anexos de Personal de la entidad local. h. Anexo de las inversiones. i. Anexo de información sobre los convenios suscritos con la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de gasto social. j. Anexo de beneficios fiscales en tributos locales. k. Informe económico financiero, en el que se exponen las bases utilizadas para la evaluación de los ingresos, la suficiencia de los créditos para atender el cumplimiento de las obligaciones exigibles, y en consecuencia la efectiva nivelación del Presupuesto. l. Informe de Intervención. m. Informe de cumplimiento de las reglas fiscales. Por todo ello esta Alcaldía PROPONE al Ilustre Ayuntamiento en Pleno la adopción del siguiente ACUERDO: PRIMERO: Aprobar el Presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio 2026 que asciende a un total equilibrado de 9.075.730,98 euros. El Presupuesto presenta el siguiente resumen por capítulos: Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 26 SEGUNDO: Aprobar inicialmente la plantilla comprensiva del personal del ejercicio 2026, de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y personal eventual, haciéndose constar que, a los efectos de valoración de las plazas, y no contando con un manual de valoración, se ha adoptado el criterio de utilizar conforme las retribuciones de plazas preexistentes, y siempre con el límite impuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 prorrogada para el ejercicio 2024, 2025 y 2026, según se detalla a continuación PLANTILLA DEL PERSONAL EJERCICIO 2026 Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 26 Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 26 Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 26 TERCERO: Exponer al público el Presupuesto General, las Bases de ejecución y plantilla del personal del ejercicio 2026, por el plazo de 15 días, mediante anuncios insertos en el Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica del Ayuntamiento, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados CUARTO: El Presupuesto se considera definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá de un mes para resolverlas. QUINTO: El Presupuesto General, definitivamente aprobado, será insertado en el Boletín Oficial de La Provincia resumido por capítulos, así como la plantilla del personal para el año 2026. SEXTO: Remitir copia a la Administración del Estado y al Gobierno de Canarias simultáneamente a la remisión que se realice al Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.  DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Expone el Sr. Alcalde que, como se exponía en la Comisión Informativa del pasado jueves, por primera vez en muchos años (posiblemente más de una década), el Ayuntamiento somete a la aprobación del Pleno el Presupuesto General antes del ejercicio correspondiente, lo que nos da un dato claro del compromiso de cumplir en la materia. (Hay que tener en cuenta la modificación hecha “in voce” por el Sr. Alcalde del Anexo correspondiente a la Plantilla del Personal, en concreto en el Personal Laboral fijo, en la sesión de la CEC de fecha de 17 de diciembre de 2025) Seguidamente expone el contenido del documento a través de diapositivas; significando que estamos ante un Presupuesto responsable y equilibrado, centrado en las personas y en la consolidación de los servicios públicos esenciales, con un apoyo decidido al tejido social y económico, en que se aumenta la inversión para mejorar el Municipio. Agradece también a los servicios jurídicos y económicos de la Corporación por el esfuerzo realizado en que contemos con éste en el año anterior a su ejecución. También la colaboración de varios colectivos, como la Asociación Empresarial Insular y Cruz Roja, pues a través de distintas actuaciones e intercambio de ideas, se ha enriquecido el Presupuesto presentado. Abierto el turno de intervenciones, el Portavoz de IxLG del Grupo Mixto, D. Carlos A. Hernández Chinea, no tiene nada que manifestar. D. Wálter Martín Cruz, Portavoz del Grupo Político Municipal de ASG, agradece el esfuerzo de los servicios técnicos, económicos y administrativos; y pone en valor que el Equipo de Gobierno cumple lo que dice y trae a Pleno el Presupuesto antes del ejercicio económico en que se va a ejecutar. (En este momento se ausenta de la sesión el Concejal D. Carlos Gregorio González Pérez al recibir una llamada telefónica, no estando presente en el momento de la votación de este punto del Orden del Día). Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 26 Sometido el expediente a votación resulta aprobado con el resultado de 5 votos a favor (del Grupo Político Municipal de ASG), 2 votos en contra (de IxLG del Grupo Mixto); y 0 abstenciones; acordando, en consecuencia: PRIMERO: Aprobar el Presupuesto de este Ayuntamiento para el ejercicio 2026 que asciende a un total equilibrado de 9.075.730,98 euros. El Presupuesto presenta el siguiente resumen por capítulos: SEGUNDO: Aprobar inicialmente la plantilla comprensiva del personal del ejercicio 2026, de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios, personal laboral y personal eventual, haciéndose constar que, a los efectos de valoración de las plazas, y no contando con un manual de valoración, se ha adoptado el criterio de utilizar conforme las retribuciones de plazas preexistentes, y siempre con el límite impuesto en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023 prorrogada para el ejercicio 2024, 2025 y 2026, según se detalla a continuación PLANTILLA DEL PERSONAL EJERCICIO 2026 Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 26 Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 26 TERCERO: Exponer al público el Presupuesto General, las Bases de ejecución y plantilla del personal del ejercicio 2026, por el plazo de 15 días, mediante anuncios insertos en el Boletín Oficial de la Provincia y sede electrónica del Ayuntamiento, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados CUARTO: El Presupuesto se considera definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, en caso contrario, el Pleno dispondrá de un mes para resolverlas. QUINTO: El Presupuesto General, definitivamente aprobado, será insertado en el Boletín Oficial de La Provincia resumido por capítulos, así como la plantilla del personal para el año 2026. Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 26 SEXTO: Remitir copia a la Administración del Estado y al Gobierno de Canarias simultáneamente a la remisión que se realice al Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. TERCERO. Asunto de Urgencia. Expediente número 2245/2025. Acuerdo que proceda sobre la PROPUESTA DE ALCALDÍA AL PLENO SOBRE SOLICITUD AL ÓRGANO AMBIENTAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS DE INICIO DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA ORDINARIA DEL BORRADOR Y DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALLE GRAN REY. Para el Sr. Alcalde, hoy es un gran día, pues no sólo se aprueba el Presupuesto antes del ejercicio siguiente, sino que también se trae este punto del Orden del Día, culminando así señala- casi un año incansable del Equipo de Gobierno del Ayuntamiento y también del Equipo disciplinar de Gesplán en su trabajo del Plan General de Ordenación Urbana de Valle Gran Rey. Recuerda que en el año 2024 se acordó en Pleno concurrir a una subvención del Gobierno de Canarias para la aprobación de Planes Generales. (En este momento se incorpora nuevamente a la sesión el Concejal D. Carlos Gregorio González Pérez) Refiere el Sr. Alcalde que consta en el expediente los antecedentes y los documentos del borrador del PGOU redactados por el Equipo Multidisciplinar de Gesplán. Sobre el particular señala que muchas veces se estigmatiza y se hacen manifestaciones a la ligera; pero que, con el trtabajo que están haciendo, se merecen el mayor de los respetos, haciendo un borrador del PGOU serio. En tal sentido -prosigue- no debemos olvidar que nuestro territorio tiene hasta cinco espacios naturales protegidos, y eso es bueno pero también malo, por cuanto en estas zonas el Plan Generla no puede ordenar, siendo una atribución de otras administraciones. En último término, significa que es una satisfacción ver cumplidos hitos del esfuerzo y trabajo hechos, y una satisfacción traer este punto hoy al Pleno. Fundamentada la urgencia del punto del Orden del Día en la necesidad de cumplir con los plazos exigidos en la tramitación del expediente, y sometida a votación resulta aprobada con el resultado de 6 votos a favor (del Grupo Político Municipal de ASG), 0 votos en contra y 2 abstenciones (de IxLG del Grupo Mixto) Seguidamente se entra en el fondo del asunto: Dada cuenta de la PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, que dice: “ PROPUESTA DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN ACUERDO DE APROBACIÓN SOBRE SOLICITUD AL ÓRGANO AMBIENTAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS DE INICIO DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA ORDINARIA DEL BORRADOR Y DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALLE GRAN REY Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 26 D. Borja Barroso Jiménez, Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, propone al Pleno de la Corporación el debate y la adopción del siguiente acuerdo: I.- ANTECEDENTES DE HECHO: Primero.- Considerando, que mediante Acuerdo del Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey reunido en sesión ordinaria celebrada en segunda convocatoria el día 28/05/2024, se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, siendo el Órgano Promotor y Sustantivo es el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, y el Órgano Ambiental lo será el autonómico. Estableciendo como cronograma estimativo el realizado por la entidad pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental S.A. (GESPLÁN, S.A.) en la correspondiente Propuesta Técnica y Económica proporcionada, y no estableciendo medida cautelar alguna sobre la suspensión de la tramitación de otros instrumentos de ordenación, ni tampoco sobre la suspensión del otorgamiento de licencias o autorizaciones en materia urbanística. Segundo.- Visto que mediante Decreto N.º 2024-1629 de fecha 19/11/2024 emitido por el Sr. Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, se procedió a “Aprobar el encargo a la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. Unipersonal con N.I.F. ***2799** como Medio Propio Personificado del Iltre. Ayuntamiento (GESPLÁN, S.A.) de Valle Gran Rey, la ejecución del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE)”. Tercero.