Ayuntamiento de Valle Gran Rey Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 145 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2019 ANEXO.- LINEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN: Líneas estratégicas, objetivos específicos, programas y ayudas. 1. INTRODUCCIÓN Consideraciones previas. El marco normativo vigente en materia de gestión pública ha otorgado una gran importancia al desarrollo de fórmulas e instrumentos que garanticen una dirección eficaz y eficiente de la actividad financiera del sector púbico. Dicha actividad financiera tiene como objetivo fundamental satisfacer las demandas sociales y económicas de personas y entidades públicas o privadas. Gran parte de esta rama económica se canaliza a través de las subvenciones y, con el objetivo de desarrollar una línea de control sobre su gestión lo más ordenada y controlada posible, se manifiesta la necesidad de llevar a cabo la elaboración de un Plan Estratégico de Subvenciones. Se trata de un requisito legal, esencial y previo al otorgamiento de las subvenciones que conlleva una gran importancia. De esta forma, el marco normativo somete a la actividad financiera de los sectores públicos a un conjunto de principios: Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación; Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la Administración otorgante; Control de la discrecionalidad administrativa; Eficiencia en la asignación y utilización de los servicios públicos. El desarrollo del Plan Estratégico de Subvenciones se encuentra regulado en La ley 38/2003, del 17 de noviembre, General de Subvenciones. Encontraremos el carácter obligatorio de su desarrollo en el artículo 8.1, “Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.”. En cumplimiento con dicha ley, la elaboración de un Plan Estratégico de Subvenciones nos va a ofrecer una triple visión general: 1. Cuáles son los objetivos y las metas que se pretenden alcanzar en orden a dar respuesta a necesidades públicas. 2. Los costes previstos y la financiación de dichos planes de actuación. 3. Previsión de los efectos que se pretenden conseguir. En una misma línea, debe ser tenido en cuenta el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, capítulo III, sección Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 146 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey 1ª sobre planes estratégicos de subvenciones, artículos 10 al 15, ambos incluidos, los cuales regulan la realización de los planes estratégicos en la Administración General. No existe por tanto una normativa específica aplicable a las Entidades Locales, si bien la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 4, otorga potestad de planificación y elaboración a las entidades para el desarrollo de los planes de subvención. Este deberá ser confeccionado con carácter previo a cualquier propuesta de otorgamiento de subvenciones y, todas las propuestas que deseen plantearse, deberán quedar recogidas en el plan de Subvenciones Municipal de interés general y social. Con todo ello, se ha llevado a cabo el presente Plan, contando para ello con la participación en todas las Áreas, Servicios y unidades responsables de la gestión de subvenciones en el Ayuntamiento de Valle Gran Rey. 1.2 Naturaleza jurídica. El Plan Estratégico de Subvenciones se configura como un instrumento de gestión de carácter programático, de planificación y carente de carácter normativo. Su contenido no crea derechos ni obligaciones para la administración y tampoco supone una incidencia directa en la esfera de los particulares. Este Plan establece una línea de actuación la cual condiciona su efectividad a la aprobación de las bases del mismo, de las convocatorias de las diferentes líneas de subvención y de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio que se desarrolle. 1.3 Competencia El órgano competente para la aprobación del presente Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2019, es el Pleno de la Corporación Local, ejerciendo su función como instrumento de planificación estratégica de la actividad subvencional o de fomento y de gestión económica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123.1.d de la Ley 7/1985Reguladora de las bases del Régimen Local. En correspondencia, encontramos la legislación autonómica a los efectos, en su artículo 37, que establece que el Pleno Municipal ejercerá las competencias que le atribuyan la legislación básica de régimen local, la sectorial estatal y la autonómica canaria. Referencias similares analizadas en otros Ayuntamientos permiten señalar como norma general que los Planes Estratégicos son aprobados bien por los Gobiernos, bien por los propios Departamentos, Consejerías o Áreas cuando estos Planes Estratégicos son específicos de un determinado sector o líneas de subvención. 2. ÁMBITO SUBJETIVO El presente Plan Estratégico de Subvenciones 2019, incluye las subvenciones concedidas directamente por el Ayuntamiento a través de las Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 147 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey propuestas de sus diversas Áreas de Gobierno –concejalías delegadas- que se aprobaran por resolución de la Alcaldía- Presidencia. 