Expediente n.º: 628/2026 Procedimiento: Aprobación de la Liquidación del Presupuesto Asunto: Liquidación del Presupuesto 2025 Fecha de iniciación: 20/04/2026 Documento firmado por: La Secretaria-Interventora accidental INFORME DE INTERVENCIÓN Una vez concluidas las operaciones de regularización y cierre de la Contabilidad Municipal correspondiente al ejercicio 2025, esta Intervención, en virtud de las atribuciones de control citadas y establecidas en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y desarrolladas por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local; y en atención a las facultades recogidas en el artículo 4.1.b).4.º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emito el siguiente INFORME, expresándose en los siguientes términos: LEGISLACIÓN APLICABLE I.- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. II.- Real Decreto 500/1990 de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título sexto de la Ley 39/1988. III.- Orden HAP/1781/2013 de 20 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción del modelo normal de contabilidad local. IV.- Orden HAP/419/2014, de 14 de marzo, por la que se modifica la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. CONTENIDO De conformidad con los artículos 191 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 89 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, el Presupuesto de cada ejercicio se liquidará en cuanto a la recaudación de derechos y al pago de obligaciones el 31 de diciembre del año natural correspondiente, quedando a cargo de la Tesorería Local los ingresos y pagos pendientes, según sus respectivas contracciones. Las entidades locales deberán confeccionar la liquidación de su presupuesto antes del día primero de marzo del ejercicio siguiente. En lo que respecta al contenido, el artículo 93.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, la liquidación del presupuesto pondrá de manifiesto: a. Respecto del presupuesto de gastos, y para cada partida presupuestaria, los créditos iniciales, sus modificaciones y los créditos definitivos, los gastos autorizados y comprometidos, las obligaciones reconocidas, los pagos ordenados y los pagos realizados. b. Respecto del presupuesto de ingresos, y para cada concepto, las previsiones iniciales, sus modificaciones y las previsiones definitivas los derechos reconocidos y anulados, así como los recaudados netos. Cód. Validación: 3ZZP5SKKNQ4XEGNMQKJJQZ4DS Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 7 El apartado segundo establece que: “Como consecuencia de la liquidación del presupuesto deberán determinarse: a) Los derechos pendientes de cobro y las obligaciones pendientes de pago a 31 de diciembre. b) El resultado presupuestario del ejercicio. c) Los remanentes de crédito. d) El remanente de tesorería.” CONCLUSIONES Examinada la liquidación del Presupuesto Municipal de 2025, se ha comprobado que sus cifras arrojan la información exigida por el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, y la ICAL normal, con el siguiente resultado: LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS Presenta la siguiente información, tanto en el ejercicio corriente como en la agrupación contable de ejercicios cerrados: 1º.- Liquidación del Estado de Gastos: a) Créditos totales definitivos: 15.193.321,80 euros, distinguiendo entre:  Créditos iniciales: 9.176.297,69 euros.  Modificaciones: 6.017.024,11 euros. b) Obligaciones reconocidas netas: 7.926.417,40 euros. 2º.- Desarrollo de los pagos presupuestarios, poniendo de manifiesto: a) Las Obligaciones Reconocidas en el Ejercicio: Las obligaciones reconocidas netas durante el ejercicio suponen un importe de 7.926.417,40 euros, lo que representa un incremento del 4,34% sobre las obligaciones liquidadas en el año anterior. Comparativa ORN Capítulos Diferencia % -355.665,94 -10,11% 3.162.573,27 3.075.358,69 3.518.239,21 2.682.810,86 392.547,83 14,63% 16.542,55 7.774,08 8.768,47 112,79% 416.809,50 243.680,19 173.129,31 71,05% 0,00 0,00 0,00 0,00% 1.168.133,39 1.055.164,31 1.078.758,39 10,71% 87.000,00 89.375,00 87.000,00 0,00% 0,00 0,00 0,00 0,00% 0,00 0,00 -7.597.043,65 -100,00% Total 7.926.417,40 7.597.043,65 -6.212.505,59 4,34% b) Saldo de obligaciones pendientes de pago: saldo acreedor de la cuenta 400 “Acreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto corriente” por importe de 2.103,46 euros. Tras el cierre esta cuenta se traspasará en el asiento de apertura a la cuenta 401 “Acreedores por obligaciones reconocidas. Presupuestos cerrados”. c) Pagos realizados: 4.848.955,25 euros, que alcanza un 61,17% de realización respecto de las Obligaciones Reconocidas Netas totales. RESUMEN DE GASTOS Cód. Validación: 3ZZP5SKKNQ4XEGNMQKJJQZ4DS Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 7 CD ORN Pagos % P/ORN Capítul o Créditos iniciales Oblig Ptes Pago 100,00% 3.385.943,14 