- Visto que se ha materializado la correspondiente Consulta Pública. Cuarto.- Vista la documentación presentada por parte de GESPLÁN, S.A., suscrita con fecha 21/11/2025, a los efectos de su tramitación, habiendo presentado los siguientes documentos:  Borrador, con sus correspondientes anexos y tomos.  Documento Inicial Estratégico II.- FUNDAMENTOS DE DERECHO: Primero.- Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: objeto. La ordenación urbanística que se viene aplicando en el municipio de Valle Gran Rey se integra por las Normas subsidiarias de 1989, un instrumento que actualmente se encuentra desfasado respecto a las necesidades del municipio. Asimismo, el marco normativo ha cambiado notoriamente en el transcurso de estos años, por lo que el propio concepto de urbanismo ha sido modificado planteándose como un engranaje capaz de integrar las políticas públicas con incidencia en el territorio entendido como espacio físico, administrando este recurso conforme al interés general y según el principio de desarrollo sostenible. Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 26 Por otra parte, el modelo de ordenación establecido por las Normas Subsidiarias de Valle Gran Rey, se encuentra desfasado, y no configura un modelo territorial que refleje de manera global la evolución social y económica del municipio actual. Además, habrá que tenerse en cuenta los instrumentos de ordenación supramunicipal, y los planes y normas de los espacios naturales protegidos que, de manera total y parcial, se localizan en el término municipal. Resulta imprescindible impulsar un instrumento de ordenación que defina el modelo de ordenación municipal conforme a un marco jurídico estable y seguro dentro de las competencias municipales. El Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey (PGO) definirá el modelo territorial y urbanístico del municipio en el marco de las directrices de ordenación y del planeamiento insular. Para ello, el PGO contendrá las determinaciones de ordenación estructural del término municipal completo y, además, podrá establecer las determinaciones de ordenación pormenorizada, en todo o en parte del término municipal, de cualquier clase y categoría de suelo. En el Borrador del PGO se detallan los objetivos específicos y generales, procediendo la remisión a los mismos. Segundo.- Documentación. Conforme al Reglamento de Planeamiento de Canarias, aprobado mediante Decreto 181/2018, de 26 de diciembre “(...) el borrador debe contener los siguientes contenidos, necesarios a su vez para redactar el Documento Inicial Estratégico: MEMORIA:  Justificación: se debe indicar las causas que motivan la redacción del instrumento de planeamiento.  Objetivos: se especificarán los objetivos de planificación, que incluyan tanto los asumidos en el acuerdo de la formulación del instrumento de ordenación como los derivados del proceso de consulta establecido en el artículo 15 de este Reglamento.  Ordenación: se describirán las actuaciones previstas para alcanzar los objetivos planteados, señalando la que se entiende como más viables en esta fase de tramitación. PLANOS: Siempre que el instrumento de ordenación lo requiera, se deben incluir planos que muestren las actuaciones propuestas en esta fase de tramitación, a una escala que permita su análisis y la consiguiente emisión del Documento de Alcance (formato CAD homologado). Se recomienda, asimismo grafiar escenarios generales e integradores, teniendo en cuenta las actuaciones previstas, con el objetivo de que en el Documento de Alcance alcanzar el mayor nivel de definición.” Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 26 De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Planeamiento de Canarias, aprobado mediante Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, el Documento Inicial Estratégico es el documento con el que se inicia el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica ordinaria. Este documento tiene como base el Borrador del instrumento de ordenación, el cual debe tener un nivel de desarrollo y concreción que permita tratar los contenidos establecidos en la normativa aplicable. El objetivo del Documento Inicial Estratégico no es evaluar los efectos de las determinaciones del instrumento de ordenación, sino poner de manifiesto, a la vista de los aspectos expuestos en el documento Borrador, los posibles problemas ambientales que se generen. Analizada la documentación obrante en el expediente administrativo, constan los documentos preceptivos previstos en la legislación, teniendo los mismos el contenido previsto en la normativa y siendo aptos para el inicio de la evaluación ambiental del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey. En concreto, analizado el Documento Inicial Estratégico, consta información sobre: a. Los objetivos de la planificación. b. El alcance y contenido del plan o programa propuesto y de sus alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables. c. El desarrollo previsible del plan o programa. d. Los potenciales impactos ambientales tomando en consideración el cambio climático. e. Las incidencias previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes. Tercero.