584/2024 Expediente nº: Resolución con número y fecha establecidos al margen Secretaria Interventora Accidental Fecha Firma: 19/11/2024 HASH: 526c0b42a974d83140d7593cb9aaf0aa MARÍA ISABEL PÉREZ GUTIÉRREZ (1 de 2) Encomiendas de Gestión Procedimiento: DECRETO DE ALCALDÍA HECHOS Y FUNDAMENTOS DE DERECHO I.- Considerando, que el único instrumento vigente de planeamiento urbanístico de ámbito municipal que es de aplicación en Valle Gran Rey lo constituyen las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Valle Gran Rey, las cuales se aprobaron definitivamente en 1988 (publicadas B.O.C. N.º 157 del 29/11/1989 y en el B.O.C. N.º 81 del 08/07/1994). En este sentido, a día de hoy las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Valle Gran Rey se han quedado totalmente obsoletas, tanto desde el punto de vista de la realidad fáctica del urbanismo y de las necesidades de desarrollo territorial municipal, como por razones jurídicas –propiciando situaciones que generan una grave inseguridad jurídica–, al estar vigentes diferentes instrumentos de ordenación de ámbito supramunicipal y otras normas con rango de Ley y de carácter reglamentario a las que el instrumento de ordenación urbanística municipal vigente no se ha adaptado en lo absoluto. Alcalde Presidente Fecha Firma: 19/11/2024 HASH: fa028048ba9e2d075e527f7cdcf84fc1 BORJA BARROSO JIMENEZ (2 de 2) II.- Considerando, que mediante acuerdo del Pleno Corporativo reunido en sesión ordinaria celebrada en segunda convocatoria el día 28/05/2024, se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, siendo el Órgano Promotor y Sustantivo es el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, y el Órgano Ambiental lo será el autonómico. Estableciendo como cronograma estimativo el realizado por la entidad pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental S.A. (GESPLÁN) en la correspondiente Propuesta Técnica y Económica proporcionada, y no estableciendo medida cautelar alguna sobre la suspensión de la tramitación de otros instrumentos de ordenación, ni tampoco sobre la suspensión del otorgamiento de licencias o autorizaciones en materia urbanística. Asimismo, se acordó tramitar la solicitud de la subvención destinada a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Canarias para la redacción del Plan General del Municipio y Planes de Desarrollo, promovida por la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, conforme a lo dispuesto en las Bases publicadas mediante la Orden de 30 de abril de 2024 (extracto B.O.C. N.º 94 de 14 de mayo de 2024); y autorizar expresamente a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación a la preparación de los correspondientes expedientes administrativos para la adecuada consecución de los acuerdos anteriores, y una vez concedida la mencionada subvención Ayuntamiento de Valle Gran Rey DECRETO Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 20 DECRETO 1 / 8 por parte de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, en su caso para la fase o año correspondiente, proceder a encomendar la elaboración de los trabajos previstos a la entidad pública GESPLÁN, como medio propio personificado de este Ayuntamiento, facultándose al Sr. Alcalde-Presidente para la formalización de tal encomienda mediante las resoluciones, firmas u otras actuaciones que fueran precisas, dando cuenta de todo ello al Pleno de la Corporación. III.- Considerando, que con fecha 05/08/2024, se emite Providencia por la Alcaldía- Presidencia de la Corporación, mediante la que se dispuso el inicio del correspondiente expediente a fin de proceder a realizar mediante encargo a medio propio personificado de la Corporación, el servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE). IV.- Vista, la correspondiente Memoria Justificativa de fecha 05/08/2024 del mencionado expediente de encargo a MMP. emitida por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, estableciendo la justificación de la necesidad del referido encargo según lo dispuesto en el apartado Tercero del Acuerdo Plenario de fecha 28/05/2024 por el que se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, el cual establece que “El Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey acuerda autorizar expresamente a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación a la preparación de los correspondientes expedientes administrativos para la adecuada consecución de los acuerdos anteriores, y una vez concedida la mencionada subvención por parte de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas del Gobierno de Canarias, en su caso para la fase o año correspondiente, proceder a encomendar la elaboración de los trabajos previstos a la entidad pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental S.A. (GESPLÁN), como medio propio personificado de este Ayuntamiento, facultándose al Sr. Alcalde- Presidente para la formalización de tal encomienda mediante las resoluciones, firmas u otras actuaciones que fueran precisas, dando cuenta de todo ello al Pleno de la Corporación.” V.