3.356.595,17 3.987.032,49 4.732.619,25 3.162.573,27 3.075.358,69 0,00 0,00 3.162.573,27 FALSO 0,00% 29.000,00 29.000,00 16.542,55 0,00 16.542,55 100,00% 507.000,00 654.300,00 416.809,50 2.103,46 414.706,04 99,50% 61.096,01 61.096,01 0,00 0,00 0,00 0,00% 1.557.763,55 5.288.157,28 1.168.133,39 0,00 1.168.133,39 100,00% 278.899,82 441.116,77 87.000,00 0,00 87.000,00 0,00% 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00% 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00% Total 9.176.297,69 15.193.321,80 7.926.417,40 2.103,46 4.848.955,25 61,17% Ejecución del Presupuesto de Gastos 2025 6.000.000,00 5.000.000,00 4.000.000,00 CD ORN 3.000.000,00 2.000.000,00 1.000.000,00 0,00 Capítulos LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS 1º.- Liquidación del Estado de Ingresos: a) Previsiones Definitivas: 15.193.321,80 euros, distinguiendo:  Iniciales: 9.176.297,69 euros.  Modificaciones: 6.017.024,11 euros. b) Derechos Reconocidos Netos: 9.949.263,97 euros. Los derechos reconocidos netos durante el ejercicio suponen un importe de 9.949.263,97 euros, lo que representa un decremento del 1,98% sobre los derechos liquidados netos en el año anterior. Comparativa DRN Capítulo DRN 2025 DRN 2024 Diferencia % 1.123.708,54 1.079.323,99 44.384,55 4,11% 21.812,56 27.930,04 -6.117,48 -21,90% 830.926,03 281.945,59 548.980,44 194,71% Cód. Validación: 3ZZP5SKKNQ4XEGNMQKJJQZ4DS Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 7 6.573.580,64 6.500.841,75 72.738,89 1,12% 160.943,09 105.849,51 55.093,58 0,00% 0,00 0,00 0,00 0,00% 1.238.293,11 2.153.990,00 -915.696,89 -42,51% 0,00 0,00 0,00 0,00% 0,00 0,00 0,00 0,00% Total 9.949.263,97 10.149.880,88 -200.616,91 -1,98% 2º.- Gestión de los ingresos: a) Derechos reconocidos: 10.419.748,21 euros.  Derechos anulados: 4.661,33 euros.  Derechos cancelados: 0,00 euros.  Devoluciones de ingresos pagados: 465.822,91 euros. b) Recaudación: En este punto, es preciso destacar que la Recaudación Neta total fue de 9.372.023,02 euros, alcanzando el 94,20% de los derechos liquidados netos. c) Derechos Pendientes de Cobro a fin de ejercicio: 577.240,95 euros. RESUMEN DE INGRESOS Cap. Previsiones Iniciales Previsiones Definitivas DRN Rec Neta Dchos Ptes cobro % recaud. % RN s/ DRN 1.145.380,00 1.145.380,00 1.123.708,54 822.434,84 301.273,70 73,189% 73,189% 52.000,00 52.000,00 21.812,56 21.316,20 496,36 97,724% 97,724% 978.817,62 978.817,62 830.926,03 555.455,14 275.470,89 66,848% 66,848% 6.060.902,16 6.198.650,65 6.573.580,64 6.573.580,64 0,00 100,000% 100,000% 150.308,09 150.308,09 160.943,09 160.943,09 0,00 0,000% 0,000% 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,000% 0,000% 788.889,82 1.536.394,33 1.238.293,11 1.238.293,11 0,00 100,000% 100,000% 0,00 5.131.771,11 0,00 0,00 0,00 0,000% 0,000% 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,000% 0,000% Tota l 9.176.297,69 15.193.321,80 9.949.263,97 9.372.023,02 577.240,95 94,198% 94,198% Cód. Validación: 3ZZP5SKKNQ4XEGNMQKJJQZ4DS Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 7 Ejecución Presupuesto de Ingresos 2025 7.000.000,00 6.000.000,00 5.000.000,00 Previsiones Definitivas 4.000.000,00 DRN 3.000.000,00 Rec Neta 2.000.000,00 1.000.000,00 0,00 9 Tot al Capítulos RESULTADO PRESUPUESTARIO Y REMANENTE DE TESORERÍA De conformidad a la aplicación de la nueva la instrucción del modelo normal de contabilidad local (ICAL), la regulación de las magnitudes de carácter presupuestario contenida en el Capítulo IV del Título II de la Instrucción de contabilidad del modelo normal de contabilidad local de 2004, se traslada a la Tercera Parte “Cuentas Anuales” del Plan de Cuentas anexo a la ICAL del modelo normal de contabilidad local. En concreto, la regulación del Resultado presupuestario se traslada a las normas de elaboración del Estado de Liquidación del Presupuesto y la regulación del Remanente de tesorería al apartado 24.6 de la Memoria: A) El Resultado Presupuestario: se calcula a partir de los datos que figuren en la contabilidad de la entidad antes de realizar las operaciones de cierre del ejercicio, poniendo de manifiesto el resultado obtenido en el ejercicio, por diferencia entre los derechos reconocidos netos y las obligaciones reconocidas netas durante el mismo, que deben ser objeto de ajuste con arreglo a lo que al respecto se establece en la ICAL modelo normal. Resultado Presupuestario antes de ajustes: DRN – ORN: RP sin ajustes = 2.022.846,57 euros = 9.949.263,97 – 7.926.417,40 Ajustes: 228.142,96 euros  Créditos gastados financiados con remanente de tesorería para gastos generales: 610.881,21 euros.  Desviaciones de financiación negativas: 1.429.463,41 euros.  