- Procedimiento administrativo. En primer lugar, se ha de tener presente que fue realizada la preceptiva Consulta Pública, con el resultado que consta en el Borrador. El artículo 17 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, preceptúa lo siguiente: “1. La evaluación ambiental estratégica ordinaria constará de los siguientes trámites: a) Solicitud de inicio. b) Consultas previas y determinación del alcance del estudio ambiental estratégico. c) Elaboración del estudio ambiental estratégico. d) Información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. e) Análisis técnico del expediente. f) Declaración ambiental estratégica. Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 26 2. El órgano ambiental dispondrá de un plazo máximo de dos meses, contados desde la recepción de la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria, acompañada del borrador del plan o programa y de un documento inicial estratégico, para realizar las consultas previstas en el artículo 19.1 y elaborar un documento de alcance del estudio ambiental estratégico regulado en el artículo 19.2. 3. El plazo máximo para la elaboración del estudio ambiental estratégico, y para la realización de la información pública y de las consultas previstas en los artículos 20, 21, 22 y 23 será de nueve meses desde la notificación al promotor del documento de alcance. 4. Para el análisis técnico del expediente y la formulación de la declaración ambiental estratégica, el órgano ambiental dispondrá de un plazo de cuatro meses, desde la recepción del expediente completo, de acuerdo con los artículos 24 y 25.” En síntesis, en el supuesto que nos ocupa procede que por el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey se solicite al órgano ambiental el inicio de la evaluación ambiental, al objeto de que se proceda a la realización de los trámites de admisión y de consulta ambiental. Asimismo, el artículo 86.6 de la LSC. prescribe lo siguiente: “(…) c) Órgano ambiental: en el caso de los instrumentos autonómicos, lo será el órgano que designe el Gobierno de Canarias; en cuanto a los instrumentos insulares, lo será el órgano que designe el cabildo o, previa delegación, el órgano ambiental autonómico; y en el caso de los instrumentos municipales, lo será el que pueda designar el ayuntamiento, si cuenta con los recursos suficientes, pudiendo delegar esta competencia en el órgano ambiental autonómico o el órgano ambiental insular de la isla a la que pertenezca, o bien constituir un órgano ambiental en mancomunidad con otros municipios. Asimismo, podrá encomendarse el ejercicio de los aspectos materiales o técnicos de la competencia de los órganos ambientales, en caso de estar constituidos, mediante convenio de encomienda de gestión en los términos de la legislación básica sobre régimen jurídico del sector público. El acuerdo de delegación o encomienda o de aceptación de las mismas o de aprobación del convenio de encomienda deberá adoptarse por el pleno de la entidad o por el Gobierno de Canarias, según proceda. No obstante, en los municipios de menos de 100.000 habitantes de derecho, la evaluación ambiental de la ordenación urbanística estructural de los planes generales de ordenación, así como en los casos de modificación sustancial de los mismos, corresponderá al órgano ambiental autonómico. A estos efectos, se entiende por ordenación urbanística estructural la delimitada por el artículo 136 de esta ley, y por modificación sustancial los supuestos previstos en el artículo 163 de esta ley”. Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 26 Es decir, en el supuesto de hecho que nos ocupa que es la debida tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, el Órgano Ambiental sólo puede ser, por imperativo legal, el Órgano Ambiental Autonómico. Por todo ello, habida cuenta de los antecedentes expuestos, la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey en uso de las atribuciones que le están conferidas por la legislación vigente, específicamente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás normativa de aplicación, eleva al Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para su debate y votación, la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO.- Dar cuenta y toma de conocimiento al Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey del Borrador –con todos sus documentos integrantes– y del Documento Inicial Estratégico del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey redactados por la entidad pública GESPLAN, S.A. SEGUNDO.- Aprobar la solicitud al Órgano Ambiental de la Comunidad Autónoma de Canarias (Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental o denominación que tuviere, en su caso), el inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria relativa a los trámites de redacción del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, debiéndose proceder a la debida tramitación prevista en la normativa vigente. TERCERO.