ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ DOCUMENTO ADMINISTRATIVO DE FORMALIZACIÓN DEL ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN, FORMULACIÓN Y POSTERIOR TRAMITACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALLE GRAN REY: FASE 1: DOCUMENTO PARA LA CONSULTA PÚBLICA Y DOCUMENTO DE ESTUDIOS PREVIOS (INFORMACIÓN Y DIAGNÓSTICO); Y FASE 2: BORRADOR DEL PLAN Y DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO (DIE) PEREZ HERNANDEZ, MIGUEL ANGEL (1 de 3) Tercero Fecha Firma: 25/11/2024 HASH: 341d7af61ef5248972ff9a72ff456702 En virtud de lo establecido en los artículos 32.6.b) y 63.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante, LCSP.), los abajo firmantes DE UNA PARTE: D. BORJA BARROSO JIMÉNEZ con D.N.I. 43831078R, actuando en calidad de Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey con N.I.F. P3804900C (en adelante, el Ayuntamiento), actuando en virtud de las facultades que le otorgan los artículos 32, 61 y en el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público; el artículo 21.1.f) Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con lo dispuesto en la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, y demás normas concordantes en materia de Régimen Local. Alcalde Presidente Fecha Firma: 25/11/2024 HASH: fa028048ba9e2d075e527f7cdcf84fc1 Y DE OTRA PARTE: D. MIGUEL ÁNGEL PÉREZ HERNÁNDEZ con D.N.I. 43377171E, actuando en calidad de Consejero Delegado de la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. Unipersonal con N.I.F. A38279972 (en adelante GESPLÁN, S.A.), por escritura pública N.º 2523 de 30/11/2023, la cual no ha sido revocada hasta el día de la fecha. BORJA BARROSO JIMENEZ (2 de 3) Reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes, convienen formalizar en el presente documento administrativo el ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN, FORMULACIÓN Y POSTERIOR TRAMITACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALLE GRAN REY: FASE 1: DOCUMENTO PARA LA CONSULTA PÚBLICA Y DOCUMENTO DE ESTUDIOS PREVIOS (INFORMACIÓN Y DIAGNÓSTICO); Y FASE 2: BORRADOR DEL PLAN Y DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO (DIE), cuyos antecedentes administrativos y cláusulas son las siguientes ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Secretaria Interventora Accidental Fecha Firma: 25/11/2024 HASH: 526c0b42a974d83140d7593cb9aaf0aa MARÍA ISABEL PÉREZ GUTIÉRREZ (3 de 3) I.- Considerando, que el único instrumento vigente de planeamiento urbanístico de ámbito municipal que es de aplicación en Valle Gran Rey lo constituyen las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Valle Gran Rey, las cuales se aprobaron definitivamente en 1988 (publicadas B.O.C. N.º 157 del 29/11/1989 y en el B.O.C. N.º 81 del 08/07/1994). En este sentido, a día de hoy las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Valle Gran Rey se han quedado totalmente obsoletas, tanto desde el punto de vista de la realidad fáctica del urbanismo y de las necesidades de 1 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ desarrollo territorial municipal, como por razones jurídicas –propiciando situaciones que generan una grave inseguridad jurídica–, al estar vigentes diferentes instrumentos de ordenación de ámbito supramunicipal y otras normas con rango de Ley y de carácter reglamentario a las que el instrumento de ordenación urbanística municipal vigente no se ha adaptado en lo absoluto. II.- Considerando, que mediante acuerdo del Pleno Corporativo reunido en sesión ordinaria celebrada en segunda convocatoria el día 28/05/2024, se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, siendo el Órgano Promotor y Sustantivo es el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, y el Órgano Ambiental lo será el autonómico. Estableciendo como cronograma estimativo el realizado por la entidad pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental S.A. (GESPLÁN) en la correspondiente Propuesta Técnica y Económica proporcionada, y no estableciendo medida cautelar alguna sobre la suspensión de la tramitación de otros instrumentos de ordenación, ni tampoco sobre la suspensión del otorgamiento de licencias o autorizaciones en materia urbanística. Asimismo, se acordó tramitar la solicitud de la subvención destinada a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias para la redacción del Plan General del Municipio y Planes de Desarrollo, promovida por la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, conforme a lo dispuesto en las Bases publicadas mediante la Orden de 30 de abril de 2024 (extracto B.O.C. N.º 94 de 14 de mayo de 2024); y autorizar expresamente a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación a la preparación de los correspondientes expedientes administrativos para la adecuada consecución de los acuerdos anteriores, y una vez concedida la mencionada subvención por parte de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, en su caso para la fase o año correspondiente, proceder a encomendar la elaboración de los trabajos previstos a la entidad pública GESPLÁN, como medio propio personificado de este Ayuntamiento, facultándose al Sr. Alcalde-Presidente para la formalización de tal encomienda mediante las resoluciones, firmas u otras actuaciones que fueran precisas, dando cuenta de todo ello al Pleno de la Corporación. III.