Ayuntamiento de Valle Gran Rey PLAN ESTATÉGICO DE SUBVENCIONES 2021 Sy Presupuesto General 2021 A [E] Men 1 pr N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 *o Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 EE Ol: ET Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 137/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey PLAN ESTATÉGICO DE SUBVENCIONES 2021 DEL AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY. ANEXO.- LINEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN: Líneas estratégicas, objetivos específicos, programas y ayudas. 1. INTRODUCCIÓN Consideraciones previas. Las Administraciones Públicas que prevean el establecimiento de subvenciones están obligadas, en aplicación de lo establecido por el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la elaboración previa de un Plan Estratégico de Subvenciones, donde se definan los objetivos, plazos para su consecución, costes previsibles y fuentes de financiación. El Plan Estratégico de Subvenciones, como así describe el Reglamento General de la Ley de Subvenciones, se concibe como un instrumento necesario para conectar la política de asignación presupuestaria a los rendimientos y objetivos alcanzados en cada política pública gestionada a través de las subvenciones, orientando los procesos de distribución de recursos en función del índice de logro de fines de las políticas públicas. En cumplimiento con dicha ley, la elaboración de un Plan Estratégico de Subvenciones nos va a ofrecer una triple visión general: Cuáles son los objetivos y las metas que se pretenden alcanzar en orden a dar respuesta a necesidades públicas. Los costes previstos y la financiación de dichos planes de actuación. Previsión de los efectos que se pretenden conseguir. En una misma línea, debe ser tenido en cuenta el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, capítulo Il, sección 12 sobre planes estratégicos de subvenciones, artículos 10 al 15, ambos incluidos, los cuales regulan la realización de los planes estratégicos en la Administración General. No existe por tanto una normativa específica aplicable a las Entidades Locales, si bien la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 4, otorga potestad de planificación y elaboración a las entidades para el desarrollo de los planes de subvención. Este deberá ser confeccionado con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subvenciones y, todas las propuestas que deseen plantearse, deberán quedar recogidas en el plan de Subvenciones Municipal de interés general y social. Por otra parte, se tendrá en cuenta de forma especial la Ordenanza General reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento de Valle Gran Rey, la cual deberá establecer las bases reguladoras para la entrega de subvenciones del ayuntamiento para las finalidades: culturales, Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 138/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey musicales, deportivas, docentes, juveniles, de tercera edad, social, sanidad y consumo, medio ambiente y participación ciudadana, entre otras. 1.2 Naturaleza jurídica. El Plan Estratégico de Subvenciones se configura como un instrumento de gestión de carácter programático, de panificación y carente de carácter normativo. Su contenido no crea derechos ni obligaciones para la administración y tampoco supone una incidencia directa en la esfera de los particulares. Este Plan establece una línea de actuación la cual condiciona su efectividad a la aprobación de las bases de este, de las convocatorias de las diferentes líneas de subvención y de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio que se desarrolle. 1.3 Competencia El órgano competente para la aprobación del presente Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2021, es el Gobierno de Valle Gran Rey y, en este caso, el Pleno de la Corporación Local, ejerciendo su función como instrumento de planificación estratégica de la actividad a subvencionar o de fomento y de gestión económica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123.1.d de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local. En correspondencia, encontramos la legislación autonómica a los efectos, que establece que el Pleno Municipal ejercerá las competencias que le atribuyan la legislación básica de régimen local, la sectorial estatal y la autonómica canaria. Referencias similares analizadas en otros Ayuntamientos permiten señalar como norma general que los Planes Estratégicos son aprobados bien por los Gobiernos, bien por los propios Departamentos, Consejerías o Áreas cuando estos Planes Estratégicos son específicos de un determinado sector o líneas de subvención. 