- Aprobar el traslado al Órgano Ambiental de la Comunidad Autónoma de Canarias (Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental o denominación que tuviere, en su caso) –a los efectos de materializar el trámite referido en el punto anterior–, del Borrador –con todos sus documentos integrantes– y del Documento Inicial Estratégico del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, que han sido elaborados por la entidad pública GESPLAN, S.A. –con fecha de suscripción de 21/11/2025–. En este sentido, los documentos que se entienden anexos al presente Acuerdo, se remitirán al referido Órgano de Evaluación Ambiental con la correspondiente Diligencia de la Secretaría General de la Corporación. CUARTO.- Habilitar al Sr. Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para la realización en representación de esta Corporación de cualquier acto o trámite que fuera preciso para el desarrollo y consecución del presente Acuerdo. QUINTO.- Comunicar el presente acuerdo a la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera y a la entidad pública GESPLÁN, S.A. mediante certificado de la Secretaría General de la Corporación, a los efectos oportunos de su debida tramitación y conocimiento, dejando la debida constancia de ello en el expediente de su razón. Contra el presente acuerdo no cabe recurso de clase alguna al constituir un acto de trámite inimpugnable, sin perjuicio de los que se puedan interponer contra la resolución definitiva del presente procedimiento administrativo. En Valle Gran Rey. Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 26 Documento firmado electrónicamente al margen. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Borja Barroso Jiménez” Abierto el turno de intervenciones, D. Carlos A. Hernández Chinea, Portavos de IxLG del Grupo Mixto, no tiene nada que manifestar. Por su parte, para D. Walter Martín Cruz, Portavoz del Grupo Político Municipal de ASG, es un hito poder ver que el trabajo del Grupo de Gobierno se está desarrollando y pronto podremos ver un Plan General de Ordenación Urbana. El Ayuntamiento Pleno aprueba la Propuesta de la Alcaldía (obrante en el Expediente nº 2245/2025), con el resultado de 6 votos a favor (del Grupo Político Municipal de ASG), 0 votos en contra y 2 abstenciones (del Grupo Mixto, de IxLG), acordando, en consecuencia: PRIMERO.- Dar cuenta y toma de conocimiento al Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey del Borrador –con todos sus documentos integrantes– y del Documento Inicial Estratégico del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey redactados por la entidad pública GESPLAN, S.A. SEGUNDO.- Aprobar la solicitud al Órgano Ambiental de la Comunidad Autónoma de Canarias (Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental o denominación que tuviere, en su caso), el inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria relativa a los trámites de redacción del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, debiéndose proceder a la debida tramitación prevista en la normativa vigente. TERCERO.- Aprobar el traslado al Órgano Ambiental de la Comunidad Autónoma de Canarias (Órgano Colegiado de Evaluación Ambiental o denominación que tuviere, en su caso) –a los efectos de materializar el trámite referido en el punto anterior–, del Borrador –con todos sus documentos integrantes– y del Documento Inicial Estratégico del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, que han sido elaborados por la entidad pública GESPLAN, S.A. –con fecha de suscripción de 21/11/2025–. En este sentido, los documentos que se entienden anexos al presente Acuerdo, se remitirán al referido Órgano de Evaluación Ambiental con la correspondiente Diligencia de la Secretaría General de la Corporación. CUARTO.- Habilitar al Sr. Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para la realización en representación de esta Corporación de cualquier acto o trámite que fuera preciso para el desarrollo y consecución del presente Acuerdo. QUINTO.- Comunicar el presente acuerdo a la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera y a la entidad pública GESPLÁN, S.A. mediante certificado de la Secretaría General de la Corporación, a los efectos oportunos de su debida tramitación y conocimiento, dejando la debida constancia de ello en el expediente de su razón. Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 26 Contra el presente acuerdo no cabe recurso de clase alguna al constituir un acto de trámite inimpugnable, sin perjuicio de los que se puedan interponer contra la resolución definitiva del presente procedimiento administrativo. CUARTO. Asunto de Urgencia. Expediente número 1333/2025. Acuerdo que proceda sobre la PROPUESTA DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN SOBRE ACUERDO COMPLEMENTARIO DE CESIÓN DE PARCELA. Fundamentada por el Sr. Alcalde la urgencia de este punto en la necesidad dar respuesta en plazo al requerimiento efectuado por la Comunidad Autónoma de Canarias, y sometida a votación, resulta aprobada con el resultado de 6 votos a favor (del Grupo Político de ASG), 0 votos en contra y 2 abstenciones (de IxLG del Grupo Mixto) Entrando en el fondo del asunto, refiere el Sr. Alcalde que en noviembre se tomó acuerdo sobre la cesión al Servicios Canario de Salud de la parcela en cuestión; confiriéndose traslado del correspondiente acuerdo. En noviembre pasado se nos requirió que se certificase que la cesión se hace en favor de la Comunidad Autónoma de Canarias, y no hay duda de que se trata del Gobierno. Pero no tiene inconveniente en complementar el acuerdo. Entiende que son cuestiones formales que se pueden salvar de forma rápida para atender el requerimiento. Dada cuenta de la PROPUESTA DE LA ALCALDÍA, que dice: “ PROPUESTA DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA AL PLENO DE LA CORPORACIÓN SOBRE ACUERDO COMPLEMENTARIO DE CESIÓN DE PARCELA En relación con al expediente administrativo para la cesión gratuita del bien patrimonial al Gobierno de Canarias de la parcela con referencia catastral 1005705BS7110N0001BJ (Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera en Tomo 136 Libro 9 Finca N.