2.1 Las subvenciones municipales en la Administración Electrónica del Ayuntamiento de Valle Gran Rey. El Ayuntamiento de Valle Gran Rey implantará paulatinamente un sistema de administración electrónica que trata de lograr una mayor simplificación de los procesos administrativos dentro del propio ayuntamiento. A través de la misma los ciudadanos pueden acceder a la información y a los servicios de la entidad local los 365 días del año. En el caso de las ayudas y subvenciones, aún no ha sido abordado su desarrollo telemático, debiendo realizarse los tramites presencialmente. El trámite de solicitud de subvenciones quedará recogido su procedimiento en las Bases de Ejecución del Presupuesto o en Ordenanza General reguladora de las Subvenciones del Ayuntamiento “Las subvenciones podrán concederse de forma directa o mediante procedimiento en régimen de concurrencia competitiva. El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios”. 3. ÁMBITO TEMPORAL El ámbito temporal del presente Plan de Subvenciones se propone para el ejercicio, en correspondencia presupuestaria, del periodo de enero a diciembre de 2019. 4. ASPECTOS ESTRATÉGICOS DEL PLAN 4.1 Misión. La actividad subvencional del Ayuntamiento de Valle Gran Rey tiene como objetivo fundamental garantizar la igualdad de oportunidades, promoviendo a través de ayudas económicas la inclusión social de aquellos individuos que tengan dificultades de adaptación y/o de aquellos que puedan encontrarse en una situación de vulnerabilidad. Además, trata de impulsar el bienestar social de la comunidad donde opera, promoviendo aquellos sectores de interés socio-cultural del municipio. 4.2 Principios generales El marco normativo, en materia de subvenciones, así como las administraciones públicas, establece unos principios generales que delimitaran y controlaran la gestión municipal de las subvenciones. Se trata de elementos fundamentales a tener en cuenta a la hora de elaborar en el plan estratégico de subvenciones: Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 148 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey • Publicidad y concurrencia, mediante una convocatoria previa en la cual debe garantizarse la concurrencia e igualdad en la distribución de los fondos públicos. La concesión directa, por su parte, debe ser tratada con carácter especial y previo ya que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con las debidas disponibilidades presupuestarias. • Objetividad en el proceso de asignación de fondos públicos. • Igualdad y no discriminación, entre la ciudadanía, distintos sectores y entre los colectivos. • Transparencia en el proceso de asignación de recursos públicos, tanto en el proceso de concesión, como en la publicación de los resultados. • Eficacia en el cumplimiento de los objetivos, con el establecimiento de un proceso de seguimiento y control de las subvenciones concedidas. • Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, con la valoración de las subvenciones y la asignación a los proyectos más eficientes. Todos esos principios son aplicables al conjunto de las Líneas y Programas de subvención del ayuntamiento. 4.3 Objetivos generales Son Objetivos generales del presente Plan estratégico y de las diferentes líneas de ayudas y subvenciones del Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el ejercicio 2019, los siguientes: Dar cumplimiento al mandato legal recogido en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, que obliga a los Ayuntamientos a que, previamente a la concesión de subvenciones, se proceda a aprobar su correspondiente Plan Estratégico, en el marco de desarrollo —disposiciones comunes- del Reglamento de articulación de la misma Ley de Subvenciones, así como, en correspondencia de lo preceptuado en su caso, por la Ordenanza Reguladora de Subvenciones para las finalidades culturales, música, deportivas, docentes, juveniles, de tercera edad, turismo social, sanidad y consumo, medio ambiente y participación ciudadana del Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Establecer y normalizar, para el conjunto de las diversas líneas y programas de ayuda y subvenciones del Ayuntamiento, un conjunto de principios y bases de ejecución comunes a las mismas. Mejorar y racionalizar la gestión municipal de las subvenciones con la valoración de los aspectos de transversalidad, eficacia y eficiencia en la gestión de las diferentes líneas de ayudas. Impulsar la simplificación administrativa y la transparencia, con la puesta en marcha de una Base de datos municipal de subvenciones, que recoja todas las ayudas concedidas, tanto por los distintos órganos municipales, como por sus entidades, posibilitando asimismo la posterior incorporación de su tramitación electrónica. Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 149 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey Líneas estratégicas de Actuación 2019: Las líneas estratégicas de actuación recogidas en el presente Plan de Subvención Municipal de Interés General y Social, en el que se integran las líneas de subvenciones del Ayuntamiento son las siguientes: • Cultura: teatro, imagen, artes plásticas, cultura tradicional, encuentros y otras actividades. • Música: espectáculos de los diversos estilos musicales y, preferentemente, los programas de formación práctica musical. • Deportes: gastos derivados de participación en competiciones oficiales, gozando de especial protección el deporte de la infancia y juventud; también podrán ser objeto de subvención los eventos deportivos especiales, y a entidades deportivas debidamente constituidas en el municipio. • Educación: serán subvencionables los cursos, seminarios y otras actividades relacionadas con la formación. • Juventud: fomento e implantación del asociacionismo. • Tercera edad: actividades de