- Considerando, que con fecha 05/08/2024, se emite Providencia por la Alcaldía- Presidencia de la Corporación, mediante la que se dispuso el inicio del correspondiente expediente a fin de proceder a realizar mediante encargo a medio propio personificado de la Corporación, el servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE). IV.- Vista, la correspondiente Memoria Justificativa de fecha 05/08/2024 del mencionado expediente de encargo a MMP. emitida por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, estableciendo la justificación de la necesidad del referido encargo según lo dispuesto en el apartado Tercero del Acuerdo Plenario de fecha 28/05/2024 por el que se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, el cual establece que “El Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey acuerda autorizar expresamente a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación a la preparación de los 2 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ correspondientes expedientes administrativos para la adecuada consecución de los acuerdos anteriores, y una vez concedida la mencionada subvención por parte de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, en su caso para la fase o año correspondiente, proceder a encomendar la elaboración de los trabajos previstos a la entidad pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental S.A. (GESPLÁN), como medio propio personificado de este Ayuntamiento, facultándose al Sr. Alcalde-Presidente para la formalización de tal encomienda mediante las resoluciones, firmas u otras actuaciones que fueran precisas, dando cuenta de todo ello al Pleno de la Corporación.” V.- Considerando, que con fecha 05/08/2024, se emite por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (en adelante, PPTP.) para el encargo a medio propio personificado de la Corporación del el servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), que en todo caso tendrán carácter obligatorio para el MMP., estableciendo como objeto principal el apoyo a la labor del Ayuntamiento en la implementación de todas aquellas prestaciones necesarias para proceder a la elaboración y redacción –a través de un equipo multidisciplinar– de los documentos necesarios para la aprobación del PGO. del municipio de Valle Gran Rey, en las fases anteriormente mencionadas, conforme a las actuaciones de servicio expresamente especificadas en la cláusula 2 del PPTP. Del mismo modo, se establece que el plazo estimado de ejecución del presente encargo será de SIETE (7) MESES, contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca la formalización del presente encargo. En este sentido, la formalización del encargo se deberá realizar en el plazo máximo de DIEZ (10) DÍAS NATURALES siguientes a la notificación de la resolución de aprobación del encargo del referido servicio. VI.- Consta en el referido expediente administrativo, la correspondiente Propuesta Técnica y Económica proporcionada por la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. Unipersonal con N.I.F. A38279972 como Medio Propio Personificado de esta Corporación, siendo su objeto social coincidente con el objeto y la finalidad del presente encargo, que fue solicitada para la adecuada tramitación del referido Acuerdo Plenario de fecha 28/05/2024 por el que se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, cuyo valor económico asciende al importe total de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €) exento de I.G.I.C., y que desglosamos a continuación: • Fase 1: Documento para la consulta pública y Estudios previos (información y diagnóstico): El importe previsto para las actuaciones contempladas en esta fase asciende a la cantidad de 92.855,73 €. • Fa se 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico: El importe previsto para las actuaciones contempladas en esta fase asciende a la cantidad de 98.537,10 €. 3 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ VII.- Visto, que existe crédito adecuado y suficiente para para atender los gastos derivados del presente expediente de encargo, en virtud de la Retención de Crédito de fecha 19/11/2024, con número de operación 20214 emitida por la Intervención de Fondos de la Corporación, bajo la aplicación presupuestaria 151 227 (Urbanismo. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales), cifrada en la cantidad de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €). VIII.- Visto, el contenido del Informe Jurídico con la Diligencia de Fiscalización de fecha 19/11/2024 evacuado por la Secretaria-Interventora Acctal. de esta Corporación, por el que se “(...) concluye que el expediente administrativo para la realización del encargo a medio propio personificado de la Corporación del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE) se estima FAVORABLEMENTE, de conformidad con lo explicitado en el presente informe, pudiendo continuar la tramitación del expediente de aprobación del mismo por el órgano competente.” IX.