2. ÁMBITO SUBJETIVO El presente Plan Estratégico de Subvenciones 2021, incluye las subvenciones concedidas directamente por el Ayuntamiento de Valle Gran Rey a través de las propuestas de sus diversas Áreas de Gobierno —concejalías delegadas-, que se aprobaran por resolución de la Alcaldía- Presidencia. 2.1 Las subvenciones municipales en la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Valle Gran Rey. El Ayuntamiento de Valle Gran Rey cuenta con un sistema de administración electrónica que trata de lograr una mayor simplificación de los procesos administrativos dentro del propio ayuntamiento. A través de esta los ciudadanos pueden acceder a la información y a los servicios de la entidad local los 365 días del año. Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 139/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey En el caso de las ayudas y subvenciones, aún no ha sido abordado su desarrollo telemático, debiendo realizarse los tramites presencialmente. El trámite de solicitud de subvenciones quedará recogido su procedimiento en las Bases de Ejecución del Presupuesto “Las subvenciones podrán concederse de forma directa o mediante procedimiento en régimen de concurrencia competitiva. El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una relación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios”. O en la correspondiente Ordenanza General reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento. 3. ÁMBITO TEMPORAL El ámbito temporal del presente Plan de Subvenciones se propone para el ejercicio, en correspondencia presupuestaria, del periodo de enero a diciembre de 2021. 4. ASPECTOS ESTRATÉGICOS DEL PLAN 4.1 Misión. La actividad subvencional del Ayuntamiento de Valle Gran Rey tiene como objetivo fundamental garantizar la igualdad de oportunidades, promoviendo a través de ayudas económicas la inclusión social de aquellos individuos que tengan dificultades de adaptación y/o de aquellos que puedan encontrase en una situación de vulnerabilidad. Además, trata de impulsar el bienestar social de la comunidad donde opera, promoviendo aquellos sectores de interés socio-cultural del municipio. 4.2 Principios generales El marco normativo, en materia de subvenciones, establece unos principios generales que delimitaran y controlaran la gestión municipal de las subvenciones. Se trata de elementos fundamentales a tener en cuenta a la hora de elaborar en el plan estratégico de subvenciones: o Publicidad y concurrencia, mediante una convocatoria previa en la cual debe garantizarse la concurrencia e igualdad en la distribución de los fondos públicos. La concesión directa, por su parte, debe será tratada con carácter especial y previo ya que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con las debidas disponibilidades presupuestarias. o Objetividad en el proceso de asignación de fondos públicos. o Igualdad y no discriminación, entre la ciudadanía, distintos sectores y entre los colectivos. Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 140/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey Transparencia en el proceso de asignación de recursos públicos, tanto en el proceso de concesión, como en la publicación de los resultados. Eficacia en el cumplimiento de los objetivos, con el establecimiento de un proceso de seguimiento y control de las subvenciones concedidas. Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, con la valoración de las subvenciones y la asignación a los proyectos más eficientes. Todos esos principios son aplicables al conjunto de las Líneas y Programas de subvención del ayuntamiento. Principio de estabilidad y de la regla de gasto: la concesión de subvenciones se ajustará al principio de estabilidad presupuestaria y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). 4.3 Objetivos generales Son Objetivos generales del presente Plan estratégico y de las diferentes líneas de ayudas y subvenciones del Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el ejercicio 2021, los siguientes: Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, que obliga a los Ayuntamientos a que, previamente a la concesión de subvenciones, se proceda a aprobar su correspondiente Plan Estratégico, en el marco de desarrollo —disposiciones comunes- del Reglamento de articulación de la misma Ley de Subvenciones, así como, en correspondencia de lo preceptuado en su caso, por la Ordenanza Reguladora de Subvenciones para las finalidades culturales, musicales, deportivas, docentes, juveniles, de tercera edad, sociales, sanidad y consumo, medio ambiente y participación ciudadana del Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Establecer y normalizar, para el conjunto de las diversas líneas y programas de ayuda y subvenciones del Ayuntamiento, un conjunto de principios y bases de ejecución comunes a las mismas. Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones con la valoración de los aspectos de transversalidad, eficacia y eficiencia en la gestión de las diferentes líneas de ayudas. Impulsar la simplificación administrativa y la transparencia, con la puesta en marcha de una Base de datos municipal de subvenciones, que recoja todas las ayudas concedidas, por los distintos órganos municipales, posibilitando asimismo la posterior incorporación de su tramitación electrónica. Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 141/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey Líneas estratégicas de Actuación 2021 Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan de Subvención Municipal de Interés General y Social, en el que se integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento son las siguientes: Cultura: teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, encuentros y otras actividades. Música: espectáculos de los diversos estilos musicales y, preferentemente, los programas de formación práctica musical. Acción Social. Gastos derivados de asistencia social primaria: promoción de la igualdad, de género; promoción y reinserción social, así como todo lo relacionado con la gestión de los servicios sociales. Deportes: gastos derivados de participación en competiciones oficiales, gozando de especial protección el deporte de la infancia y juventud; también podrán ser objeto de subvención los eventos deportivos especiales, y a entidades deportivas debidamente constituidas en el municipio. Educación: serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades relacionadas con la formación. Juventud: fomento e implantación del asociacionismo. Tercera edad: actividades de fomento e implantación del asociacionismo en el sector. Turismo social: aquellas excursiones con un marcado objeto cultural. Sanidad y consumo: actividades de formación en este sector. Medio ambiente: cursos y actividades de sensibilización con el medio ambiente. Participación ciudadana: con destino a subvencionar a las Entidades ciudadanas y a las Asociaciones de Vecinos. En ningún caso serán subvencionables los programas, actividades, o adquisición de material para los que se hayan convocado Planes a nivel provincial o regional, siempre que estén abiertos a los peticionarios a que se refiere la base siguiente, salvo que, realizada la oportuna solicitud en tiempo y forma, su inclusión en ellos haya sido denegada. Las cuantías previstas para cada una de las Líneas en el ejercicio 2021 son las recogidas en el Presupuesto anual del Ayuntamiento, que se aprobará junto al presente en su correspondiente Sesión Plenaria y a los efectos propuestos, y cuya cuantía total asciende, en el año 2021, a la cantidad de CIENTO VEINTIÚN MIL CINCUENTA Y DOS EUROS CON CINCUENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (121.052,54.-€), para subvenciones nominativas según el desglose del Anexo | y CIENTO SESENTA MIL EUROS (160.000,00.-€), para subvenciones en régimen por concurrencia competitiva, según el desglose del Anexo ll. La vigencia de estas líneas específicas de actuación para el ejercicio 2021, quedarán condicionadas y limitadas a la aprobación de estas en el correspondiente presupuesto anual y a sus consignaciones presupuestarias. Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 142/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN De acuerdo con lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto y en su caso en la Ordenanza General de Subvenciones del propio Ayuntamiento, resulta de aplicación directa a todas las subvenciones concedidas los principios recogidos en la misma —los siguientes procedimientos de concesión de las subvenciones y ayudas— estableciendo como tipos de subvenciones: Subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva (concurso). Subvenciones nominativas previstas en el presupuesto (subvención directa). Subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, económico y/o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública y no se encuentren nominadas (subvención directa). Subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía sean impuestas al Ayuntamiento de Valle Gran Rey por una norma de rango legal. Con carácter general, las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva (concurso); Además de eso, podrán concederse mediante ayuda directa, aquellas subvenciones que figuren como nominativas