- Considerando, que con fecha 05/08/2024, se emite por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, el correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (en adelante, PPTP.) para el encargo a medio propio personificado de la Corporación del el servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), que en todo caso tendrán carácter obligatorio para el MMP., estableciendo como objeto principal el apoyo a la labor del Ayuntamiento en la implementación de todas aquellas prestaciones necesarias para proceder a la elaboración y redacción –a través de un equipo multidisciplinar– de los documentos necesarios para la aprobación del PGO. del municipio de Valle Gran Rey, en las fases anteriormente mencionadas, conforme a las actuaciones de servicio expresamente especificadas en la cláusula 2 del PPTP. Del mismo modo, se establece que el plazo estimado de ejecución del Ayuntamiento de Valle Gran Rey Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 20 DECRETO 2 / 8 presente encargo será de SIETE (7) MESES, contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca la formalización del presente encargo. En este sentido, la formalización del encargo se deberá realizar en el plazo máximo de DIEZ (10) DÍAS NATURALES siguientes a la notificación de la resolución de aprobación del encargo del referido servicio. VI.- Consta en el referido expediente administrativo, la correspondiente Propuesta Técnica y Económica proporcionada por la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. Unipersonal con N.I.F. A38279972 como Medio Propio Personificado de esta Corporación, siendo su objeto social coincidente con el objeto y la finalidad del presente encargo, que fue solicitada para la adecuada tramitación del referido Acuerdo Plenario de fecha 28/05/2024 por el que se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, cuyo valor económico asciende al importe total de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON , y que desglosamos a OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €) exento de I.G.I.C. continuación: Fase 1: Documento para la consulta pública y Estudios previos (información y diagnóstico): El importe previsto para las actuaciones contempladas en esta fase asciende a la cantidad de 92.855,73 €. Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico: El importe previsto para las actuaciones contempladas en esta fase asciende a la cantidad de 98.537,10 €. VII.- Visto, que existe crédito adecuado y suficiente para para atender los gastos derivados del presente expediente de encargo, en virtud de la Retención de Crédito de fecha 19/11 /2024, con número de operación 20214 emitida por la Intervención de Fondos de la Corporación, bajo la aplicación presupuestaria 151 227 (Urbanismo. Trabajos realizados por otras empresas y profesionales), cifrada en la cantidad de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €). VIII.- Visto, el contenido del Informe Jurídico con la Diligencia de Fiscalización de fecha 19 /11/2024 evacuado por la Secretaria-Interventora Acctal. de esta Corporación, por el que se “(...) concluye que el expediente administrativo para la realización del encargo a medio propio personificado de la Corporación del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE) se estima FAVORABLEMENTE, de conformidad con lo explicitado en el presente informe, pudiendo continuar la tramitación del expediente de aprobación del mismo por el órgano competente.” FUNDAMENTOS JURÍDICOS: I.- El artículo 25.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, dispone que “El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los Ayuntamiento de Valle Gran Rey Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 20 DECRETO 3 / 8 términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación.” Del mismo modo, el artículo 11.p) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias establece que “(…) Sin perjuicio de lo previsto en la legislación básica, los municipios canarios asumirán, en todo caso, las competencias que les asignen como propias las leyes sectoriales de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre las siguientes materias: (...) p) Urbanismo.” II.- El artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público (LCSP.), el cual en su apartado 1 dispone que “Los poderes adjudicadores podrán organizarse ejecutando de manera directa prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, valiéndose de otra persona jurídica distinta a ellos, ya sea de derecho público o de derecho privado, previo encargo a esta, con sujeción a lo dispuesto en este artículo, siempre y cuando la persona jurídica que utilicen merezca la calificación jurídica de medio propio personificado respecto de ellos de conformidad con lo dispuesto en los tres apartados siguientes, y sin perjuicio de los requisitos establecidos para los medios propios del ámbito estatal en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del .” Así, el encargo no tendrá la consideración jurídica de contrato, por lo que Sector Público queda excluido del ámbito de aplicación de la LCSP. III.- En aplicación de lo dispuesto en el artículo 61 y el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público; el artículo 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con lo establecido respecto a la autorización de gastos por las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Corporación para el presente ejercicio, el órgano competente para la aprobación del presente encargo es la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. IV.- El artículo 32 de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales (en la redacción dada por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018), establece que “los entes, organismos y entidades del sector público autonómico que tengan la consideración de medio propio y servicio técnico respecto de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, están obligados a realizar las actividades de carácter material, técnico o de servicios que les encomienden estas, en el marco de sus respectivas competencias y funciones y en las materias que constituyen el objeto social de los mismos” (apartado 1), que “las entidades locales canarias podrán encomendar a los entes citados en el apartado anterior, siempre y cuando ejerzan sobre los mismos un control conjunto con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, análogo al que ostentarían sobre sus respectivos servicios o unidades, en los términos previstos por la legislación de contratos públicos” (apartado 2) y que “la comunicación del encargo de una actuación específica supondrá, para las entidades encomendadas, la orden para iniciarla, debiendo Ayuntamiento de Valle Gran Rey Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 20 DECRETO 4 / 8 realizar su ejecución a partir de dicha notificación, y en los términos previstos en el correspondiente instrumento jurídico y en el propio encargo” (apartado 5). V.