fomento e implantación del asociacionismo en el sector. • Turismo: promoción turística del municipio. • Turismo social: aquellas excursiones con un marcado objeto cultural. • Sanidad y consumo: actividades de formación en este sector. • Medio ambiente: cursos y actividades de sensibilización con el medio ambiente. • Participación ciudadana: con destino a subvencionar a las Entidades ciudadanas y a las Asociaciones de Vecinos. En ningún caso serán subvencionables los programas, actividades, o adquisición de material para los que se hayan convocado Planes a nivel provincial o regional, siempre que estén abiertos a los peticionarios a que se refiere la base siguiente, salvo que, realizada la oportuna solicitud en tiempo y forma, su inclusión en ellos haya sido denegada. Las cuantías previstas para cada una de las Líneas en el ejercicio 2019 son las recogidas en el Presupuesto anual del Ayuntamiento, a aprobarse junto al presente en su correspondiente Sesión Plenaria y a los efectos propuestos, y cuya cuantía total asciende, en el año 2019, a la cantidad de CIENTO VEINTIÚN MIL QUINIENTOS EUROS (121.500,00.-€), según el desglose del Anexo I. La vigencia de estas líneas específicas de actuación para el ejercicio 2019, quedarán condicionadas y limitadas a la aprobación de las mismas en el correspondiente presupuesto anual y a sus consignaciones presupuestarias.  PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN De acuerdo con lo previsto en las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento, resulta de aplicación directa a todas las subvenciones concedidas los principios recogidos en la misma –los siguientes procedimientos de concesión de las subvenciones y ayudas– estableciendo como tipos de subvenciones: Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 150 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey • Subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva (concurso). • Subvenciones nominativas previstas en el presupuesto (subvención directa). • Subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, económico y/o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública y no se encuentren nominadas (subvención directa). • Subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía sean impuestas al Ayuntamiento de Valle Gran Rey por una norma de rango legal. Con carácter general, las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva (concurso); Además de eso, podrán concederse mediante ayuda directa, aquellas subvenciones que figuren como nominativas en los presupuestos municipales; a) Para aquellos supuestos en los que, de acuerdo con la naturaleza de la subvención, la urgencia o el interés público de la misma, se requiera un tipo de procedimiento de concesión distinto, podrá utilizarse de acuerdo a la legislación vigente, previa la justificación correspondiente. b) En las correspondientes bases de subvención deberá recogerse el procedimiento adecuado a cada una de las líneas de subvención que se regulen. Según Bases de Ejecución del presupuesto, prerrogativa de la Intervención Municipal de Fondos.  PLAZOS DE EJECUCIÓN Con carácter general, las subvenciones municipales tendrán un plazo de ejecución anual, siendo el periodo elegible a efectos de justificación el año natural (1 enero a 31 de diciembre). En aquellos supuestos en los que las circunstancias hagan conveniente la fijación de un plazo de ejecución superior al anual o, la modificación del periodo elegible, se deberán recoger en las correspondientes bases de las subvenciones, convenios de colaboración o resolución de concesión que se establezca con la entidad/persona beneficiaria.  FINANCIACIÓN La efectividad de las líneas de ayudas y subvenciones incluidas en el presente plan quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el correspondiente presupuesto anual. Previo a la concesión de cualquier tipo de subvención se procederá a la tramitación de la autorización del gasto correspondiente.  PAGO ANTICIPADO DE LAS SUBVENCIONES CONCEDIDAS El pago anticipado se encuentra regulado en la Ley General de Subvenciones en la cual establece que podrá llevarse a cabo cuando se sucedan las circunstancias previstas en el artículo 34.4 de la misma: “También se podrán realizar pagos anticipados que supondrán entregas de Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 151 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey fondos con carácter previo a la justificación, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención. Dicha posibilidad y el régimen de garantías deberán preverse expresamente en la normativa reguladora de la subvención”.  CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES Como hemos establecido al comienzo del presente Plan Estratégico de Subvenciones, la Ley General de Subvenciones establece en su exposición de motivos como objetivos principales el control y el seguimiento de las subvenciones otorgadas a través del presupuesto. Con la finalidad de satisfacer dichos objetivos, el Ayuntamiento ha desarrollado un plan de seguimiento y control de los propósitos establecidos en este Plan Estratégico de Subvenciones. Dicho plan se realizará de forma anual, en dos aspectos: • Control económico - financiero de las subvenciones concedidas.-que está encomendado a la Intervención General de Fondos del Ayuntamiento, que se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente. • Control y seguimiento del Plan.