- Considerando, que la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. Unipersonal con N.I.F. A38279972 adscrita a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, tiene la condición de medio propio personificado conforme al acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias de fecha 01/04/2019 y de sus entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma, conforme el artículo 32.4 de la LCSP., que asimismo lo es del Ayuntamiento de Valle Gran Rey por acuerdo plenario de la Corporación adoptado en sesión ordinaria celebrada el 31/10/2019, teniendo por objeto social distintas funciones y actividades establecidas en el artículo 2 de sus Estatutos, destacando para el encargo concreto la siguiente: “Estudios medioambientales y de fomento de la defensa de la naturaleza, así como gestiones y actuaciones, inclusive de inversión, en el área ecológica y medioambiental, dentro de las que cabe incluir a título meramente enunciativo las relacionadas con la flora, fauna, ecología, hábitats naturales, biodiversidad, ecosistemas, montes, protección del paisaje, espacios naturales protegidos, contaminación ambiental, impacto ambiental, divulgación y difusión de materias medioambientales, tratamiento de los residuos, (…), así como la gestión y/o ejecución de obras medioambientales, redacción de proyectos y direcciones de estas obras”. Asimismo, se establece que el mencionado precio incluye todos los costes necesarios y previstos para la ejecución del referido encargo conforme a la correspondiente Propuesta Técnica y Económica proporcionada a tal efecto, la cual figura adaptada a las Tarifas de GESPLÁN, S.A., aprobadas mediante Orden N.º 153, de 17 de marzo de 2023 del Consejero de Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, por la que se aprueban las Tarifas aplicables a las actuaciones a realizar por la Sociedad Mercantil de Capital Público GESPLÁN, S.A., como Medio Propio Personificado, la cual se adjunta al presente Decreto para su debida constancia y aprobación. 4 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ X.- Considerando, que el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey cumple con los requisitos establecidos en el artículo 32.1 de la LCSP., y en consecuencia, cuenta con la Sociedad Mercantil de Capital Público GESPLÁN, S.A. como Medio Propio Personificado, conforme se recoge en el párrafo segundo del artículo 1 de sus Estatutos siempre que se cumplan los requisitos que establecidos en el artículo 32.2 LCSP. En este sentido: • El Ayuntamiento, como poder adjudicador, ejerce un control conjunto con otros poderes adjudicadores análogos al que ostenta sobre sus propios servicios. • Más del 80% de la actividad que desarrolla GESPLÁN, S.A. le ha sido confiada por Poderes Adjudicadores que la controlan, cumpliéndose dicho porcentaje en los tres ejercicios anteriores. • No existe capital privado en GESPLÁN, S.A. • Que GESPLÁN, S.A., no persigue intereses contrarios a los entes titulares que realicen los encargos, como es el propio Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, conforme se recoge en el párrafo cuarto del articulo 1 de sus Estatutos, y no pudiendo implicar, en ningún caso, atribución de funciones o facultades sujetas a derecho administrativo propias de la Administración. • Que GESPLÁN, S.A. cuenta con medios personales y materiales apropiados para cometer la ejecución del referido encargo. X.- Considerando, que mediante el Decreto N.º 2024-1629 de 19/11/2024 del Sr. Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, se aprobó el expediente administrativo para la ejecución del encargo a Medio Propio Personificado del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), conforme a lo establecido en el artículo 32.4 de la LCSP., e implícitamente aprobar, autorizar y disponer el gasto, a favor de la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. Unipersonal con N.I.F. A38279972 (GESPLÁN, S.A.) como Medio Propio Personificado del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, por importe total de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €) exento de I.G.I.C. (artículo 9 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras), con cargo a la aplicación presupuestaria 151 227. Asimismo, el mencionado Decreto estableció un plazo de ejecución de SIETE (7) MESES, contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca la formalización del encargo, que se realizará mediante el correspondiente documento administrativo de encargo, el cual se deberá rubricar en el plazo máximo de DIEZ (10) DÍAS NATURALES siguientes a la notificación del presente Decreto de aprobación del encargo, que podrá ser prorrogado a solicitud del poder adjudicador o del Medio Propio Personificado por razones debidamente justificadas, debiendo proceder a su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.6.b) de la LCSP. 5 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ CLÁUSULAS DEL ENCARGO PRIMERA.- Objeto y finalidad del encargo: En el presente encargo a MMP. del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), GESPLÁN, S.A. se compromete con estricta sujeción a las condiciones generales dispuestas tanto en la Memoria Justificativa, en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el Decreto de aprobación, así como en el presente documento administrativo de formalización del encargo, a realizar el servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), siendo objeto del encargo la implementación de todos los medios humanos y técnicos para proceder a la elaboración y redacción de los documentos necesarios para la aprobación del PGO. del municipio de Valle Gran Rey, a través de un equipo multidisciplinar, que incluirá las prestaciones siguientes: 1. Realización de los documentos para la consulta pública y del documento de Estudios Previos (Información y Diagnóstico) y a partir de la recepción de la cartografía más reciente. 