en los presupuestos municipales; a) Para aquellos supuestos en los que de acuerdo con la naturaleza de la subvención, la urgencia o el interés público de la misma, se requiera un tipo de procedimiento de concesión distinto, podrá utilizarse de acuerdo a la legislación vigente, previa la justificación correspondiente. b) En las correspondientes bases de subvención deberá recogerse el procedimiento adecuado a cada una de las líneas de subvención que se regulen. Según Bases de Ejecución del presupuesto, prerrogativa de la Intervención Municipal de Fondos. PLAZOS DE EJECUCIÓN Con carácter general, las subvenciones municipales tendrán un plazo de ejecución anual, siendo el periodo elegible a efectos de justificación el año natural (1 enero a 31 de diciembre). En aquellos supuestos en los que las circunstancias hagan conveniente la fijación de un plazo de ejecución superior al anual o, la modificación del periodo elegible, se deberán recoger en las correspondientes bases de las subvenciones, convenios de colaboración o resolución de concesión que se establezca con la entidad/persona beneficiaria. Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 143/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey FINANCIACIÓN La efectividad de las líneas de ayudas y subvenciones incluidas en el presente plan quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente presupuesto anual. Previo a la concesión de cualquier tipo de subvención se procederá a la tramitación de la autorización del gasto correspondiente. PAGO ANTICIPADO DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS El pago anticipado se encuentra regulado en la Ley General de Subvenciones en la cual establece que podrá levarse a cabo cuando se sucedan las circunstancias previstas en el artículo 34.4 de la misma: “También se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención”. CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES Como hemos establecido al comienzo del presente Plan Estratégico de Subvenciones, la Ley General de Subvenciones establece en su exposición de motivos como objetivos principales el control y el seguimiento de las subvenciones otorgadas a través del presupuesto. Con la finalidad de satisfacer dichos objetivos, el Ayuntamiento de Valle Gran Rey, por desarrollar un plan de seguimiento y control de los propósitos establecidos en este Plan Estratégico de Subvenciones. Dicho plan se realizará de forma anual, en dos aspectos: o Control económico - financiero de las subvenciones concedidas.- que será encomendado a la Intervención General de Fondos del Ayuntamiento de Valle Gran Rey, que se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente. Control y seguimiento del Plan.- que será realizado por la Oficina que se designe, para lo cual por parte de cada uno de las distintas concejalías gestoras de subvenciones, se procederá a remitir en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente, memoria justificativa con las siguientes especificaciones: 1.Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones concedidas, justificadas, las renunciadas y las reintegradas (o en procedimiento de reintegro). 2. El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución. 3. Los costes efectivos en relación a los previsibles, de su plan de acción y de sus indicadores cuantificables. 4. Impacto y efectos sobre la realidad en la que se ha pretendido incidir. 5. Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la aplicación del Plan. 6. Conclusiones o valoración global. 7. Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones. Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 144/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Para el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Valle Gran Rey, periodo 2021, se podrá crear una comisión de seguimiento coordinada por el Concejal de Hacienda. Esta Comisión de Seguimiento sería la encargada de identificar los indicadores correspondientes a cada línea estratégica del Plan y así favorecer el análisis de la sintonía que deba existir entre las líneas de subvención propuestas y los objetivos estratégicos del Plan definidos para cada una de ellas. TÍTULOS COMPETENCIALES Los títulos competenciales que figuran en cada una de las líneas estratégicas, deben entenderse condicionados en todo caso, por la habilitación que de las mismas establezca finalmente el desarrollo reglamentario de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, así como de la legislación autonómica de desarrollo. A tal efecto, habrá de tenerse en cuenta lo establecido en la Ley 7/1985 RBRL, -tras las modificaciones introducidas por la Ley 