22735 VALLE GRAN REY ANUNCIO 183623 ANUNCIO Exp. Nº 1677/2025. Mediante el Decreto de la Alcaldía-Presidencia de la Corporación N.º 2025-1480 de fecha 12/09/2025, se procedió a la aprobación de las la apertura de la convocatoria de las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026 que se establecen a continuación. Asimismo, se dispuso la apertura de la referida convocatoria de ayudas al estudio por un plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES desde el día siguiente a aquel en que se produzca su publicación en Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, y que estarán a disposición de los ciudadanos tanto en el Registro General del Ayuntamiento como en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica de la Corporación, por lo que se publica para general conocimiento y efectos oportunos. En Valle Gran Rey, a doce de septiembre de dos mil veinticinco. En Valle Gran Rey, a doce de septiembre de dos mil veinticinco. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Borja Barroso Jiménez, documento firmado electrónicamente. EL ALCALDE-PRESIDENTE Fdo.: Borja Barroso Jiménez, documento firmado electrónicamente. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 22736 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 Base 1ª.- Objeto. Base 1ª.- Objeto. El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la solicitud. solicitud. • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social legalmente exigidas. legalmente exigidas. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 22737 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO 3.2.- Para ser beneficiario de las presentes ayudas, los estudiantes deberán cursar alguno de los siguientes estudios: PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 Base 1ª.- Objeto. 1. Educación Infantil y Primaria. 2. Educación Secundaria Obligatoria y formación reglada para su obtención. 3. Estudios de Bachillerato y formación reglada para su obtención, Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Superior, y otra formación reglada o no reglada equivalente a estudios superiores. El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de 4. Estudios universitarios presenciales o a distancia (a través de la U.N.E.D.) y Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo conducentes a títulos oficiales de Grado, Dobles Grados, así como Estudios Superiores Artísticos. Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del 3.3.- En el supuesto que la persona estudiante esté realizando durante el presente curso académico más de uno de los estudios anteriormente señalados, sólo podrá solicitar la ayuda para uno de ellos, especificándolo en el formulario de la solicitud. Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el Base 4ª.- Dotación presupuestaria y cuantía de la ayuda. B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso 4.1.- El crédito presupuestario actual para la presente convocatoria de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2024/2025 asciende al importe de SETENTA MIL EUROS (70.000,00 €), cuya financiación se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria --- --- de los vigentes Presupuestos Generales del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el ejercicio 2024, pudiendo incrementarse hasta el máximo de SETENTA Y CINCO MIL EUROS (75.000,00 €), condicionado a la futura aprobación de los vigentes Presupuestos Generales del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey para el ejercicio 2026. Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una Asimismo, de manera excepcional y siempre que se justifique debidamente, se establece la posibilidad de establecer una cuantía adicional en función de las disponibilidades presupuestarias, que no requerirá de una nueva convocatoria siempre que los créditos, a los que resulta imputable, no estén disponibles en el momento de la convocatoria, pero cuya disponibilidad se prevea en cualquier momento anterior a la resolución de concesión. Una vez se declare la disponibilidad del crédito correspondiente a la cuantía adicional, se tramitará el correspondiente expediente de gasto por el importe declarado disponible. El órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles, con carácter previo a la resolución de concesión en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, sin que tal publicidad implique la apertura de un nuevo plazo para presentar las solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la solicitud. • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no 4.2.- La cuantía de las ayudas al estudio a conceder se determinará en función de la consignación presupuestaria correspondiente a la presente convocatoria, y en relación con los estudios para los que la persona estudiante se halle matriculada en el presente curso académico, estableciendo como cuantías máximas las siguientes: supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social legalmente exigidas. a) Educación Infantil y Primaria: hasta 200,00 Euros. b) Educación Secundaria Obligatoria y formación reglada para su obtención: hasta 260,00 Euros. c) Bachillerato y formación reglada para su obtención, Ciclos formativos de F.P. de Grado Medio y Superior, y otra formación reglada o no reglada equivalente a estudios superiores: hasta 360,00 Euros. d) Grados universitarios presenciales o a distancia: hasta 550,00 Euros. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 22738 4.3.