2. Realización del documento del Borrador del Plan y del Documento Inicial Estratégico (DIE). Para la elaboración del Borrador Técnico y Documento Inicial Estratégico será necesaria la recepción del resultado de la consulta pública a través del portal web del Ayuntamiento. 3. En cuanto a los medios ofertados, los trabajos se desarrollarán de modo que se pongan a disposición de manera suficiente aquellos medios necesarios para garantizar el resultado óptimo de los trabajos objeto de este encargo. Las actuaciones objeto del presente encargo las realizará GESPLÁN con sus propios medios humanos y materiales o, si lo estima conveniente, mediante contratación del personal necesario, o incluso con terceros, conforme a lo establecido en la cláusula 5ª del presente PPTP. El importe de las prestaciones parciales que el MMP. puede contratar con terceros no excederá del 50% de la cuantía del encargo, en virtud de lo establecido en el apartado 7.b) del artículo 32 de la LCSP. En este sentido, GESPLÁN deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento los contratos que suscriban con terceros para la ejecución de los trabajos encargados. 4. Coordinación Técnica: Para la planificación y control de las actuaciones objeto del presente encargo, el MMP. Designará de entre su personal a un coordinador/a técnico responsable del encargo. El coordinador/a del encargo estará en contacto directo con el coordinador/a municipal del seguimiento de la ejecución del encargo que designe la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para tal fin. A tal efecto, el MMP. comunicará por escrito, antes del inicio de la ejecución de las actuaciones, el nombramiento 6 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ del mencionado coordinador/a técnico, con el fin de informar del desarrollo de los trabajos, de recibir instrucciones o de solventar dudas o problemas que puedan ser planteadas a lo largo del plazo de ejecución del encargo. 5. Cualquier otra prestación que, estando dentro de la naturaleza y objeto del presente encargo, debidamente justificada así se disponga por el Responsable del Encargo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. SEGUNDA.- El presupuesto y abono del encargo: El importe total del encargo del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), conforme a la Propuesta Técnica y Económica proporcionada por la entidad pública GESPLÁN, asciende al importe total de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €) exento de I.G.I.C. (artículo 9 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras), y que desglosamos a continuación: • Fase 1: Documento para la consulta pública y Estudios previos (información y diagnóstico): El importe previsto para las actuaciones contempladas en esta fase asciende a la cantidad de 92.855,73 €. 7 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ • Fa se 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico: El importe previsto para las actuaciones contempladas en esta fase asciende a la cantidad de 98.537,10 €. El mencionado precio incluye todos los costes necesarios y previstos para la ejecución del encargo conforme al cuadro de precios y tarifas en vigor aprobados por GESPLÁN, S.A., y las contrataciones externas o con medios ajenos a GESPLÁN, S.A., que no podrán sobrepasar el cincuenta por ciento (50%) del total del presupuesto del presente encargo, conforme al artículo 32.7.b) de la LCSP. En este sentido, el abono de la compensación tarifaria el presente encargo se realizará contra factura, certificación o documentos justificativos del gasto expedidos por el Medio Propio Personificado una vez efectuada la prestación de la totalidad y entrega de cada fase objeto del presente encargo por cómputo de horas de servicio prestadas, que a su vez se acompañará de un informe justificativo de las actividades realizadas por el Medio Propio Personificado en el periodo correspondiente y de la relación de gastos efectuados en el mismo, y que deberá obtener el visto bueno del Responsable municipal del Encargo. La factura o certificación que se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, deberá estar conformada favorablemente por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación con carácter previo a su abono. A este respecto, se entenderá por entrega el envío realizado por GESPLÁN, S.A. con la documentación de la fase, y se entenderá por recepción el documento con la validación de la conformidad de la documentación presentada por parte del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, en lo referente a la integridad documental y cumplimiento de las condiciones establecidas en el correspondiente PPTP., sin perjuicio de las correcciones que fueran necesarias introducir tras su análisis. La presentación de facturas electrónicas exigirá que GESPLÁN, S.A. y en su caso, la entidad endosataria de las mismas, esté dada de alta en la base de terceros acreedores del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, siendo necesario para su presentación la identificación de la Oficina Contable, Órgano Gestor y Unidad de Tramitación, conforme al siguiente código DIR: L01380491. 