27/2013 de 27 de diciembre de Racionalización y Sostenibilidad Local- cuyo artículo 7 establece: Las competencias de las Entidades Locales son propias o atribuidas por delegación. Las competencias propias de las Islas y demás Entidades Locales territoriales solo podrán ser determinadas por Ley y se ejercen en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad, atendiendo siempre a la debida coordinación en su programación y ejecución con las demás Administraciones Públicas. El Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, podrán delegar en las Entidades Locales el ejercicio de sus competencias, con sujeción a las reglas establecidas en el artículo 27, y preverán técnicas de dirección y control de oportunidad y eficiencia. 4 Las Entidades Locales solo podrán ejercer competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, de acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. En todo caso, el ejercicio de estas competencias deberá realizarse en los términos previstos en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas. Y, el artículo 25, el cual proporciona un listado con las materias objeto de gestión por parte del Municipio que promuevan la prestación de servicios públicos y la realización de actividades que satisfagan las necesidades y las solicitudes de la comunidad vecinal. El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 145/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación. b) Medio ambiento urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas. c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales. d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad. e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social. f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios. g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano. h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local. ¡) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante. j) Protección de la salubridad pública. k) Cementerios y actividades funerarias. 1) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre. m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales. n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial. o) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Las competencias municipales en las materias enunciadas en este artículo se determinarán por Ley debiendo evaluar la conveniencia de la implantación de servicios locales conforme a los principios de descentralización, eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera. La Ley a que se refiere el apartado anterior deberá ir acompañada de una memoria económica que refleje el impacto sobre los recursos financieros de las Administraciones Públicas afectadas y el cumplimiento de los principios de estabilidad, sostenibilidad financiera y eficiencia del servicio o la actividad. La Ley debe prever la dotación de los recursos necesarios para asegurar la suficiencia financiera de las Entidades Locales sin que ello pueda conllevar, en ningún caso, un mayor gasto de las Administraciones Públicas. Los proyectos de leyes estatales se acompañarán de un informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el que se acrediten los criterios antes señalados. Legislación estatal y básica que hoy guarda directa relación con la recogida para el ámbito comunitario, Canarias, en su nueva Ley 7/2015, de 1 de abril, Canaria de Municipios Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 146/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey concretamente en el Capítulo Il de Competencias Municipales y sección segunda, en el artículo 10 de propias y artículo 11 de atribuidas, respectivamente. TRANSPARENCIA Todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, en cada una de sus líneas estratégicas, programas de ayuda y convocatorias serán publicadas anualmente en la WEB municipal y Tablón de Anuncios, indicando a entidad receptora, cuantía de la misma, proyecto o acción a la que va destinada. Además, en cumplimiento de la legislación vigente de aplicación, aquellas que por cuestión de su cuantía deban serlo en extracto o completa en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos de conocimiento público. LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN. Como anexo al presente Plan se recogen todas las ayudas municipales, agrupadas en las correspondientes aplicaciones presupuestarias y con la dotación económica inicial prevista para el ejercicio 2021. Presupuesto General 2021 A [E] EN de E: E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 00 Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 a [-p Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 147/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey Documento Firmado Electrónicamente El Alcalde-Presidente ANEXO | (Subvenciones Nominativas) Aplicación CIF. DESCRIPCIÓN Importe Presp. 