- Considerando, que la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. Unipersonal con N.I.F. A38279972 adscrita a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, tiene la condición de medio propio personificado conforme al acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias de fecha 01/04/2019 y de sus entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma, conforme el artículo 32.4 de la LCSP., que asimismo lo es del Ayuntamiento de Valle Gran Rey por acuerdo plenario de la Corporación adoptado en sesión ordinaria celebrada el 31/10 /2019, teniendo por objeto social distintas funciones y actividades establecidas en el artículo 2 de sus Estatutos, destacando para el encargo concreto la siguiente: “Estudios medioambientales y de fomento de la defensa de la naturaleza, así como gestiones y actuaciones, inclusive de inversión, en el área ecológica y medioambiental, dentro de las que cabe incluir a título meramente enunciativo las relacionadas con la flora, fauna, ecología, hábitats naturales, biodiversidad, ecosistemas, montes, protección del paisaje, espacios naturales protegidos, contaminación ambiental, impacto ambiental, divulgación y difusión de materias medioambientales, tratamiento de los residuos, (…), así como la gestión y/o ejecución de obras medioambientales, redacción de proyectos y direcciones de estas obras”. Por todo ello, habida cuenta de lo anteriormente expuesto, la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, en virtud de las atribuciones que le están reconocidas por la legislación vigente y, concretamente, lo establecido en los artículos 32, 61 y en el apartado 1 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público; en el artículo 21.1.f) Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con lo dispuesto en la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, y demás normas legales de aplicación, DECRETA: RESOLUCIÓN PRIMERO.- Aprobar el expediente administrativo para la ejecución del encargo a Medio Propio Personificado del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y , conforme a lo establecido en el artículo 32.4 de la Documento Inicial Estratégico (DIE) LCSP., e implícitamente aprobar, autorizar y disponer el gasto correspondiente por importe total de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON (artículo 9 de la Ley 20 OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €) exento de I.G.I.C. /1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras), con cargo a la aplicación presupuestaria 151 227. Ayuntamiento de Valle Gran Rey Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 20 DECRETO 5 / 8 SEGUNDO.- Aprobar el encargo a la Sociedad Mercantil de Capital Público Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. Unipersonal con N.I.F. A38279972 como Medio Propio Personificado del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran (GESPLÁN, S.A.) Rey, la ejecución del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: , estableciendo un presupuesto Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE) base que asciende al precio total de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €) exento (artículo 9 de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos de I.G.I.C. fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, y la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras). Asimismo, se establece que el mencionado precio incluye todos los costes necesarios y previstos para la ejecución del referido encargo conforme a la correspondiente Propuesta Técnica y Económica proporcionada a tal efecto, la cual figura adaptada a las Tarifas de GESPLÁN, S.A., aprobadas mediante Orden N.º 153, de 17 de marzo de 2023 del Consejero de Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, por la que se aprueban las Tarifas aplicables a las actuaciones a realizar por la Sociedad Mercantil de Capital Público GESPLÁN, S.A., como Medio Propio Personificado, la cual se adjunta al presente Decreto para su debida constancia y aprobación. TERCERO.- Establecer que el encargo tendrá un plazo de ejecución de , SIETE (7) MESES contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca la formalización del encargo, que se realizará mediante el correspondiente documento administrativo de encargo, el cual se deberá rubricar en el plazo máximo de DIEZ (10) DÍAS NATURALES siguientes a la notificación del presente Decreto de aprobación del encargo. Dicho plazo podrá ser prorrogado a solicitud del poder adjudicador o del Medio Propio Personificado por razones debidamente justificadas. CUARTO.