8 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ TERCERA.- Plazo de ejecución, prórroga y modificación del encargo: El plazo de ejecución del presente encargo será de SIETE (7) MESES, contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca la formalización del encargo, que se realizará mediante el correspondiente documento administrativo de encargo, el cual se deberá rubricar en el plazo máximo de DIEZ (10) DÍAS NATURALES siguientes a la notificación del presente Decreto de aprobación del encargo. No obstante, el mismo podrá ser prorrogado a solicitud del poder adjudicador o del Medio Propio Personificado por razones debidamente justificadas y al menos con UN (1) MES de antelación a la finalización del plazo de ejecución del encargo, siempre que exista consignación presupuestaria suficiente para ello en el ejercicio correspondiente y que sus características permanezcan inalteradas. Además de las posibles ampliaciones de plazo y modificaciones extraordinarias no previstas en el encargo, que puedan proceder en forma análoga a la establecida por la normativa sobre contratación del sector público, el encargo podrá modificarse con arreglo a las siguientes condiciones: 1. Podrá modificarse el objeto e incrementarse el presupuesto en la cantidad correspondiente, si concurre alguno de los siguientes supuestos: • Necesidad de realización de nuevas actividades relevantes para la ejecución adecuada de otras ya planificadas o para la consecución de los objetivos de la oficina, o motivadas por situaciones de emergencia o fuerza mayor. • Necesidad de reponer o redimensionar los medios asignados al encargo. 2. Para la modificación del encargo será necesaria una propuesta del coordinador técnico designado por el medio propio personificado de entre su personal, justificando la necesidad de la modificación y su coste económico, que se elevará al órgano competente para su aprobación. 3. El gasto correspondiente a las modificaciones acordadas conforme a lo indicado en los puntos anteriores no podrá superar en cada ejercicio el 50% del presupuesto inicial total del encargo. CUARTA.- GESPLÁN, S.A. presta su conformidad a las prescripciones técnicas recogidas en la Memoria, en el correspondiente PPTP. y en el Decreto de aprobación, documentos que rigen el presente encargo y que se anexan a este documento de formalización como parte integrante del mismo, a los que ambas partes se someten, para cuanto no se encuentre expresamente previsto en el presente documento, a los principios de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por el que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, conforme a su artículo 4. QUINTA.- GESPLÁN, S.A., para la adecuada ejecución del encargo del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios 9 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), deberá disponer de todos los medios personales y materiales específicos y adecuados para la ejecución del presente encargo mediante la intervención de perfiles profesionales especializados y técnicamente habilitados para la ejecución de las actuaciones contenidas en el mismo. En este sentido, en el presente encargo deberá disponer para su adecuada ejecución, al menos, de los siguientes recursos humanos: • En cuanto a los medios personales, el equipo de trabajo de GESPLÁN, S.A. estará formado por un equipo multidisciplinar de especialistas compuesto por diferentes perfiles y titulaciones, de acuerdo a las necesidades derivadas a cada actuación de trabajo. Entre otros podrá contar con los siguientes perfiles, que se concretará por el área de planificación territorial: de Titulación superior: arquitecto/a, con experiencia en urbanismo y ordenación territorial; jurista, con especialización en la rama de urbanismo; economista, con experiencia en urbanismo y ordenación territorial; geógrafo/a o técnico/a ambiental relacionado en ciencias ambientales, biología u otra titulación similar; sociólogo/a o antropólogo/a con experiencia en urbanismo, perspectiva de género y procesos de participación; ingeniero/a agrónomo/a; titulación en Ingeniería Civil. De Titulación Media: ingeniero/a en geomática o topografía, con amplia experiencia en urbanismo y análisis de sistemas de información geográfica; titulación en Ingeniería técnica de obras públicas; ingeniero/a en informática; y jefe administrativo/a. Asimismo, si fuera necesario, el equipo de redacción contará con el apoyo técnico de especialistas externos en materia de Patrimonio Histórico, considerando perfiles como historiador/a o historiador/a del arte. • En cuanto a los medios materiales, GESPLÁN aportará los medios técnicos y materiales necesarios para la ejecución del encargo, así como aquellos medios materiales específicos que puedan ser necesarios. El MMP. deberá disponer de un teléfono y una dirección de correo electrónico de contacto directo, para atender las instrucciones que se puedan emitir por parte del Ayuntamiento. Se establece