º 971), sito en Calle La Alameda, Las Orijamas, T.M. de Valle Gran Rey, al objeto de redactar y ejecutar el Proyecto de Ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey, ante la obsolescencia estructural del actual Centro Sanitario. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- Teniendo en cuenta que el Servicio Canario de la Salud del Gobierno de Canarias solicitó la colaboración del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, mediante la implementación de los trámites administrativos necesarios para la disposición de una Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 26 parcela ubicada en ese municipio susceptible de albergar la posible ejecución de la actuación mencionada, lo que a buen seguro permitirá mejorar el Servicio Sanitario Municipal con capacidad para la demanda actual y futura a corto y medio plazo. Teniendo en cuenta la necesidad de ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey, con la finalidad de disponer de un Centro que cumpla con las garantías y servicios a los ciudadanos de Valle Gran Rey en función de la demanda de este servicio según los datos representativos de la isla y del municipio en general sobre la atención prestada, la implementación de nuevos servicios sanitarios y los estudios demográficos de la población. Teniendo en cuenta que actualmente el bien objeto de cesión se encuentra en desuso y considerando adecuada la cesión al Servicio Canario de la Salud del Gobierno de Canarias de la parcela con referencia catastral 1005705BS7110N0001BJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera en Tomo 136 Libro 9 Finca N.º 971, sito en Calle La Alameda, Las Orijamas, T.M. de Valle Gran Rey, al objeto de redactar y ejecutar el Proyecto de Ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey, ante la obsolescencia estructural del actual Centro Sanitario. Considerando que el artículo 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias, requiere para la cesión de bienes inmuebles patrimoniales, entre otros requisitos, el previo sometimiento del expediente administrativo a información pública por plazo mínimo de 20 días hábiles, y vistos los informes municipales que se han emitido. SEGUNDO.- A la vista de los siguientes antecedentes: Documento Fecha/N.º Observaciones Solicitud del SCS 14/02/2024 Memoria Justificativa 05/05/2025 Providencia de Alcaldía 05/05/2025 Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 26 Informe de Secretaría 21/07/2025 Certificado del Registro de la Propiedad 22/07/2025 Informe Técnico 02/07/2025 Informe Intervención no deuda 03/07/2025 Propuesta al Pleno 22/07/2025 Dictamen de la Comisión Informativa 22/07/2025 Certificado Acuerdo del Pleno 23/07/2025 Anuncio de Información Pública 01/08/2025 B.O.P. N.º 92 y Sede Elec. Certificado de Secretaría de no Alegaciones 22/10/2025 Propuesta de Alcaldía-Presidencia al Pleno 06/11/2025 Acuerdo en Pleno Ordinario 20/11/2025 Certificado de Secretaría sobre Acuerdo del Pleno 26/11/2025 TERCERO.- Vista, la comunicación de requerimiento de documentación presentada por la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia del Gobierno de Canarias de fecha 11/12/2025 (R.E. N.º 2025-E-RC-4643), por el que en relación al expediente tramitado para la cesión gratuita al Servicio Canario de Salud, del bien inmueble patrimonial cuyo destino será la construcción y ampliación del centro de salud del Municipio, solicita la remisión del correspondiente expediente administrativo relativo a la cesión descrita, en el que deben constar los documentos que, a continuación, se relacionan: “(...) d) Certificación por quien ostente la Secretaría de la Corporación donde se especifique que el acuerdo plenario de aprobación definitiva de la cesión gratuita adoptado con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, se hace a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias, y no al Servicio Canario de Salud. Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 26 Así mismo, se detecta un error en el acuerdo plenario, anterior a los antecedentes de hecho, al referirse a la apertura del trámite de información pública referido al expediente 640/2023 de cesión al Excmo. Cabildo Insular de La Gomera, en lugar al expediente 1333/2025 de cesión gratuita a la Comunidad Autónoma de Canarias.” CUARTO.