- Disponer que el abono de la compensación tarifaria el presente encargo se realizará contra factura, certificación o documentos justificativos del gasto expedidos por el Medio Propio Personificado una vez efectuada la prestación de la totalidad y entrega de cada fase objeto del presente encargo por cómputo de horas de servicio prestadas, que a su vez se acompañará de un informe justificativo de las actividades realizadas por el Medio Propio Personificado en el periodo correspondiente y de la relación de gastos efectuados en el mismo, y que deberá obtener el visto bueno del Responsable municipal del Encargo. La factura o certificación que se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, deberá estar conformada favorablemente por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación con carácter previo a su abono. A este respecto, se entenderá por entrega el envío realizado por GESPLÁN, S.A. con la documentación de la fase, y se entenderá por recepción el documento con la validación de la conformidad de la documentación Ayuntamiento de Valle Gran Rey Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 20 DECRETO 6 / 8 presentada por parte del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, en lo referente a la integridad documental y cumplimiento de las condiciones establecidas en el correspondiente PPTP., sin perjuicio de las correcciones que fueran necesarias introducir tras su análisis. QUINTO.- Establecer que GESPLAN, S.A. queda obligada al cumplimiento íntegro de las prescripciones dispuestas expresamente en la Memoria Justificativa y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares correspondientes al presente encargo, aportando todos los medios humanos, materiales y técnicos y la logística necesaria para el desempeño de los trabajos que se especifican. A todos los efectos ostentará la condición de empresario respecto del personal a su cargo, ejercitando respecto a éste, de forma totalmente autónoma, los poderes de dirección y disciplinarios, quedando obligada a cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos en el trabajo, no implicando dicho encargo la existencia de nexo jurídico laboral alguno entre el personal al servicio de GESPLAN, S.A. y el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. SEXTO.- Establecer que para la adecuada planificación y control de las actuaciones objeto del presente encargo, GESPLÁN, S.A. designará de entre su personal, una persona como coordinación técnica cuyo nombramiento será comunicado por escrito antes del inicio de la ejecución del encargo, y que será la persona encargado de coordinar las actuaciones a realizar directamente con el Responsable municipal del Encargo en representación del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, que en el presente y atendiendo a la naturaleza del referido encargo, será ejercida por el Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. SÉPTIMO.- Notificar el presente Decreto a GESPLÁN, S.A. a los efectos oportunos, con expresa advertencia de los derechos de recursos que le asisten, dejando debida constancia de todo ello en el expediente de su razón. OCTAVO.- Comunicar el presente Decreto a las Concejalías de Gobierno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, así como a los Servicios Jurídicos y Económicos de la Corporación a los efectos oportunos, procediendo a su publicación en la Plataforma de Contratación del Sector Público de acuerdo con lo establecido en el artículo 32.6.b) de la LCSP., dejando debida constancia de todo ello en el expediente de su razón. NOVENO.- Dar cuenta de lo estipulado en el presente Decreto a Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que se celebre, dejando debida constancia de todo ello en el expediente de su razón. Lo manda y firma electrónicamente al margen el Sr. Alcalde-Presidente, D. Borja Barroso Jiménez, ante mí, la Secretaria-Interventora Acctal., D.ª María Isabel Pérez Gutiérrez, de lo que doy fe. RECURSOS/ALEGACIONES Ayuntamiento de Valle Gran Rey Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 20 DECRETO 7 / 8 Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de S/C de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En Valle Gran Rey, a la fecha de la firma. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de Valle Gran Rey Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 20 DECRETO 8 / 8 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN, FORMULACIÓN Y POSTERIOR TRAMITACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALLE GRAN REY: FASE 1: DOCUMENTO PARA LA CONSULTA PÚBLICA Y DOCUMENTO DE ESTUDIOS PREVIOS (INFORMACIÓN Y DIAGNÓSTICO); Y FASE 2: BORRADOR DEL PLAN Y DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO (DIE) 1 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 12 ÍNDICE 1. OBJETO Y FINALIDAD DEL ENCARGO 2. ACTUACIONES QUE COMPRENDE EL ENCARGO 3. OBJETIVOS Y PLANIFICACIÓN DEL ENCARGO 4. RESPONSABLE MUNICIPAL DEL ENCARGO 5. MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES DEL MEDIO PROPIO PERSONIFICADO 6. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO 7. PLAZO DE EJECUCIÓN 8. CLÁUSULA DE INDEMNIDAD 9. ABONO DEL ENCARGO 10.COSTES DEL ENCARGO 2 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 12 PLIEGO DE PRESCRIPCIONES T ÉCNICAS PARTICULARES PARA EL ENCARGO A MEDIO PROPIO PERSONIFICADO DEL SERVICIO DE ELABORACIÓN, FORMULACIÓN Y POSTERIOR TRAMITACIÓN DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN DE VALLE GRAN REY: FASE 1: DOCUMENTO PARA LA CONSULTA PÚBLICA Y DOCUMENTO DE ESTUDIOS PREVIOS (INFORMACIÓN Y DIAGNÓSTICO); Y FASE 2: BORRADOR DEL PLAN Y DOCUMENTO INICIAL ESTRATÉGICO (DIE) El presente encargo a medio propio personificado (en adelante, MMP.) del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), deberá adecuarse a las prescripciones técnicas mínimas recogidas en el presente Pliego (en adelante, PPTP.), que en todo caso tendrán carácter obligatorio, debiendo realizarse adecuadamente las prestaciones objeto del presente servicio. 1.