- que será realizado por la Oficina a la que se encomiende el seguimiento del Plan, para lo cual por parte de cada uno de los Servicios Gestores de Subvenciones, se procederá a remitir en el primer cuatrimestre del ejercicio siguiente, memoria justificativa con las siguientes especificaciones: 1.Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones concedidas, justificadas, las renunciadas y las reintegradas (o en procedimiento de reintegro). 2. El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución. 3. Los costes efectivos en relación a los previsibles, de su plan de acción y de sus indicadores cuantificables. 4. Impacto y efectos sobre la realidad en la que se ha pretendido incidir. 5. Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la aplicación del Plan. 6. Conclusiones o valoración global. 7. Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.  COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Para el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico de Subvenciones 2019 del Ayuntamiento de Valle Gran Rey, se podrá crear una comisión de seguimiento coordinada por el Alcalde- Presidente. Esta Comisión de Seguimiento será la encargada de identificar los indicadores correspondientes a cada línea estratégica del Plan y así favorecer el análisis de la sintonía que deba existir entre las líneas de subvención propuestas y los objetivos estratégicos del Plan definidos para cada una de ellas.  TÍTULOS COMPETENCIALES Los títulos competenciales que figuran en cada una de las líneas estratégicas, deben entenderse condicionados en todo caso, por la habilitación que de las mismas establezca finalmente el desarrollo Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 152 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey reglamentario de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, así como de la legislación autonómica de desarrollo. A tal efecto, habrá de tenerse en cuenta lo establecido en la Ley 7/1985 RBRL, -tras las modificaciones introducidas por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad Local- cuyo artículo 7 establece: 1. Las competencias de las Entidades Locales son propias o atribuidas por delegación. 2. Las competencias propias de las Islas y demás Entidades Locales territoriales solo podrán ser determinadas por Ley y se ejercen en régimen de autonomía y bajo la propia responsabilidad, atendiendo siempre a la debida coordinación en su programación y ejecución con las demás Administraciones Públicas. 3. El Estado y las Comunidades Autónomas, en el ejercicio de sus respectivas competencias, podrán delegar en las Entidades Locales el ejercicio de sus competencias, con sujeción a las reglas establecidas en el artículo 27, y preverán técnicas de dirección y control de oportunidad y eficiencia. 4. Las Entidades Locales solo podrán ejercer competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, de acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. 5. En todo caso, el ejercicio de estas competencias deberá realizarse en los términos previstos en la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas. Y, el artículo 25, el cual proporciona un listado con las materias objeto de gestión por parte del Municipio que promuevan la prestación de servicios públicos y la realización de actividades que satisfagan las necesidades y las solicitudes de la comunidad vecinal. El Municipio ejercerá en todo caso como competencias propias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: a) Urbanismo: planeamiento, gestión, ejecución y disciplina urbanística. Protección y gestión del Patrimonio histórico. Promoción y gestión de la vivienda de protección pública con criterios de sostenibilidad financiera. Conservación y rehabilitación de la edificación. b) Medio ambiento urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas. c) Abastecimiento de agua potable a domicilio y evacuación y tratamiento de aguas residuales. d) Infraestructura viaria y otros equipamientos de su titularidad. e) Evaluación e información de situaciones de necesidad social y la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social. f) Policía local, protección civil, prevención y extinción de incendios. Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 153 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey g) Tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad. Transporte colectivo urbano. h) Información y promoción de la actividad turística de interés y ámbito local. i) Ferias, abastos, mercados, lonjas y comercio ambulante. j) Protección de la salubridad pública. k) Cementerios y actividades funerarias. l) Promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre. m) Promoción de la cultura y equipamientos culturales. n) Participar en la vigilancia del cumplimiento de la escolaridad obligatoria y cooperar con las Administraciones educativas correspondientes en la obtención de los solares necesarios para la construcción de nuevos centros docentes. La conservación, mantenimiento y vigilancia de los edificios de titularidad local destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial. o) Promoción en su término municipal de la participación de los ciudadanos en el uso eficiente y sostenible de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Las competencias municipales en las materias enunciadas en este artículo se determinarán por Ley debiendo evaluar la conveniencia de la implantación de servicios locales conforme a los principios de descentralización, eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera. La Ley a que se refiere