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 y 7.3 de la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey, si la cuantía de la consignación presupuestaria aprobada para la presente convocatoria fuese menor al total de la cuantía máxima de las ayudas al estudio susceptibles de concesión dentro del mismo grupo de estudios referidos en el apartado anterior, se procederá a la distribución del crédito mediante prorrateo entre los beneficiarios de la ayuda dentro de cada grupo de estudios. 4.4.- En todo caso, las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026 son compatibles con la percepción de cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otras entidades públicas o privadas, siempre que el importe total de las subvenciones recibidas no supere el 100% del gasto subvencionable. Base 5ª.- Documentación Acreditativa. Las solicitudes de estas ayudas al estudio se realizarán mediante el formulario de solicitud que se dispone como Anexo I de estas Bases debidamente cumplimentado, y que en todo caso deberá acompañarse, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey, de la siguiente documentación: 1. Copia del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte del padre, madre o tutor/a de la persona estudiante cuando fuera menor de edad, así como del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte de la persona estudiante. 2. Copia del Libro de Familia, cuando la persona estudiante fuera menor de edad y en caso de disponer de él. 3. Modelo oficial de alta de datos de terceros del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, con los datos de la cuenta bancaria de la persona solicitante debidamente cumplimentado por la entidad bancaria. 4. Certificado o documento acreditativo de encontrarse matriculado oficialmente en el presente curso académico. 5. Copia de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024, de la persona estudiante, o de la madre, padre o tutor cuando ésta fuera menor de edad, o en su defecto, certificado de la A.E.A.T. de no estar obligado a presentar la declaración del mencionado Impuesto. 6. Asimismo, en caso que proceda en relación con la situación personal-económica de la unidad familiar, la persona solicitante podrá aportar: • Copia de la sentencia judicial o acta notarial o demanda de separación o divorcio. • Documentación de situación de desempleo, jubilación, incapacidad, discapacidad, orfandad, etc.). • Excepcionalmente, declaración responsable y matrícula del o las personas estudiantes que compongan la misma unidad familiar y no obtuvieron ingresos económicos por su condición de estudiante, y por tal motivo no tengan registrados datos económicos en la Agencia Tributaria, conforme al modelo del Anexo II de estas Bases debidamente cumplimentado y firmado según proceda. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 Base 1ª.- Objeto. El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: 22739 • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la solicitud. 4.3.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 y 7.3 de la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey, si la cuantía de la consignación presupuestaria aprobada para la presente convocatoria fuese menor al total de la cuantía máxima de las ayudas al estudio susceptibles de concesión dentro del mismo grupo de estudios referidos en el apartado anterior, se procederá a la distribución del crédito mediante prorrateo entre los beneficiarios de la ayuda dentro de cada grupo de estudios. • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. • Excepcionalmente, declaración responsable de no haber percibido ingresos • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres económicos al carecer de la tarjeta de residencia de cualquier miembro de o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no la unidad familiar que, por no disponer de ella, no constan registrados datos supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de económicos de la Agencia Tributaria ni en las oficinas de empleo, así como presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá justificante de haber solicitado la tramitación de dicha tarjeta, conforme al en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las modelo del Anexo II de estas Bases debidamente cumplimentado y firmado Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. según proceda. • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social legalmente exigidas. Base 6ª.- Personas computables de la unidad familiar. 4.4.- En todo caso, las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026 son compatibles con la percepción de cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de otras entidades públicas o privadas, siempre que el importe total de las subvenciones recibidas no supere el 100% del gasto subvencionable. Al objeto de formular la propuesta de concesión de las ayudas, se tendrá en cuenta la situación económica de la unidad familiar de la persona estudiante, en función del nivel de rentas de los progenitores o tutor/es con quien conviva la persona estudiante. Para el cálculo del nivel de rentas familiar a efectos de la presente ayuda, son miembros computables: Base 5ª.