45100 1700 Q3500326H ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL MEDIO AMBIENTE. AGENCIA DE PROTECCIÓN DEL MEDIO URBANO Y NATURAL 6.552,54 € 47900 4190 638034245 OTRAS ACTUACIONES EN AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. COFRADÍA DE PESCADORES NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN 5.000,00 € 47901 4190 E38084695 OTRAS ACTUACIONES EN AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. COMUNIDAD DE REGANTES DE LA ZONA ALTA Y BAJA DE VGR 5.000,00 € 47902 4190 E38982708 OTRAS ACTUACIONES EN AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. COMUNIDAD DE REGANTES DE LAS VEGAS DE ARURE 2.000,00 € 47903 4190 E38982690 OTRAS ACTUACIONES EN AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. COMUNIDAD DE REGANTES DE LAS HAYAS 2.000,00 € 48000 3110 P3803600) PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA. CONVENIO AYTO. SAN SEBASTIÁN DE LA GOMERA EN BENEFICIO DE PRO-ANIMAL 2.000,00 € 48000 3210 S3511001-D CREACIÓN DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA C.E.I.P. EL RETAMAL 5.000,00 € 48001 3210 S-3511001-D CREACIÓN DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA C.E.O. NEREIDA DIAZ ABREU 5.000,00 € 48002 3210 638372702 CREACIÓN DE CENTROS DOCENTES DE ENSEÑANZA PREESCOLAR Y PRIMARIA. AMPA DEL COLEGIO NEREIDA DIAZ ABREU 2.500,00 € 48900 1350 G38997276 PROTECCIÓN CIVIL. UNIÓN DE RADIOS AFICIONADOS DE LA GOMERA 3.000,00 € 48900 1360 G 76582659 SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS, ASOCIACIÓN DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE VALLE GRAN REY 12.000,00 € 48900 3110 638724035 PROTECCIÓN DE LA SALUBRIDAD PÚBLICA. PRO-ANIMAL GOMERA 5.000,00 € 48900 3340 G38995999 PROMOCIÓN CULTURAL. ASOCIACIÓN MUSICAL N2 SRA DE LOS REYES-LA CALERA 28.000,00 € 48900 3410 638763454 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. CLUB DEPORTIVO LOS SANTOS REYES 12.000,00 € 48900 4411 638316048 TRANSPORTE COLECTIVO URBANO DE VIAJEROS. ASOCIACIÓN DE TAXIS DE VALLE GRAN REY 3.000,00 € 48900 9240 G38986782 PARTICIPACIÓN CIUDADANA. ASOCIACIÓN DE VECINOS EL RAMO DE ARURE 2.000,00 € 48901 3340 G76801711 PROMOCIÓN CULTURAL. ASOCIACIÓN CULTURAL MUSEO ALAMEDA 1.500,00 € 48901 3410 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. UNIÓN DEPORTIVA VALLE GRAN REY 638408803 (NIÑOS) 4.000,00 € 48901 9240 R3800262B PARTICIPACIÓN CIUDADANA. PARROQUIA DE LOS SANTOS REYES (IGLESIA) 2.000,00 € 48902 3340 G38572624 PROMOCIÓN CULTURAL. ASOCIACIÓN FOLKLÓRICA HUPAL 2.000,00 € 48902 3410 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. CLUB DE FÚTBOLISTAS G38713467 VETERANOS”TIKIMIKI" 1.000,00 € 48903 3340 PROMOCIÓN CULTURAL. ASOCIACION DE PENSIONISTAS GRAN REY G38322723 (MAYORES) 3.000,00 € 48903 3410 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. CLUB DEPORTIVO DE BOLA CANARIA 676529114 HAUTACUPERCHE 1.000,00 € 48904 3410 PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DEPORTE. CLUB DEPORTIVO SALTO DEL G76729987 PASTOR TAMONERQUE 1.500,00 € 48900 4330 G76608769 ASOCIACIÓN INSULAR EMPRESARIAL DE LA GOMERA 5.000,00 € Total 121.052,54 € Presupuesto General 2021 [E] Me dE E N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 +0” E Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 EF Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 148/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53 Ayuntamiento de Valle Gran Rey ANEXO ll (Concurrencia competitiva) Aplicación Presp CIF. 48000 2310 ASISTENCIA SOCIAL PRIMARIA. A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 40.000,00 € 48000 3260 SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE EDUCACIÓN. A FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO 24.000,00 € 48900 3200 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN. AYUDAS AL ESTUDIO 36.000,00 € 48900 4300 ADMINISTRACIÓN GENERAL DE COMERCIO, TURISMO Y PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. AYUDA AL EMPRESARIO Y AUTÓNOMO 60.000,00 € Total 160.000,00 € Documento Firmado Electrónicamente El Alcalde-Presidente Sy Presupuesto General 2021 A [E] Men 1 pr N* expediente administrativo: 2021-002091 Código Seguro de Verificación (CSV): CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 *o Comprobación CSV: http://sede.vallegranrey.es//publico/.documento/CE3625BD817D63BFC611B8E319B97D28 EE Ol: ET Fecha de sellado electrónico: 10-06-2021 14:49:10 - 149/208 - Fecha de emisión de esta copia: 19-07-2021 10:28:53