el apartado anterior deberá ir acompañada de una memoria económica que refleje el impacto sobre los recursos financieros de las Administraciones Públicas afectadas y el cumplimiento de los principios de estabilidad, sostenibilidad financiera y eficiencia del servicio o la actividad. La Ley debe prever la dotación de los recursos necesarios para asegurar la suficiencia financiera de las Entidades Locales sin que ello pueda conllevar, en ningún caso, un mayor gasto de las Administraciones Públicas. Los proyectos de leyes estatales se acompañarán de un informe del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en el que se acrediten los criterios antes señalados. La Ley determinará la competencia municipal propia de que se trate, garantizando que no se produce una atribución simultánea de la misma competencia a otra Administración Pública. Y, en cuyo Artículo 57 bis, Garantía de pago en el ejercicio de competencias delegadas, se dispone: Si las Comunidades Autónomas delegan competencias o suscriben convenios de colaboración con las Entidades Locales que impliquen obligaciones financieras o compromisos de pago a cargo de las Comunidades Autónomas, será necesario que éstas incluyan una cláusula de garantía del cumplimiento de estos compromisos consistente en la autorización a la Administración General del Estado a aplicar retenciones en las transferencias que les correspondan por aplicación de su sistema de financiación. La citada cláusula deberá establecer, en todo caso, los plazos para la realización de los pagos comprometidos, para la reclamación por parte de la Entidad Local encaso de incumplimiento por parte de la Comunidad Autónoma de la obligación que hubiere contraído y para la comunicación a la Administración Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 154 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey General del Estado de haberse producido dicho incumplimiento, teniendo en cuenta el plazo que, en su caso, se pueda establecer mediante la Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a la que se refiere el apartado 3 de este artículo. Para la aplicación de esta cláusula no será precisa la autorización previa a la que hace referencia la disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. Los acuerdos de delegación de competencias y convenios de colaboración que, a la entrada en vigor de la presente norma, hayan sido objeto de prórroga, expresa o tácita, por tiempo determinado, sólo podrán volver a prorrogarse en el caso de que se incluyan en los mismos la cláusula de garantía a la que hace referencia el apartado anterior, Esta norma será de aplicación a aquellos acuerdos que se puedan prorrogar, expresa o tácitamente, por vez primera con posterioridad a la citada entrada en vigor. El procedimiento para la aplicación de las retenciones mencionadas en el apartado anterior y la correspondiente puesta a disposición a favor de las Entidades Locales de los fondos retenidos a las Comunidades Autónomas se regulará mediante Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas a la que se refiere la disposición adicional septuagésima segunda de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013. Para garantizar el cumplimiento de la Ley en este ámbito, cada convocatoria de subvenciones deberá ir precedida de un informe jurídico justificativo de la habilitación competencial específica sobre la que se sustenta, así como del preceptivo informe de la Intervención General que confirme la habilitación legal que se predica y avale la existencia de crédito adecuado y suficiente. Legislación estatal y básica que hoy guarda directa relación con la recogida para el ámbito comunitario, Canarias, en su nueva Ley 7/2015, de 1 de abril, Canaria de Municipios concretamente en el Capítulo II de Competencias Municipales y sección segunda, en el artículo 10 de propias y artículo 11 de atribuidas, respectivamente.  TRANSPARENCIA Todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, en cada una de sus líneas estratégicas, programas de ayuda y convocatorias serán publicadas anualmente en la WEB municipal y Tablón de Anuncios, indicando la entidad receptora, cuantía de la misma, proyecto o acción a la que va destinada. Además, en cumplimiento de la legislación vigente de aplicación, aquellas que por cuestión de su cuantía deban serlo en extracto o completa en el Boletín Oficial de la Provincia a los efectos de conocimiento público.  LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE ACTUACIÓN. Como anexo al presente Plan se recogen las líneas específicas de ayudas municipales, agrupadas en las correspondientes líneas estratégicas con sus objetivos estratégicos y objetivos específicos, así como el resto de las características de las mismas y la dotación económica inicial prevista para el ejercicio 2019. Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 155 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374 Ayuntamiento de Valle Gran Rey DOCUMENTOS FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE ALCALDE-PRESIDENTE Firmado:ILTMO. AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY Fecha :16/04/2019 09:11:06 La auntenticidad de este documento se puede comprobar introduciendo el código F7E0A9CA67E3686CE06D749BE35B14C353D357FA en la siguiente dirección http://sede.vallegranrey.es/ de la Sede Electrónica de la Entidad. Presupuesto General año 2019 Página 156 Firmantes: PIÑERO CRUZ ANGEL MANUEL Alcalde 12-04-2019 14:39 Copia Auténtica de Documento Electrónico 2019000374