- Considerando, que conforme consta en la Certificación del Acuerdo Plenario de fecha 26/11/2025 emitida por la Secretaría Acctal. de la Corporación, se dispone expresamente: “Que, en sesión ordinaria del Ayuntamiento Pleno, de fecha de 20/11/2025, se adoptó, entre otros, acuerdo del siguiente tenor literal: CUARTO. Expediente nº 1333/2025. Acuerdo que proceda sobre PROPUESTA DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA AL PLENO MUNICIPAL REFERENTE A LA CESIÓN AL SERVICIO CANARIO DE LA SALUD, DEPENDIENTE DE LA CONSEJERÍA DE SANIDAD DEL GOBIERNO DE CANARIAS, DE BIEN INMUEBLE PATRIMONIAL PROPIEDAD DE ESTE AYUNTAMIENTO Y CUYO DESTINO SERÁ LA CONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DEL CENTRO DE SALUD DE VALLE GRAN REY. (...) Sometido el expediente a votación, el Pleno lo aprueba, por unanimidad de los miembros presente, que constituye la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación Local, con el resultado de 10 votos a favor (6 del Grupo de ASG, 2 del Grupo de CC y 2 del Grupo Mixto de IxLG); acordando, en consecuencia: PRIMERO.- Ceder al Servicio Canario de la Salud dependiente de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias el siguiente bien inmueble patrimonial propiedad de este Ayuntamiento y cuyo destino será la construcción y ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey: (…).” Al respecto, a pesar que el Acuerdo Plenario hace expresa referencia a la cesión del referido bien inmueble a favor del Gobierno de Canarias, al objeto de atender de manera estricta el requerimiento realizado por la Viceconsejería de Administraciones y Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 21 de 26 Transparencia del Gobierno de Canarias, se propone complementar el Acuerdo Plenario, acordando que la cesión adoptada a favor del Servicio Canario de la Salud dependiente de la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, se entienda concedida expresamente a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias. LEGISLACIÓN APLICABLE La Legislación aplicable al asunto es la siguiente: — Los artículos 6 y 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. — Los artículos 109 a 111 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio. — Los artículos 32.1 y 4 y 36.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas. — El artículo 79.2 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. Vistos los antecedentes expuestos, especialmente, lo mencionado en el apartado d) de la comunicación de requerimiento de subsanación realizada por la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia del Gobierno de Canarias de fecha 11/12/2025, al objeto de la debida materialización de lo acordado por el Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey en la sesión ordinaria celebrada con fecha 20/11/2025, se considera necesario someter nuevamente a la consideración y, en su caso, aprobación del Pleno Corporativo de un acuerdo, esta vez complementario, a lo dispuesto en la Propuesta de la Alcaldía-Presidencia al Pleno de fecha 06/11/2025 –y que fue aprobada por la unanimidad y mayoría absoluta de los miembros corporativos presentes en el citado Pleno de la Corporación de fecha 20/11/2025–, y que asimismo, también requerirá su aprobación con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros del Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.1.d) del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 22 de 26 para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el Sr. Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey que suscribe eleva al Pleno de la Corporación para su debate y votación la siguiente PROPUESTA DE ACUERDO: PRIMERO.- Rectificar por un error material lo dispuesto en la parte expositiva de la Propuesta de la Alcaldía-Presidencia al Pleno de fecha 06/11/2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estableciendo ex novo en su sustitución el tenor literal siguiente: “En relación con el expediente relativo a la cesión gratuita del bien patrimonial, toda vez finalizado el plazo de información pública en cumplimiento del artículo 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias, requiere para la cesión de bienes inmuebles patrimoniales, entre otros requisitos, el previo sometimiento del expediente administrativo a información pública por plazo mínimo de 20 días hábiles, y vistos los informes municipales que se han emitido y el correspondiente acuerdo plenario de fecha 24 de julio de 2025, se procedió a la apertura del trámite de información pública por un plazo de veinte (20) días hábiles (publicación en B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 92 de 01/08/2025) entre el 04/08/2025 y el 02/09/2025, del expediente 1333/2025 de Cesión al Servicio Canario de la Salud-Gobierno de Canarias del terreno integrante de la parcela con referencia catastral 1005705BS7110N0001BJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera, Finca N.º 971, sito en calle La Alameda- Las Orijamas, t.m. de Valle Gran Rey, para la redacción y ejecución de la ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey. A los efectos de que cualquier interesado pueda formular alegaciones o sugerencias ante la pretendida cesión.” SEGUNDO.