- Objeto y finalidad del Encargo El objeto del presente encargo a MMP. del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), tiene por objeto la implementación de todas aquellas prestaciones y trabajos que fueran necesarios para abordar la elaboración y redacción –a través de un equipo multidisciplinar– de los documentos necesarios para la aprobación del Plan General de Ordenación del municipio de Valle Gran Rey (en adelante, PGO.), conforme a lo establecido en el artículo 32.4 de la LCSP. Dicha prestación deberá ejecutarse de conformidad con las especificaciones técnicas contenidas en el presente PPTP. y según lo previsto en la Propuesta Técnica y Económica proporcionada por la entidad pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio Ambiental S.A. (GESPLÁN), así como en el correspondiente documento de encargo que se firme por ambas partes. 2.- Actuaciones que comprende el Encargo En el presente encargo del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), el MMP. deberá disponer de todos los medios humanos y técnicos para proceder a la elaboración y redacción de los documentos necesarios para la aprobación del PGO. del municipio de Valle 3 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 12 Gran Rey, conforme a los requerimientos establecidos por el Responsable municipal del Encargo en representación del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Asimismo, el referido encargo incluirá las prestaciones siguientes: 1. Realización de los documentos para la consulta pública y del documento de Estudios Previos (Información y Diagnóstico) y a partir de la recepción de la cartografía más reciente. 2. Realización del documento del Borrador del Plan y del Documento Inicial Estratégico (DIE). Para la elaboración del Borrador Técnico y Documento Inicial Estratégico será necesaria la recepción del resultado de la consulta pública a través del portal web del Ayuntamiento. 3. En cuanto a los medios ofertados, los trabajos se desarrollarán de modo que se pongan a disposición de manera suficiente aquellos medios necesarios para garantizar el resultado óptimo de los trabajos objeto de este encargo. Las actuaciones objeto del presente encargo las realizará GESPLÁN con sus propios medios humanos y materiales o, si lo estima conveniente, mediante contratación del personal necesario, o incluso con terceros, conforme a lo establecido en la cláusula 5ª del presente PPTP. El importe de las prestaciones parciales que el MMP. puede contratar con terceros no excederá del 50% de la cuantía del encargo, en virtud de lo establecido en el apartado 7.b) del artículo 32 de la LCSP. En este sentido, GESPLÁN deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento los contratos que suscriban con terceros para la ejecución de los trabajos encargados. 4. Coordinación Técnica: Para la planificación y control de las actuaciones objeto del presente encargo, el MMP. Designará de entre su personal a un coordinador/a técnico responsable del encargo. El coordinador/a del encargo estará en contacto directo con el coordinador/a municipal del seguimiento de la ejecución del encargo que designe la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para tal fin. A tal efecto, el MMP. comunicará por escrito, antes del inicio de la ejecución de las actuaciones, el nombramiento del mencionado coordinador/a técnico, con el fin de informar del desarrollo de los trabajos, de recibir instrucciones o de solventar dudas o problemas que puedan ser planteadas a lo largo del plazo de ejecución del encargo. 5. Cualquier otra prestación que, estando dentro de la naturaleza y objeto del presente encargo, debidamente justificada así se disponga por el Responsable del Encargo del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Así mismo, se establece que el MMP. queda obligado a aportar todos los medios humanos, materiales y técnicos oportunos, así como la logística necesaria para el adecuado desempeño de los trabajos que se especifican en el presente encargo. A todos los efectos ostentará la condición de empresario respecto del personal a su cargo, ejercitando respecto a éste, de forma totalmente autónoma, los poderes de dirección y disciplinarios, quedando obligada a cumplir, bajo su exclusiva 4 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 12 responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos en el trabajo. Se establece expresamente que el encargo no implica la existencia de nexo jurídico laboral alguno entre el personal al servicio del medio propio personificado y del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. 3.- Objetivos y planificación del Encargo Para la adecuada ejecución del encargo del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), el MMP. debe tener como objetivo principal el apoyo a la labor del Ayuntamiento en la implementación de todas aquellas prestaciones necesarias para proceder a la elaboración y redacción de los documentos necesarios para la aprobación del PGO. del municipio de Valle Gran Rey, en las fases anteriormente mencionadas, conforme a las actuaciones de servicio expresamente especificadas en la cláusula 2 del presente PPTP. En este sentido, se establece que dentro del plazo de ejecución del presente encargo de servicio, el MMP. deberá ejecutar la totalidad de la prestación que corresponda a cada fase del encargo, haciendo entrega de los documentos correspondientes objeto del mismo. A este respecto, se entenderá por entrega el envío realizado por GESPLÁN con la documentación de la fase, y se entenderá por recepción el documento con la validación de la conformidad de la documentación presentada por parte de la Administración, en lo referente a la