que GESPLÁN, S.A. queda obligado a aportar todos los medios humanos, materiales y técnicos y la logística necesaria para el desempeño de los trabajos que se especifican en el presente encargo. A todos los efectos, el MMP. ostentará la condición de empresario respecto del personal a su cargo, ejercitando respecto a éste, de forma totalmente autónoma, los poderes de dirección y disciplinarios, quedando obligada a cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos en el trabajo. Se establece expresamente que el encargo no implica la existencia de nexo jurídico laboral alguno entre el personal al servicio del MMP. y el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Además de las actuaciones y tareas específicamente establecidas en el encargo del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), GESPLÁN, S.A. deberá asistir al Ayuntamiento de Valle Gran Rey en la realización de aquellas tareas y trabajos 10 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ acordados que guarden relación directa con el encargo realizado, velando especialmente porque: • La actividad será ejercida por la empresa de forma autónoma. • La empresa encargada realizará la selección del personal que reúna los requisitos de titulación y experiencia exigidos, formando parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del presente encargo. • Disponer de un espacio físico adecuado para su instalación en la isla de La Gomera, así como dotar la misma del mobiliario, útiles necesarios, facilitando así mismo los medios de transporte que permitan la prestación del servicio de manera adecuada. En caso de ser necesaria la presencia en el Municipio –con carácter puntual–, el Ayuntamiento podrá facilitar la cesión de un espacio o ubicación para la adecuada atención a los vecinos y vecinas interesados. • Brindar la debida formación al personal con carácter previo a su incorporación laboral en las materias que indique la coordinación técnica del encargo. • El MMP. velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del presente encargo desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el presente PPTP. • En el caso de que el MMP. incumpla las obligaciones asumidas en relación con su personal, dando lugar a sanción o condena al poder adjudicador, el medio propio deberá indemnizar a este de todos los daños y perjuicios que deriven del incumplimiento y de las actuaciones de su personal. • El coordinador/a técnico que designe el MMP. deberá atenerse a lo señalado por el Responsable municipal del Encargo que nombre el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, actuando en todo momento como interlocutor, distribuyendo y supervisando el trabajo encomendado entre el personal del servicio. En todo caso, el coordinador/a técnico informará puntualmente al Responsable municipal del Encargo de cualquier incidencia o variación, ya sea permanente u ocasional, en la debida actuación o composición del equipo adscrito a la ejecución del presente encargo. SEXTA.- El Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey atendiendo a la naturaleza del referido encargo, ha nombrado como Responsable municipal del Encargo al Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación. En este sentido, el Responsable municipal del Encargo tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones: • Planificación general y coordinación del servicio a prestar. • Dar el visto bueno a los trabajos realizados, según los plazos de ejecución y abono preestablecidos. • Dar órdenes al Coordinador/a Técnico del MMP. para lograr los objetivos del encargo. SÉPTIMA.- Comisión de seguimiento del encargo: Con la finalidad de alcanzar la máxima eficiencia y mejor coordinación en el desarrollo del encargo, se podrá constituir una Comisión de Seguimiento del encargo, integrada por representantes del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey y de GESPLÁN, S.A., conforme a lo dispuesto en la cláusula 6 del correspondiente PPTP. del encargo. 11 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 12 ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY ________________________________________________________________ OCTAVA.- GESPLÁN, S.A. deberá guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del encargo y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. NOVENA.- La formalización del presente encargo podrá ser objeto de interposición de recurso especial en materia de contratación (artículo 44 y ss. de la LCSP.) ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, en plazo de quince (15) días hábiles, a partir del día siguiente a su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público, conforme a lo dispuesto en el artículo 50.1.f) de la LCSP. Y para que conste y surta los efectos oportunos sobre todo lo anteriormente convenido, se firma el presente documento de formalización de encargo, que consta de doce (12) páginas, en Valle Gran Rey a fecha de última firma electrónica. EL ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fdo.: Borja Barroso Jiménez 12 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es EL CONSEJERO DELEGADO DE GESPLÁN, S.A. Fdo.: Miguel Ángel Pérez Hernández Cód. Validación: 73PQ4EFYFHF3HAHDGTSFYNQE6 Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 12