- Complementar el Acuerdo adoptado por el Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey reunido en sesión ordinaria celebrada el 20/11/2025, Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 23 de 26 acordando que la cesión del bien inmueble patrimonial propiedad de esta Corporación – que se especifica a continuación– para la ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey, sea concedida expresamente a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias. Titularidad Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey Localización C/ Carrero Blanco, 77. Actualmente C/ La Alameda 6-8 (Las Orijamas) C.P. 38870 - Valle Gran Rey Referencia Catastral 1005705BS7110N0001BJ Inscripción Registral Nº: 971 CRU: 38018000164380 Superficie 875 m² Clase Suelo Urbano Uso Uso Sanitario y beneficencia. Destino del bien: Construcción/Ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey TERCERO.- Mantener el resto de lo dispuesto en el Acuerdo adoptado por el Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey reunido en sesión ordinaria celebrada el 20/11/2025, sobre la cesión del bien inmueble patrimonial propiedad de esta Corporación para la ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey. CUARTO.- Comunicar el presente acuerdo a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia del Gobierno de Canarias, dejando debida constancia de todo ello en el expediente de su razón. En Valle Gran Rey. Documento firmado electrónicamente al margen. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Borja Barroso Jiménez” No hay manifestaciones de los Grupos Políticos. Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 26 Sometido el expediente a votación: El Ayuntamiento Pleno aprueba por unanimidad de los miembros presentes, que constituye la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación Local, con el resultado de 8 votos a favor (6 del Grupo de ASG, y 2 del Grupo Mixto de IxLG) la Propuesta de la Alcaldía (obrante en el Expediente nº 1333/2025), acordando, en consecuencia: PRIMERO.- Rectificar por un error material lo dispuesto en la parte expositiva de la Propuesta de la Alcaldía-Presidencia al Pleno de fecha 06/11/2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estableciendo ex novo en su sustitución el tenor literal siguiente: “En relación con el expediente relativo a la cesión gratuita del bien patrimonial, toda vez finalizado el plazo de información pública en cumplimiento del artículo 7 del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias, requiere para la cesión de bienes inmuebles patrimoniales, entre otros requisitos, el previo sometimiento del expediente administrativo a información pública por plazo mínimo de 20 días hábiles, y vistos los informes municipales que se han emitido y el correspondiente acuerdo plenario de fecha 24 de julio de 2025, se procedió a la apertura del trámite de información pública por un plazo de veinte (20) días hábiles (publicación en B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 92 de 01/08/2025) entre el 04/08/2025 y el 02/09/2025, del expediente 1333/2025 de Cesión al Servicio Canario de la Salud-Gobierno de Canarias del terreno integrante de la parcela con referencia catastral 1005705BS7110N0001BJ, inscrito en el Registro de la Propiedad de San Sebastián de La Gomera, Finca N.º 971, sito en calle La Alameda- Las Orijamas, t.m. de Valle Gran Rey, para la redacción y ejecución de la ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey. A los efectos de que cualquier interesado pueda formular alegaciones o sugerencias ante la pretendida cesión.” SEGUNDO.- Complementar el Acuerdo adoptado por el Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey reunido en sesión ordinaria celebrada el 20/11/2025, acordando que la cesión del bien inmueble patrimonial propiedad de esta Corporación – Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 25 de 26 que se especifica a continuación– para la ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey, sea concedida expresamente a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias. Titularidad Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey Localización C/ Carrero Blanco, 77. Actualmente C/ La Alameda 6-8 (Las Orijamas) C.P. 38870 - Valle Gran Rey Referencia Catastral 1005705BS7110N0001BJ Inscripción Registral Nº: 971 CRU: 38018000164380 Superficie 875 m² Clase Suelo Urbano Uso Uso Sanitario y beneficencia. Destino del bien: Construcción/Ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey TERCERO.- Mantener el resto de lo dispuesto en el Acuerdo adoptado por el Pleno Corporativo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey reunido en sesión ordinaria celebrada el 20/11/2025, sobre la cesión del bien inmueble patrimonial propiedad de esta Corporación para la ampliación del Centro de Salud de Valle Gran Rey. CUARTO.- Comunicar el presente acuerdo a favor de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Viceconsejería de Administraciones y Transparencia del Gobierno de Canarias, dejando debida constancia de todo ello en el expediente de su razón. No habiendo más asuntos que tratar y cumpliendo el objeto del acto, el AlcaldePresidente levanta la Sesión siendo las 9:56 horas, de lo cual, como Secretaria Interventora Accdtal, doy fe. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 92TGN2WQJA2SN26D3E74R2AQM Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 26 de 26