integridad documental y cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente PPTP., sin perjuicio de las correcciones que fueran necesarias introducir tras su análisis. Así mismo, a las facturas o certificación se adjuntará informe justificativo de las actuaciones realizadas por el medio propio personificado, debiendo estar con carácter previo a su abono debidamente conformadas por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación. Así, para la debida planificación y control de las actuaciones objeto del presente encargo, el MMP. designará de entre su personal a un coordinador/a técnico responsable del encargo. El coordinador/a del encargo estará en contacto directo con el coordinador/a municipal del seguimiento de la ejecución del encargo que designe la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para tal fin. A tal efecto, el MMP. comunicará por escrito, antes del inicio de la ejecución de las actuaciones, el nombramiento del mencionado coordinador/a técnico, con el fin de informar del desarrollo de los trabajos, de recibir instrucciones o de solventar dudas o problemas que puedan ser planteadas a lo largo del plazo de ejecución del encargo. 5 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 12 4.- Responsable municipal del Encargo La Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, en su condición de órgano encargante de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el apartado Tercero del Acuerdo Plenario de fecha 28/05/2024 por el que se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey, conjuntamente con el decreto de aprobación del encargo, procederá al nombramiento del Responsable municipal del Encargo por parte de la Corporación, que será la persona encargada de marcar las pautas necesarias al coordinador/a técnico del MMP. a través de reuniones continuas entre ambos. En este sentido, el Responsable municipal del Encargo tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones: • Planificación general y coordinación del servicio a prestar. • Dar el visto bueno a los trabajos realizados, según los plazos de ejecución y abono preestablecidos. • Dar órdenes al Coordinador/a Técnico del MMP. para lograr los objetivos del encargo. 5.- Medios humanos y materiales del Medio Propio Personificado Para la adecuada ejecución del encargo del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), el MMP. deberá disponer de todos los medios personales y materiales específicos y adecuados para la ejecución del presente encargo mediante la intervención de perfiles profesionales especializados y técnicamente habilitados para la ejecución de las actuaciones contenidas en el mismo. En este sentido, el MMP. del presente encargo deberá disponer para su adecuada ejecución, al menos, de los siguientes recursos humanos: • En cuanto a los medios personales, el equipo de trabajo de GESPLÁN estará formado por un equipo multidisciplinar de especialistas compuesto por diferentes perfiles y titulaciones, de acuerdo a las necesidades derivadas a cada actuación de trabajo. Entre otros podrá contar con los siguientes perfiles, que se concretará por el área de planificación territorial: de Titulación superior: arquitecto/a, con experiencia en urbanismo y ordenación territorial; jurista, con especialización en la rama de urbanismo; economista, con experiencia en urbanismo y ordenación territorial; geógrafo/a o técnico/a ambiental relacionado en ciencias ambientales, biología u otra titulación similar; sociólogo/a o antropólogo/a con experiencia en urbanismo, perspectiva de género y procesos de participación; ingeniero/a agrónomo/a; titulación en Ingeniería Civil. De Titulación Media: ingeniero/a en geomática o topografía, con amplia experiencia en urbanismo y análisis de sistemas de información geográfica; titulación en 6 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 14 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 12 Ingeniería técnica de obras públicas; ingeniero/a en informática; y jefe administrativo/a. Asimismo, si fuera necesario, el equipo de redacción contará con el apoyo técnico de especialistas externos en materia de Patrimonio Histórico, considerando perfiles como historiador/a o historiador/a del arte. • En cuanto a los medios materiales, GESPLÁN aportará los medios técnicos y materiales necesarios para la ejecución del encargo, así como aquellos medios materiales específicos que puedan ser necesarios. El MMP. deberá disponer de un teléfono y una dirección de correo electrónico de contacto directo, para atender las instrucciones que se puedan emitir por parte del Ayuntamiento. Se establece que el MMP. queda obligado a aportar todos los medios humanos, materiales y técnicos y la logística necesaria para el desempeño de los trabajos que se especifican en el presente encargo. A todos los efectos, el MMP. ostentará la condición de empresario respecto del personal a su cargo, ejercitando respecto a éste, de forma totalmente autónoma, los poderes de dirección y disciplinarios, quedando obligada a cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos en el trabajo. Se establece expresamente que el encargo no implica la existencia de nexo jurídico laboral alguno entre el personal al servicio del MMP. y el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Además de las actuaciones y tareas especificamente establecidas en el encargo del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), el MMP. deberá asistir al Ayuntamiento de Valle Gran Rey en la realización de aquellas tareas y trabajos acordados que guarden relación directa con el encargo realizado. Por ello, el MMP. velará especialmente porque: • La