- Documentación Acreditativa. Las solicitudes de estas ayudas al estudio se realizarán mediante el formulario de solicitud que se dispone como Anexo I de estas Bases debidamente cumplimentado, y que en todo caso deberá acompañarse, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.2 de la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey, de la siguiente documentación: 1. Copia del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte del padre, madre o tutor/a de la persona estudiante cuando fuera menor de edad, así como del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte de a) El solicitante, bien sea la persona estudiante o las madres, padres o tutores de las mismas que convivan con la persona estudiante menor de edad, en su caso. b) En el caso de solicitantes que constituyan unidades familiares independientes, también se consideran miembros computables el cónyuge o la persona a la que se halle unido por análoga relación y que convivan con la persona estudiante menor de edad. c) En caso de divorcio, separación legal o de hecho de los progenitores no se considerará miembro computable aquél que no conviva con la persona estudiante menor de edad, sin perjuicio que en la renta familiar se incluya su contribución económica, entendiendo por tal, la pensión alimenticia o de manutención fijada mediante resolución judicial o convenio regulador. la persona estudiante. 2. Copia del Libro de Familia, cuando la persona estudiante fuera menor de edad y en Base 7ª.- Forma, lugar y plazo de presentación de las solicitudes. caso de disponer de él. 3. Modelo oficial de alta de datos de terceros del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, con los datos de la cuenta bancaria de la persona solicitante debidamente cumplimentado por la entidad bancaria. 4. Certificado o documento acreditativo de encontrarse matriculado oficialmente en el presente curso académico. 5. Copia de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024, de la persona estudiante, o de la madre, padre o tutor cuando ésta fuera menor de edad, o en su defecto, certificado de la A.E.A.T. de no estar obligado a presentar la declaración del mencionado Impuesto. 7.1.- La solicitud de las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026 deberá realizarse mediante el formulario que se dispone como Anexo I de estas Bases debidamente cumplimentado, y que estará disponible y podrá presentarse acompañado de la documentación requerida, tanto a través de la Sede Electrónica del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey (https://vallegranrey.sedelectronica.es), como del Registro General de la Corporación y a través de cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 6. Asimismo, en caso que proceda en relación con la situación personal-económica de la unidad familiar, la persona solicitante podrá aportar: • Copia de la sentencia judicial o acta notarial o demanda de separación o 7.2.- El plazo para la presentación de las solicitudes de estas ayudas al estudio será de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente a aquel en se publique las presentes Bases y la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. divorcio. • Documentación de situación de desempleo, jubilación, incapacidad, discapacidad, orfandad, etc.). • Excepcionalmente, declaración responsable y matrícula del o las personas estudiantes que compongan la misma unidad familiar y no obtuvieron ingresos económicos por su condición de estudiante, y por tal motivo no tengan registrados datos económicos en la Agencia Tributaria, conforme al 7.3.- En el supuesto que se pretendan presentar solicitudes de ayudas para varias personas (por ejemplo, hermanos/as) de la misma unidad de convivencia, se presentará una solicitud para cada uno de ellos, no siendo necesario duplicar la documentación a aportar. A los oportunos efectos, la persona solicitante indicará en el formulario de solicitud (Anexo I), el nombre y apellidos de la otra solicitud en que se haya aportado la documentación correspondiente. modelo del Anexo II de estas Bases debidamente cumplimentado y firmado según proceda. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 22740 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 Base 8ª.- Instrucción, valoración y concesión de las ayudas. Base 1ª.- Objeto. 8.1.- La tramitación del procedimiento de concesión corresponde, en su caso, a la Concejalía El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la Delegada en materia de Educación del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, que deberá concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de evacuar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las resolución. Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del 8.2.- Recibidas las solicitudes, el Órgano Instructor que estará constituido por personal Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente técnico administrativo de esta Institución, verificará el cumplimiento de los requisitos celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. necesarios para su concesión, requiriéndose al interesado que no reúna dichos requisitos mediante anuncio publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey (surtiendo todos los efectos de notificación según lo previsto Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. en el artículo 45 de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), para que en el plazo máximo e improrrogable de DIEZ (10) La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación, se subsanen las faltas o producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones aporte los documentos preceptivos, con apercibimiento de que si no lo hiciese, se le tendrá Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición por desistido de su petición, previa resolución, dictada en los términos previstos en el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso Administraciones Públicas. Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. Así mismo, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva. 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo 8.3.- El Órgano Instructor, una vez finalizada sus funciones total o parcialmente, deberá dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas formular debidamente motivada Propuesta de Resolución definitiva. estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: En este sentido, la composición efectiva del Órgano Instructor que se designará mediante Providencia del Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, estará conformada por tres (3) • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una componentes: antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la solicitud. • La persona funcionaria titular de la Secretaría-Intervención del Iltre. Ayuntamiento • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. de Valle Gran Rey, o quien legalmente la sustituya. • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres • Un/a funcionario/a adscrito a los Servicios Económicos del Iltre. Ayuntamiento de o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no Valle Gran Rey. supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de • Un/a funcionario/a adscrito a los Servicios Sociales del Iltre. Ayuntamiento de Valle presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá Gran Rey. en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. legalmente exigidas. 8.4.- Será el Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación quien mediante Resolución motivada • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social resolverá la concesión de las subvenciones y ordenará el pago, y en su caso, el desistimiento o la denegación de las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, que se publicará mediante anuncio en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, surtiendo todos los efectos de notificación a los interesados según lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Resolución contendrá los requisitos establecidos en la Ordenanza General por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las Subvenciones que se conceden por el Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 22741 Base 8ª.- Instrucción, valoración y concesión de las ayudas. 8.5.- El plazo máximo para resolver la presente convocatoria de ayudas será de seis (6) meses. En el caso de no dictarse resolución alguna en el plazo señalado o en de su posible prórroga, se entenderán desestimadas todas las solicitudes presentadas. 8.1.- La tramitación del procedimiento de concesión corresponde, en su caso, a la Concejalía Delegada en materia de Educación del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, que deberá evacuar de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución. 8.2.- Recibidas las solicitudes, el Órgano Instructor que estará constituido por personal técnico administrativo de esta Institución, verificará el cumplimiento de los requisitos necesarios para su concesión, requiriéndose al interesado que no reúna dichos requisitos mediante anuncio publicado en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey (surtiendo todos los efectos de notificación según lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), para que en el plazo máximo e improrrogable de DIEZ (10) 8.6.- Contra la resolución de concesión o denegación de ayudas que pone fin a la vía administrativa, los/as interesados/as que se consideren lesionados/as en su derecho, podrán interponer, en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su fecha de la publicación en el citado Tablón, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que, en su caso, el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta. días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación, se subsanen las faltas o aporte los documentos preceptivos, con apercibimiento de que si no lo hiciese, se le tendrá Base 9ª. Inspección, control y seguimiento, obligaciones y reintegro. por desistido de su petición, previa resolución, dictada en los términos previstos en el artículo 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las 9.1.- El Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey se reserva el derecho de inspección, control y seguimiento de las ayudas que resulten concedidas. Administraciones Públicas. Así mismo, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por 9.2.- Las personas beneficiarias de las presentes ayudas estarán obligadas a someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de la aplicación de la ayuda que, en su caso, estime pertinente este Ayuntamiento. los interesados. En este caso, la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva. 8.3.- El Órgano Instructor, una vez finalizada sus funciones total o parcialmente, deberá formular debidamente motivada Propuesta de Resolución definitiva. 9.3.- Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora en el caso de incumplimiento de las obligaciones de los beneficiarios y en los supuestos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, correspondiente desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro. En este sentido, la composición efectiva del Órgano Instructor que se designará mediante Base 10ª. Protección de datos de carácter personal. Providencia del Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, estará conformada por tres (3) componentes: • La persona funcionaria titular de la Secretaría-Intervención del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, o quien legalmente la sustituya. • Un/a funcionario/a adscrito a los Servicios Económicos del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. • Un/a funcionario/a adscrito a los Servicios Sociales del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y a lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, los datos de carácter personal y la información facilitada por las personas solicitantes serán incorporados y tratados en un fichero informatizado del que es responsable el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, y cuya finalidad es facilitar la gestión administrativa que le es propia. La persona interesada tendrá derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como oponerse o limitar el tratamiento ante el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, situado en Calle El Caidero, 16. 38870 Valle Gran Rey. o a través del correo electrónico: dpd@vallegranrey.es En caso de no entender atendida su solicitud de ejercicio de derechos, puede también dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos, www.aepd.es 8.4.- Será el Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación quien mediante Resolución motivada resolverá la concesión de las subvenciones y ordenará el pago, y en su caso, el desistimiento Base 11ª. Anexos. o la denegación de las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, que se publicará mediante anuncio en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, surtiendo todos los efectos de notificación a los interesados según lo previsto en el artículo Las presentes Bases Reguladoras se acompañan de Anexos (a descargar desde la Sede Electrónica y en la Web Municipal), que deberán presentarse debidamente cumplimentados y firmados: 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La Resolución contendrá los requisitos establecidos en la • Anexo I.- Solicitud de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente Ordenanza General por la que se aprueban las Bases Reguladoras de las Subvenciones que en el municipio de Valle Gran Rey. se conceden por el Ayuntamiento de Valle Gran Rey. • Anexo II.- Declaración Responsable de la no obtención de ingresos económicos. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 22742 Anexo I SOLICITUD DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA SOLICITANTE D.N.I. TELÉFONOS EMAIL RELACIÓN FAMILIAR CON LA PERSONA ESTUDIANTE DIRECCIÓN POSTAL NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA ESTUDIANTE FECHA ESTUDIOS A CURSAR CURSO 2024/2025 CENTRO EDUCATIVO Nombre y apellidos de la persona estudiante con que aporta la documentación común en caso de hemanos/as Que mediante el presente formulario, en virtud de la aprobación de la convocatoria de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, presento solicitud de concesión de dichas ayudas para la que se aporta la siguiente documentación (señalar con una X): : Copia del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte de la persona estudiante, o copia del Libro de Familia si fuera menor de edad Copia del Libro de Familia si la persona estudiante fuera menor de edad, en caso de disponer Copia del del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte del padre, madre o tutor/a de la persona estudiante, si fuera menor de edad (NOTA: de todos los que convivan en la misma unidad familiar, salvo familias monoparentales) Copia del justificante o certificado de la matrícula de estudios a realizar el Curso Académico 2025/2026 Copia de la Declaración del I.R.P.F. del ejercicio 2024, o certificado de A.E.A.T. de estar exento de realizarla (NOTA: tanto de la persona estudiante si fuera mayor de edad, como del padre, madre o tutor que convivan en la misma unidad familiar de la persona estudiante menor de edad, salvo familias monoparentales). Declaración responsable de la no obtención de ingresos económicos conforme al modelo del ANEXO II Modelo de alta de terceros del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey cumplimentado por la entidad bancaria OTRA DOCUMENTACIÓN (debe especificarse): Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE Base 1ª.- Objeto. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las Base 1ª.- Objeto. VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey Base 1ª.- Objeto. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. Base 1ª.- Objeto. BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey PARA ALUMNADO EMPADRONADO Y RESIDENTE EN EL MUNICIPIO DE competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. VALLE GRAN REY DURANTE EL CURSO ACADÉMICO 2025/2026 Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente Base 1ª.- Objeto. (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. 22743 En Valle Gran Rey, a ________ de ____________________________ de 20_____. Base 1ª.