Desviaciones de financiación positivas: 1.812.201,66 euros. RP ajustado: 2.250.989,53 euros, por lo que los derechos reconocidos en el presupuesto han sido suficiente para financiar las obligaciones financiadas con cargo al mismo. B) El Remanente de Tesorería: se obtiene como suma de los fondos líquidos más los derechos pendientes de cobro, deduciendo las obligaciones pendientes de pago y agregando las partidas pendientes de aplicación. Cód. Validación: 3ZZP5SKKNQ4XEGNMQKJJQZ4DS Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 7 Por su parte, el remanente de tesorería disponible para la financiación de gastos generales se determina minorando el remanente de tesorería en el importe de los derechos pendientes de cobro que, en fin, de ejercicio, se consideren de difícil o imposible recaudación y en el exceso de financiación afectada producido, teniendo en cuenta lo siguiente:  El cálculo de los saldos de dudoso cobro se ha realizado con arreglo a lo previsto en la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local. La suma total que sigue este criterio hace un total de 3.190.340,92 euros. Se hace preciso viendo los datos una depuración de derechos reconocidos.  El exceso de financiación afectada está constituido por la suma de las desviaciones de financiación positivas acumuladas a fin de ejercicio. Estas desviaciones se calculan en la forma establecida en la regla 29.5 de la Instrucción del modelo normal de contabilidad local. En la actualidad, tras la desactivación de la cláusula general de salvaguarda del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, a partir del ejercicio 2024 han quedado reactivadas las reglas fiscales, resultando nuevamente de aplicación a las Entidades Locales las disposiciones contenidas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF). En este contexto, las Entidades Locales deben mantener una situación de equilibrio o superávit presupuestario en términos de capacidad de financiación, conforme a los criterios del Sistema Europeo de Cuentas (SEC-2010), así como respetar el límite de crecimiento del gasto computable establecido en la regla de gasto. Asimismo, en relación con el destino del resultado de la liquidación, procede señalar que, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, en el supuesto de que la liquidación presupuestaria arroje superávit, entendido éste como capacidad de financiación en términos del Sistema Europeo de Cuentas (SEC), dicho importe deberá destinarse, con carácter general, a reducir el nivel de endeudamiento neto, con el límite del volumen de endeudamiento existente cuando éste fuera inferior al importe del superávit. Todo ello sin perjuicio de las especialidades o destinos alternativos que, en su caso, pudieran venir establecidos por disposición legal específica de aplicación a las Entidades Locales. DETERMINACIÓN DEL AHORRO BRUTO Y DEL AHORRO NETO De conformidad con lo dispuesto en la Disposición adicional decimocuarta del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, se procede al cálculo del ahorro bruto y del ahorro neto. Del cálculo realizado se obtiene el siguiente resultado: GASTOS 3.162.573,27 3.075.358,69 416.809,50 CAPITULOS I II III IV INGRESOS 1.123.708,54 21.812,56 830.926,03 6.573.580,64 0,00 V 160.943,09 TOTAL 8.710.970,86 6.654.741,46 DRN (1-5) ORN (1,2,4) ATA 8.710.970,86 6.654.741,46 0,00 Cód. Validación: 3ZZP5SKKNQ4XEGNMQKJJQZ4DS Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 7 ORN con RT 1.408.087,33 AHORRO NETO 3.464.316,73 En consecuencia, la Entidad presenta ahorro neto positivo en la liquidación del ejercicio, lo que refleja la existencia de capacidad para atender las obligaciones financieras en los términos previstos en la normativa aplicable. APROBACIÓN DEL PRESENTE EXPEDIENTE Por todo lo expuesto, esta Intervención estima procedente la aprobación del Estado de Liquidación del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2025. Asimismo, se recuerda que el incumplimiento de la obligación de remitir al Ministerio de Hacienda la información relativa a la liquidación del presupuesto dentro del plazo establecido podrá dar lugar a la aplicación de retenciones en el importe de las entregas a cuenta y, en su caso, en los anticipos y liquidaciones definitivas de la participación en los tributos del Estado (PTE) que correspondan a la Entidad Local, a partir del mes de junio del ejercicio siguiente al que corresponda dicha liquidación y hasta que se produzca la remisión de la información, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.1 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. Por último, se hace constar que la competencia para la aprobación de la liquidación del presupuesto corresponde al Sr. Alcalde-Presidente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, debiendo darse cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que se celebre. En consecuencia, el resultado del control permanente previo del expediente es favorable. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Cód. Validación: 3ZZP5SKKNQ4XEGNMQKJJQZ4DS Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 7