actividad será ejercida por la empresa de forma autónoma. • La empresa encargada realizará la selección del personal que reúna los requisitos de titulación y experiencia exigidos, formando parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del presente encargo. • Disponer de un espacio físico adecuado para su instalación en la isla de La Gomera, así como dotar la misma del mobiliario, útiles necesarios, facilitando así mismo los medios de transporte que permitan la prestación del servicio de manera adecuada. En caso de ser necesaria la presencia en el Municipio –con carácter puntual–, el Ayuntamiento podrá facilitar la cesión de un espacio o ubicación para la adecuada atención a los vecinos y vecinas interesados. • Brindar la debida formación al personal con carácter previo a su incorporación laboral en las materias que indique la coordinación técnica del encargo. • El MMP. velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del presente encargo desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el presente PPTP. 7 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 15 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 12 • En el caso de que el MMP. incumpla las obligaciones asumidas en relación con su personal, dando lugar a sanción o condena al poder adjudicador, el medio propio deberá indemnizar a este de todos los daños y perjuicios que deriven del incumplimiento y de las actuaciones de su personal. • El coordinador/a técnico que designe el MMP. deberá atenerse a lo señalado por el Responsable municipal del Encargo que nombre el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, actuando en todo momento como interlocutor, distribuyendo y supervisando el trabajo encomendado entre el personal del servicio. En todo caso, el coordinador/a técnico informará puntualmente al Responsable municipal del Encargo de cualquier incidencia o variación, ya sea permanente u ocasional, en la debida actuación o composición del equipo adscrito a la ejecución del presente encargo. 6.- Comisión de Seguimiento Con la finalidad de alcanzar la máxima eficiencia y mejor coordinación en el desarrollo del presente encargo, se podrá constituir una Comisión de Seguimiento del encargo, integrada por representantes del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey y del MMP. 6.1.- Composición de la Comisión de Seguimiento: La Comisión estará presidida por la persona titular de la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey o persona en quién delegue y estará compuesta por el directivo responsable de la empresa pública o persona en la que delegue, así como por el personal técnico designado como coordinadores o responsables del encargo por cada parte. Ejercerá las funciones de secretaría en cada reunión el personal técnico designado como coordinador/a técnico del encargo por el MMP. 6.2.- Régimen de funcionamiento: La Comisión de Seguimiento se atendrá al régimen de funcionamiento siguiente: • La Comisión de Seguimiento se reunirá como mínimo una vez durante el plazo de duración del encargo, previa convocatoria de la Presidencia o previa solicitud por cada parte a la Presidencia. • Podrán asistir a la Comisión aquellos asesores designados por las partes y relacionados con los asuntos a tratar. • Las convocatorias serán realizadas por el Ayuntamiento de Valle Gran Rey con un mínimo de dos (2) días hábiles de antelación. • Se levantará acta de todas las sesiones, debiendo ser ésta aprobada en la sesión siguiente que se desarrolle. 6.3.- Funciones: La Comisión de seguimiento ostentará las siguientes funciones: • Valorar los resultados de los trabajos realizados dentro del encargo encomendado, así como el programa anual de actividades para el año en curso, haciendo las consideraciones oportunas y tomando los acuerdos específicos 8 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 16 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 12 necesarios para su óptimo cumplimiento por las partes, en el marco de lo que establece el encargo. • Hacer seguimiento del grado de cumplimiento de los objetivos y de la realización de los programas, realizando los ajustes o correcciones precisas. 7.- Plazo de ejecución El plazo estimado de ejecución del presente encargo será de SIETE (7) MESES, contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca la formalización del presente encargo. En este sentido, la formalización del encargo se deberá realizar en el plazo máximo de DIEZ (10) DÍAS NATURALES siguientes a la notificación de la resolución de aprobación del encargo del referido servicio. No obstante, el mismo podrá verse mejorado por el MMP. en función de la propuesta de servicio que presente. Asimismo, el plazo podrá ser prorrogado a solicitud del poder adjudicador o del MMP. por razones debidamente justificadas, y siempre que exista consignación presupuestaria suficiente para ello en el ejercicio presupuestario correspondiente. 8.- Cláusula de indemnidad El Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey será totalmente ajeno y no asumirá ningún tipo de responsabilidad relativa a la existencia de nexo jurídico laboral alguno entre el personal al servicio del MMP. de que se trate y el propio Ayuntamiento de Valle Gran Rey. En este sentido, el MMP. queda obligado a aportar todos los medios humanos, materiales y técnicos y la logística necesaria para el desempeño de los trabajos que se especifican en el presente encargo. A todos los efectos ostentará la condición de empresario respecto del personal a su cargo, ejercitando respecto a éste, de forma totalmente autónoma, los poderes de dirección y disciplinarios, quedando obligada a cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de prevención de riesgos en el trabajo. Finalmente, el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey tampoco asumirá responsabilidad alguna relativa a cualquier sanción o condena que se imponga al MMP. responsable de realizar los trabajos encargados, por incumplimiento de las obligaciones asumidas por dicha entidad en relación con su personal, ni por sus acciones de entidad encargada o de sus trabajadores. 