- Objeto. derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las El presente documento establece las Bases por las que se regula la convocatoria para la Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey concesión de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, en régimen de concurrencia no Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones competitiva, según lo establecido en la Ordenanza Municipal Específica Reguladora de las derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición (modificada B.O.P. Santa Cruz de Tenerife N.º 26 de 01/03/2023), modificada por acuerdo del 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso Pleno del Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey, reunido en sesión extraordinaria y urgente Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran celebrada con fecha 14/10/2024, y cuyo anuncio a aprobación definitiva fue publicado en el dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. B.O.P. de Santa Cruz de Tenerife N.º 144 de 29/11/2024. derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. Asimismo, AUTORIZO expresamente al Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey a la comprobación telemática La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social tanto de estar al corriente de las obligaciones tributarias y por reintegros de subvenciones con la Corporación, edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones según proceda, así como de otros datos necesarios de la propia Corporación y de otras administraciones y Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. Base 2ª.- Finalidad de las ayudas. Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos organismos públicos desde la plataforma facilitada por la Dirección General para el Impulso de la Administración Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición Electrónica, con el fin de determinar las situaciones declaradas y comprobar su veracidad. Asimismo, a los 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el La finalidad de las presentes ayudas es dar respuesta a la importante demanda social antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas efectos oportunos DECLARO RESPONSABLEMENTE: de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo producida en los últimos años, orientada a la obtención de ayudas de las Administraciones solicitud. estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas Públicas para compensar el esfuerzo económico que supone para las familias los gastos edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: • Que conozco y acepto todos los términos establecidos en las Bases Reguladoras de la • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de derivados del curso escolar, y contribuir a su financiación (sin ánimo exhaustivo: adquisición presente convocatoria de subvenciones, así como en la Ordenanza Municipal Específica • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: de material escolar, transporte, etc.), destinado al alumnado matriculado en el presente Curso Reguladora de las Ayudas al Estudio para alumnado empadronado y residente en el o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. municipio de Valle Gran Rey, y que todos los datos aportados a la misma son veraces, Académico 2025/2026, que esté empadronado y resida en el término municipal de Valle Gran supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la comprometiéndome a facilitar en todo momento los justificantes necesarios para su debida Rey, y que cumplan con los requisitos que aquí se establecen. • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de solicitud. comprobación. 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. • Que no se está incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria, municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo solicitud. Base 3ª.- Beneficiarios y requisitos. según el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. • Que la persona solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de las correspondientes • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de obligaciones tributarias con el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey y se ha justificado, en su • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres 3.1.- Podrán solicitar las ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el legalmente exigidas. antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: caso, cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad a la o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, de conformidad con lo solicitud. presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá presente convocatoria. supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de dispuesto en el artículo 3 de la correspondiente Ordenanza Municipal, las personas • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las • Que la persona solicitante declarará formalmente la concurrencia de cualquier subvención • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá estudiantes, así como las madres, padres o tutores de las mismas cuando fueran menores de Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres incompatible con la presente convocatoria, así como manifiesta su compromiso de comunicar antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la edad, en quienes concurran las siguientes circunstancias: en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las a la mayor brevedad, las subvenciones obtenidas con posterioridad a la presentación de esta o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social solicitud. solicitud. Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de legalmente exigidas. • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. • Que autoriza al Ayuntamiento de Ingenio para el tratamiento de los datos personales incluidos • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social • Estar empadronados y residir en el municipio de Valle Gran Rey, con una presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres en la presente solicitud, con la finalidad de la gestión de ayudas y subvenciones, con arreglo a legalmente exigidas. antigüedad mínima de seis (6) meses anteriores al momento de presentación de la en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las la ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y garantía o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no solicitud. de los derechos digitales que la desarrollan. Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de • Cursar los estudios que se fijen en cada convocatoria. • Que en el caso de ser considerado persona beneficiaria de la presente convocatoria de • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá • Que el nivel de rentas de las personas estudiantes, así como de las madres, padres subvenciones, ACEPTA expresamente la subvención concedida por el Iltre. Ayuntamiento de legalmente exigidas. en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las Valle Gran Rey, así como las condiciones establecidas en la correspondiente Resolución de o tutores de las mismas cuando fueran menores de edad y convivan con ellos, no concesión. Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. supere los 50.000,00 Euros anuales en el momento de finalización de plazo de • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social presentación de solicitudes. Para determinar el mencionado nivel de renta se tendrá legalmente exigidas. en cuenta la Cuota Íntegra o Base Imponible del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) del ejercicio 2024. • Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social legalmente exigidas. Fdo.: __________________________________________________ AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY.- Información sobre Protección de Datos de Carácter Personal en cumplimiento del derecho de información en la recogida de datos Tratamiento: He sido informado/a por el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey sobre el tratamiento y custodia de los datos aportados en la solicitud y en la documentación que le acompaña para la tramitación y gestión de expedientes administrativos. Responsable del tratamiento: Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey. P3804900C. Dirección: Calle El Caidero, 16. 38870. Valle Gran Rey. Contacto Delegado de Protección de Datos: dpd@vallegranrey.es Finalidad de tratamiento: Gestión de la solicitud presentada y del expediente que se curse. Conservación de los datos: Los datos solo se conservarán los plazos legales exigibles y mientras la persona mantenga su consentimiento. Legitimación: Cumplimiento de una obligación legal y ejercicio de los poderes públicos. Consentimiento de las personas. Destinatarios: No se cederán a terceros salvo obligación legal. Derechos: Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como oponerse o limitar el tratamiento ante el Ayuntamiento de Valle Gran Rey, situado en Calle El Caidero, 16. 38870 Valle Gran Rey o a través del correo electrónico indicado. En caso de no entender atendida su solicitud de ejercicio de derechos, puede también dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos, www.aepd.es. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025 22744 Anexo II DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA NO OBTENCIÓN DE INGRESOS ECONÓMICOS NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA SOLICITANTE D.N.I. TELÉFONOS EMAIL RELACIÓN FAMILIAR CON LA PERSONA ESTUDIANTE DIRECCIÓN POSTAL NOMBRE Y APELLIDOS DE LA PERSONA ESTUDIANTE FECHA ESTUDIOS A CURSAR CURSO 2024/2025 CENTRO EDUCATIVO Que en relación a la solicitud de ayudas al estudio para el alumnado empadronado y residente en el municipio de Valle Gran Rey durante el Curso Académico 2025/2026, al objeto de aportar la documentación de carácter económico requerida en la referida convocatoria, a los efectos oportunos DECLARO RESPONSABLEMENTE: (señalar con una X lo que proceda): : Que la persona estudiante anteriormente referida NO OBTUVO ingresos económicos por su condición de estudiante durante el ejercicio económico 2023, y por tal motivo no se dispone de datos económicos registrados en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (deberá aportar justificante de matrícula de estudios del curso 2024/2025). Que la persona abajo firmante NO HA PERCIBIDO ingresos económicos durante el ejercicio 2024 al carecer de la tarjeta de residencia de cualquier miembro de la unidad familiar que por no disponer de ella, no se dispone de datos económicos registrados en la Agencia Estatal de Administración Tributaria ni en las oficinas de empleo (deberá aportar justificante de haber solicitado la tramitación de dicha tarjeta de residencia). Lo que declaro y firmo a los efectos oportunos. En Valle Gran Rey, a ________ de ____________________________ de 20_____. Fdo.: __________________________________________________ AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY.- Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 112, Miércoles 17 de septiembre de 2025