9 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 17 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 12 9.- Abono del Encargo El abono de la compensación tarifaria el presente encargo se realizará contra factura, certificación o documentos justificativos del gasto expedidos por el MMP. una vez efectuada la prestación de la totalidad y entrega de cada fase objeto del presente encargo por cómputo de horas de servicio prestadas, que a su vez se acompañará de un informe justificativo de las actividades realizadas por el MMP. en el periodo correspondiente y de la relación de gastos efectuados en el mismo, y que deberá obtener el visto bueno del Responsable municipal del Encargo. La factura o certificación que se ajustará a lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, deberá estar conformada favorablemente por la Alcaldía-Presidencia de la Corporación con carácter previo a su abono. A este respecto, se entenderá por entrega el envío realizado por GESPLÁN con la documentación de la fase, y se entenderá por recepción el documento con la validación de la conformidad de la documentación presentada por parte del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, en lo referente a la integridad documental y cumplimiento de las condiciones establecidas en el correspondiente PPTP., sin perjuicio de las correcciones que fueran necesarias introducir tras su análisis. 10.- Costes del Encargo En el encargo del servicio de elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey: Fase 1: Documento para la consulta pública y Documento de Estudios previos (Información y Diagnóstico); y Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico (DIE), los costes se determinan conforme a la Propuesta Técnica y Económica proporcionada por la entidad pública GESPLÁN, cuyo valor económico asciende al importe total de CIENTO NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS (191.392,83 €) exento de I.G.I.C., y que desglosamos a continuación: • Fase 1: Documento para la consulta pública y Estudios previos (información y diagnóstico): El importe previsto para las actuaciones contempladas en esta fase asciende a la cantidad de 92.855,73 €. 10 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 18 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 12 • Fase 2: Borrador del Plan y Documento Inicial Estratégico : El importe previsto para las actuaciones contempladas en esta fase asciende a la cantidad de 98.537,10 €. En todo caso, el importe total del presente encargo incluirá tanto los costes propios como externos del MMP., y deberá ser aprobado por la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey conjuntamente con el decreto de aprobación del encargo, en su condición de órgano encargante de la Corporación, de conformidad con lo dispuesto en el apartado Tercero del Acuerdo Plenario de fecha 28/05/2024 por el que se acordó iniciar el procedimiento administrativo para la elaboración, formulación y posterior tramitación del Plan General de Ordenación de Valle Gran Rey. Asimismo, se valorará los mencionados costes conforme a las tarifas en vigor aprobadas y publicadas por el MMP., y concretamente: • Los precios unitarios a aplicar no excederán de los precios de mercado y contemplan tanto los costes directos como indirectos, sin que se hayan aplicado incrementos adicionales en concepto de gastos de gestión, debiendo quedar reflejados en la propuesta económica y/o presupuesto. • La valoración detallada de los recursos humanos y materiales que requerirán las actuaciones. • Los ingresos estimados y los gastos previstos. El destino de estos ingresos deberá ser siempre finalista. En todo caso, la Propuesta Técnica y Económica del encargo es una previsión de los gastos, por lo que, para la correcta ejecución, se podrá destinar, si fuera necesario, el gasto de una partida a otra (sin incrementar las contrataciones externas) y siempre y cuando no se supere el importe total consignado, para lo cual será necesaria conformidad de la Alcaldía-Presidencia del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey en su condición de órgano encargante de la Corporación, que autorizará en su caso las propuestas de modificación, siempre que no se incremente el gasto destinado a contrataciones externas. 11 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 19 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 12 El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares que se compone de doce (12) páginas, se que rubrica a los efectos oportunos. En Valle Gran Rey. Documento firmado electrónicamente al margen. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Borja Barroso Jiménez 12 Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. CIF. P3804900C. C/ El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey (S/C de Tenerife) Tel. 922 805 000 – Fax. 922 805 637 – Email. informaci o n@vallegranrey.es www.vallegranrey.es Número: 2024-1629 Fecha: 19/11/2024 Cód. Validación: 5C757FNTDWKZW9GZCMDT7NZCN Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 20 de 20 DECRETO Cód. Validación: AXH7DKLS234QRSY22GMH3JL7S Verificación: https://vallegranrey.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 12